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Ministerios, gobiernos regionales y locales conforman espacios de diálogo para gestión de conflictos

RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 242-2026-PCM · PRESIDENCIA DEL CONSEJO DE MINISTROS · El Peruano · 17 de julio de 2026

Disponen la conformación de espacios de diálogo en los diferentes niveles de gobierno para la prevención y gestión de los conflictos sociales, en el marco de sus competencias

Resumen

Encomienda a ministerios competentes, gobiernos regionales y gobiernos locales establecer espacios de diálogo para prevención y gestión de conflictos sociales. Rige desde su publicación en El Peruano (16 de julio de 2026).

A quién impacta

Ministerios, gobiernos regionales y gobiernos locales: conformar espacios de diálogo según sus competencias; la Secretaría de Gestión Social brinda asistencia técnica.

Fuente oficial: texto completo en El Peruano

Texto oficial completo

Texto extraído de la publicación oficial en El Peruano. El documento original es la única versión con valor legal.

Lima, 16 de julio de 2026
CONSIDERANDO:
Que, el artículo 58 de la Constitución Política del Perú establece que a través de la iniciativa privada el Estado orienta el desarrollo del país y actúa principalmente en las áreas de promoción de empleo, salud, educación, seguridad, servicios públicos e infraestructura;
Que, el artículo 17 de la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo, señala que la Presidencia del Consejo de Ministros es el Ministerio responsable de la coordinación de las políticas nacionales y sectoriales del Poder Ejecutivo y de la coordinación con los demás Poderes del Estado, los organismos constitucionales, gobiernos regionales, gobiernos locales y la sociedad civil;
Que, los literales a) y b) del artículo 108 del Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones de la Presidencia del Consejo de Ministros, aprobado por Resolución Ministerial Nº 239-2026-PCM, establecen que la Secretaría de Gestión Social y Diálogo tiene, entre otras, la función de formular, proponer, coordinar, dirigir, supervisar, evaluar y realizar el seguimiento de la política, planes y estrategias para la prevención y gestión de conflictos sociales a través del diálogo territorial; así como, de proponer normas y aprobar directivas, lineamientos, protocolos y demás disposiciones, en materias de su competencia, respectivamente;
Que, bajo ese contexto normativo, mediante Memorando Nº D000554-2026-PCM-DVGT el Despacho Viceministerial de Gobernanza Territorial remite el Informe Nº D000038-2026-PCM-SGSD, elaborado por la Secretaría de Gestión Social y Diálogo, el cual señala que el Estado promueve la inversión pública y privada para impulsar el desarrollo social en coordinación y articulación con los gobiernos regionales, gobiernos locales y otros entes públicos y/o privados, permitiendo generar recursos para el Estado en general y el desarrollo integral de las regiones, mitigando con dichas acciones y/o gestiones, situaciones de conflicto social contribuyendo a la gobernanza territorial;
Que, asimismo, en el citado documento la Secretaría de Gestión Social y Diálogo informa que, en atención a los casos de conflictividad social en el territorio nacional, resulta necesario disponer la conformación de espacios de diálogo en los diferentes niveles de gobierno para la prevención y gestión de los conflictos sociales, en el marco de sus competencias;
Con el visado del Despacho Viceministerial de Gobernanza Territorial, de la Secretaría de Gestión Social y Diálogo y de la Oficina General de Asesoría Jurídica;
De conformidad con lo establecido en la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; y el Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones de la Presidencia del Consejo de Ministros, aprobado por la Resolución Ministerial Nº 239-2026-PCM;
SE RESUELVE:
Artículo 1.- La conformación de espacios de diálogo para la prevención y gestión de los conflictos sociales se encuentra a cargo de los ministerios competentes, en coordinación con las demás entidades del Poder Ejecutivo, atendiendo los procesos de diálogo, mediación, negociación, entre otros mecanismos para la solución de controversias y conflictos sociales, en concordancia con la normatividad vigente.
Artículo 2.- Los gobiernos regionales y los gobiernos locales conforman espacios de diálogo para la prevención y gestión de los conflictos sociales, en el marco de sus competencias.
Artículo 3.- La Secretaría de Gestión Social y Diálogo de la Presidencia del Consejo de Ministros brinda difusión, asistencia técnica, acompañamiento y seguimiento para la implementación de la presente Resolución Ministerial.
Artículo 4.- La Secretaría de Gestión Social y Diálogo actualiza los Lineamientos y Protocolos para la Intervención del Poder Ejecutivo, Gobiernos Regionales y Locales, en materia de Gestión Social y Diálogo, aprobados por Resolución de Secretaría de Gestión Social y Diálogo Nº 008-2021-PCM-SGSD, y demás disposiciones normativas vinculadas.
Artículo 5.- Disponer la publicación de la presente Resolución Ministerial en la Plataforma Digital Única del Estado Peruano para Orientación al Ciudadano (www.gob.pe), así como en la sede digital de la Presidencia del Consejo de Ministros (www.gob.pe/pcm), el mismo día de su publicación en el Diario Oficial “El Peruano”.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
LUIS ENRIQUE ARROYO SÁNCHEZ
Presidente del Consejo de Ministros
2535857-1

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