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PCM autoriza transferencia de S/ 79 445 a la Contraloría para control concurrente

RESOLUCION MINISTERIAL N° 146-2026-PCM · PRESIDENCIA DEL CONSEJO DE MINISTROS · El Peruano · 25 de abril de 2026

Autorizan transferencia financiera a favor de la Contraloría General de la República

Resumen

Autoriza transferencia presupuestaria de S/ 79 445,00 desde la PCM hacia la Contraloría General para financiar acciones de control concurrente del proyecto de transformación digital CUI 2566964. Rige desde su publicación en El Peruano (25 de abril de 2026).

A quién impacta

Unidad Ejecutora 022 – PROTDE: efectuar transferencia a la Contraloría según clasificadores presupuestarios especificados; remitir copia de la resolución a la PCM para trámite administrativo.

Fuente oficial: texto completo en El Peruano

Texto oficial completo

Texto extraído de la publicación oficial en El Peruano. El documento original es la única versión con valor legal.

Lima, 24 de abril de 2026
CONSIDERANDO:
Que, mediante la Ley Nº 32513 se aprueba la Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2026;
Que, con Resolución Ministerial Nº 352-2025-PCM se aprueba el Presupuesto Institucional de Apertura de Gastos correspondiente al Año Fiscal 2026 del Pliego 001: Presidencia del Consejo de Ministros – PCM;
Que, el numeral 1.1 del artículo 1 de la Ley Nº 31358, Ley que establece medidas para la expansión del control concurrente, dispone que la ejecución de inversiones que genere el desembolso de recursos públicos y/o garantías financieras o no financieras por parte del Estado, lo que incluye a las obras públicas, las inversiones mediante los mecanismos de obras por impuestos y asociaciones público privadas u otros mecanismos de inversión, a cargo de los pliegos del gobierno nacional, regional y local, entidades de tratamiento empresarial, empresas públicas en el ámbito del Fondo Nacional de Financiamiento de la Actividad Empresarial del Estado (FONAFE), fondos y toda entidad o empresa bajo el ámbito del Sistema Nacional de Control, cuyos montos superen los S/ 5 000 000,00 (CINCO MILLONES Y 00/100 SOLES), son objeto de control concurrente por parte de la Contraloría General de la República;
Que, los numerales 4.1 y 4.2 del artículo 4 de la Ley Nº 31358 autorizan a los pliegos involucrados del gobierno nacional, regional y locales, a cargo de las intervenciones a que se refieren los artículos 1 y 3 de la citada ley, a realizar modificaciones presupuestales en el nivel funcional programático para habilitar la genérica de gasto 2.4 Donaciones y Transferencias, tanto para la categoría de gasto corriente y gasto de capital, quedando exceptuadas de las restricciones presupuestarias en el marco de lo establecido en las leyes anuales de presupuesto, a fin de poder realizar transferencias financieras a favor del Pliego 019: Contraloría General de la República, a solicitud de dicha entidad fiscalizadora superior; precisando que las referidas transferencias se aprueban mediante resolución del titular del pliego en el caso del gobierno nacional, y se publican en el Diario Oficial El Peruano;
Que, el acápite ii) del literal b) del numeral 17.1 del artículo 17 de la Directiva Nº 0001-2024-EF/50.01, Directiva para la Ejecución Presupuestaria, aprobada por Resolución Directoral Nº 0009-2024-EF/50.01, establece que el Pliego autorizado para ejecutar recursos mediante transferencias financieras en el marco de las disposiciones legales vigentes, debe efectuar su registro en una actividad y en la Partida de Gasto 2.4.2 Donaciones y Transferencias de Capital, en el respectivo código único de inversión, en la Acción de Inversión “6000053. CONTROL CONCURRENTE”, en la Finalidad “0348747: CONTROL CONCURRENTE” y en la Específica del Gasto 2.4.2.3.1.1 A OTRAS UNIDADES DEL GOBIERNO NACIONAL;
Que, la Secretaría General de la Contraloría General de la República mediante Oficio Nº 00064-2026-CG/SGE, comunica que en el marco de los alcances de la Ley Nº 31358, ha priorizado el CUI 2566964 “Mejoramiento y ampliación de los servicios operativos o misionales institucionales en la Presidencia del Consejo de Ministros, a través de la Secretaría de Gobierno y Transformación Digital - Transformación Digital con Equidad Distrito de Miraflores de la Provincia de Lima del Departamento de Lima”, estimando el costo del Control Concurrente para el presente Año Fiscal 2026 en S/ 79 445,00 con la finalidad de desplegar los servicios de control gubernamental en la citada inversión;
Que, mediante el Informe Nº D000115-2026-PCM-OP, la Oficina de Presupuesto de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto de la Presidencia del Consejo de Ministros emite opinión favorable en materia presupuestal para el trámite de la transferencia financiera de recursos a favor del Pliego 019: Contraloría General, a fin de financiar el servicio de control concurrente del proyecto de inversión “Mejoramiento y ampliación de los servicios operativos o misionales institucionales en la Presidencia del Consejo de Ministros, a través de la Secretaría de Gobierno y Transformación Digital - Transformación Digital con Equidad; Distrito de Miraflores de la Provincia de Lima del Departamento de Lima” con CUI 2566964, de la Presidencia del Consejo de Ministros, hasta por el importe de S/ 79 445,00 (SETENTA Y NUEVE MIL CUATROCIENTOS CUARENTA Y CINCO Y 00/100 SOLES) con cargo al presupuesto de la Unidad Ejecutora 022: Proyecto de Transformación Digital con Equidad – PROTDE;
Que, por lo expuesto y en el marco de las normas señaladas, resulta pertinente autorizar la transferencia financiera por el monto de S/ 79 445,00 (SETENTA Y NUEVE MIL CUATROCIENTOS CUARENTA Y CINCO Y 00/100 SOLES), con cargo a la Fuente de Financiamiento Recursos Ordinarios, a favor del Pliego 019: Contraloría General, para el despliegue de los servicios de control concurrente en inversión, conforme a lo dispuesto en los numerales 4.1 y 4.2 del artículo 4, de la Ley Nº 31358, Ley que establece medidas para la expansión del control concurrente y, el acápite ii) del literal b) del numeral 17.1 del artículo 17 de la Directiva Nº 0001-2024-EF/50.01, Directiva para la Ejecución Presupuestaria, aprobada por Resolución Directoral Nº 0009-2024-EF/50.01;
Con el visado de la Secretaría Administrativa, de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto y de la Oficina General de Asesoría Jurídica; y,
De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 31358, Ley que establece medidas para la expansión del control concurrente, el Decreto Legislativo Nº 1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público; la Ley Nº 32513, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2026; y el Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones de la Presidencia del Consejo de Ministros, aprobado por Resolución Ministerial Nº 199-2025-PCM;
SE RESUELVE:
Artículo 1.- Autorización de Transferencia Financiera
Autorizar una transferencia financiera del Pliego 001: Presidencia del Consejo de Ministros, hasta por la suma de S/ 79 445,00 (SETENTA Y NUEVE MIL CUATROCIENTOS CUARENTA Y CINCO Y 00/100 SOLES), a favor del Pliego 019: Contraloría General, para financiar las acciones de control concurrente del proyecto de inversión “Mejoramiento y ampliación de los servicios operativos o misionales institucionales en la Presidencia del Consejo de Ministros, a través de la Secretaría de Gobierno y Transformación Digital - Transformación Digital con Equidad; Distrito de Miraflores de la Provincia de Lima del Departamento de Lima” con CUI 2566964, a cargo de la Unidad Ejecutora 022: Proyecto de Transformación Digital con Equidad – PROTDE, conforme a los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente Resolución Ministerial.
Artículo 2.- Financiamiento
La Transferencia Financiera autorizada en el artículo precedente se realiza con cargo al presupuesto de la Unidad Ejecutora 022: Proyecto de Transformación Digital con Equidad - PROTDE, del Pliego 001: Presidencia del Consejo de Ministros, por la Acción de Inversión 6000053. CONTROL CONCURRENTE, en la Finalidad “0348747: CONTROL CONCURRENTE”, Genérica de Gasto 2.4: Donaciones y Transferencias, Específica de Gasto 2.4.2.3.1.1 A Otras Unidades del Gobierno Nacional y Fuente de Financiamiento 1: Recursos Ordinarios.
Artículo 3.- Limitación al uso de los recursos
Los recursos de la Transferencia Financiera autorizada por el artículo 1 de la presente Resolución Ministerial no pueden ser destinados, bajo responsabilidad, a fines distintos para los cuales son transferidos.
Artículo 4.- Remisión
Remitir copia de la presente Resolución Ministerial a la Unidad Ejecutora 022: Proyecto de Transformación Digital con Equidad – PROTDE, para que realice las acciones administrativas que correspondan.
Artículo 5.- Publicación
Disponer la publicación de la presente Resolución Ministerial en la sede digital de la Presidencia del Consejo de Ministros (www.gob.pe/pcm), el mismo día de su publicación en el diario oficial El Peruano.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
LUIS ENRIQUE ARROYO SÁNCHEZ
Presidente del Consejo de Ministros
2509451-1

presupuestocontroladministración financiera

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