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Ministerio de Economía incorpora a Sangani en la distribución del Canon Hidroenergético 2025

RESOLUCIÓN MINISTERIAL 360-2026-EF/50 · El Peruano · 18 de agosto de 2026

Modifican los Índices de Distribución del Canon Hidroenergético proveniente del Impuesto a la Renta correspondiente al Ejercicio Fiscal 2025, por la creación de un nuevo distrito

Resumen

Modifica los índices de distribución del Canon Hidroenergético del ejercicio 2025 para incorporar al distrito de Sangani, Chanchamayo, Junín, conforme a su creación. Rige desde su publicación en El Peruano.

A quién impacta

Gobiernos locales de Chanchamayo: informarse sobre los nuevos índices de distribución que afectan sus transferencias por Canon Hidroenergético en el ejercicio 2025.

Fuente oficial: texto completo en El Peruano

Texto oficial completo

Texto extraído de la publicación oficial en El Peruano. El documento original es la única versión con valor legal.

Lima, 17 de agosto del 2026
CONSIDERANDO:
Que, mediante Resolución Ministerial N° 297-2026-EF/50 se aprueban y publican los Índices de Distribución del Canon Hidroenergético proveniente del Impuesto a la Renta del Ejercicio Fiscal 2025 a ser aplicados a los gobiernos regionales y gobiernos locales beneficiados, conforme al Anexo “Índices de distribución del Canon Hidroenergético proveniente del Impuesto a la Renta correspondiente al Ejercicio Fiscal 2025”, que forma parte integrante de dicha Resolución Ministerial;
Que, de conformidad con el artículo 2 de la Ley N° 32729, se crea el distrito de Sangani en la provincia de Chanchamayo del departamento de Junín, cuya capital es el centro poblado de Santa Rosa;
Que, mediante el artículo 1 de la Ley N° 27555, Ley que autoriza la reasignación y aplicación de recursos en los nuevos distritos creados, se autoriza al Ministerio de Economía y Finanzas a reasignar los recursos del Fondo de Compensación Municipal - FONCOMUN y otros que le correspondan, a los nuevos distritos creados o por crearse a nivel nacional, estableciendo que dicha reasignación implica la modificación de los índices de distribución y transferencia de los montos que correspondan a cada circunscripción resultante;
Que, los artículos 6 y 9 del Reglamento de la Ley N° 27555, aprobado mediante el Decreto Supremo N° 031-2002-EF, establecen que el recálculo de los índices de distribución para la nueva asignación se efectúa respecto de todas las jurisdicciones afectadas por la creación del nuevo distrito y que la suma de los índices de las nuevas demarcaciones debe coincidir con la suma de los índices antes de la creación del nuevo distrito; asimismo, el Instituto Nacional de Estadística e Informática (INEI) y otras entidades que correspondan proporcionarán al Ministerio de Economía y Finanzas la información oficial necesaria, a fin de elaborar los índices de distribución;
Que, el artículo 10 del citado Reglamento dispone que los índices de distribución recalculados para los nuevos distritos y para los distritos de origen serán aprobados mediante Resolución Ministerial expedida por el Ministerio de Economía y Finanzas;
Que, el numeral 52.1 del artículo 52 del Decreto Legislativo N° 1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público, establece que los índices de distribución, entre otros, del Canon Hidroenergético son aprobados por el Ministerio de Economía y Finanzas mediante Resolución Ministerial sobre la base de los cálculos que para tal efecto formule la Dirección General de Presupuesto Público, considerando los criterios establecidos en el marco legal correspondiente;
Que, en base a la información proporcionada por el Instituto Nacional de Estadística e Informática (INEI), mediante el Oficio N° 000790-2026-INEI/JEF, la Dirección General de Presupuesto Público del Ministerio de Economía y Finanzas ha realizado los cálculos correspondientes para la modificación de los Índices de Distribución del Canon Hidroenergético de la provincia de Chanchamayo del departamento de Junín correspondiente al Ejercicio Fiscal 2025, por la creación del distrito de Sangani;
Que, en virtud de lo señalado en los considerandos precedentes, resulta necesario modificar los Índices de Distribución del Canon Hidroenergético proveniente del Impuesto a la Renta del Ejercicio Fiscal 2025, incorporando en dicha distribución al distrito de Sangani en la provincia de Chanchamayo del departamento de Junín;
De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 27555, Ley que autoriza la reasignación y aplicación de recursos en los nuevos distritos creados, y su Reglamento, aprobado mediante Decreto Supremo N° 031-2002-EF; la Ley N° 32729, Ley de creación del distrito de Sangani en la provincia de Chanchamayo, departamento de Junín, y el numeral 52.1 del artículo 52 del Decreto Legislativo N° 1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público;
SE RESUELVE:
Artículo 1.- Objeto
Se modifican los Índices de Distribución del Canon Hidroenergético proveniente del Impuesto a la Renta correspondiente al Ejercicio Fiscal 2025, aprobados mediante la Resolución Ministerial N° 297-2026-EF/50, a fin de incorporar en la distribución al distrito de Sangani en la provincia de Chanchamayo del departamento de Junín, conforme al Anexo que forma parte integrante de la presente Resolución Ministerial.
Artículo 2.- Publicación
La presente Resolución Ministerial y su Anexo se publican en la sede digital del Ministerio de Economía y Finanzas (www.gob.pe/mef), en la misma fecha de publicación de la presente norma en el diario oficial El Peruano.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
ELMER CUBA BUSTINZA
Ministro de Economía y Finanzas
2544332-1

canon hidroenergéticorentagobiernos localesdistribución de recursos

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