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MINEDU aprueba Directiva para elaboración y evaluación de Estrategias Nacionales del Sector Educación

RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 408-2026-MINEDU · EDUCACIÓN · El Peruano · 26 de julio de 2026

Aprueban Directiva denominada “Disposiciones que regulan la elaboración, seguimiento y evaluación de las Estrategias Nacionales del Sector Educación”

Resumen

Aprueba metodología para que el Ministerio de Educación elabore, monitoree y evalúe Estrategias Nacionales alineadas al Sistema Nacional de Planeamiento Estratégico. Rige desde su publicación en El Peruano.

A quién impacta

Órganos del Ministerio de Educación: informarse sobre pautas metodológicas aplicables a planeamiento estratégico sectorial conforme a la Directiva anexa.

Fuente oficial: texto completo en El Peruano

Texto oficial completo

Texto extraído de la publicación oficial en El Peruano. El documento original es la única versión con valor legal.

Lima, 25 de julio de 2026
VISTO, los documentos que conforman el Expediente Nº UPP2026-INT-0474155; y,
CONSIDERANDO:
Que, de acuerdo al literal a) del numeral 2 del artículo 5 de la Ley Nº 31224, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Educación, el Ministerio de Educación tiene dentro de sus funciones técnico-normativas, la de aprobar las disposiciones normativas vinculadas con su ámbito de competencia;
Que, el numeral 1 del artículo 25 de la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo, establece que corresponde a los Ministros de Estado, la función de dirigir el proceso de planeamiento estratégico sectorial, en el marco del Sistema Nacional de Planeamiento Estratégico y determinar los objetivos sectoriales funcionales nacionales aplicables a todos los niveles de gobierno; aprobar los planes de actuación; y asignar los recursos necesarios para su ejecución, dentro de los límites de las asignaciones presupuestarias correspondientes;
Que, mediante el Decreto Legislativo Nº 1088, Ley del Sistema Nacional de Planeamiento Estratégico y del Centro Nacional de Planeamiento Estratégico, se crea el Centro Nacional de Planeamiento Estratégico – CEPLAN como organismo de derecho público cuya finalidad es constituirse como el órgano rector y orientador del Sistema Nacional de Planeamiento Estratégico;
Que, el artículo 11 de la Directiva Nº 001-2024-CEPLAN/PCD, “Directiva General de Planeamiento Estratégico del Sistema Nacional de Planeamiento Estratégico”, aprobada por Resolución de Presidencia del Consejo Directivo Nº 00021-2024-CEPLAN/PCD, establece que el planeamiento estratégico es el proceso sistemático, cíclico y continuo de carácter político, técnico, participativo, intersectorial e intergubernamental, basado en evidencias, desarrollado sobre la base de un ciclo de análisis de la situación actual, análisis prospectivo, decisiones estratégicas, seguimiento y evaluación;
Que, conforme con lo establecido en el literal a) del artículo 30 del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Educación, aprobado por el Decreto Supremo Nº 001-2015-MINEDU, es función de la Unidad de Planificación y Presupuesto de la Oficina de Planificación Estratégica y Presupuesto de la Secretaría de Planificación Estratégica, formular, proponer y evaluar el plan estratégico sectorial multianual y el plan estratégico institucional, así como las políticas y los planes de corto, mediano y largo plazo, en el marco de sus competencias y en concordancia con la normatividad vigente;
Que, con la Resolución de Secretaría General Nº 101-2022-MINEDU, se aprueba la directiva denominada “Elaboración, Aprobación y Tramitación de Actos Resolutivos y Documentos Normativos del Ministerio de Educación”, cuyo objetivo es regular la elaboración, aprobación y trámite de actos resolutivos; así como la elaboración, aprobación y modificación de documentos normativos del Ministerio de Educación;
Que, de acuerdo con el numeral 7.3 de la precitada norma, la Directiva es el documento normativo que regula la adecuación de las disposiciones normativas establecidas por los entes rectores de los sistemas administrativos o funcionales, estableciendo metodologías o pautas generales para su aplicación o ejecución y posterior definición de procedimientos en cada órgano y/o unidad orgánica, órgano desconcentrado, programa o proyecto, de corresponder;
Que, mediante el Informe Nº 00880-2026-MINEDU/SPE-OPEP-UPP, precisado mediante el Memorándum Nº 00573-2026-MINEDU/SPE-OPEP y el correo electrónico institucional de fecha 24 de julio de 2026, la Unidad de Planificación y Presupuesto de la Oficina de Planificación Estratégica y Presupuesto de la Secretaría de Planificación Estratégica, sustenta la necesidad de aprobar la Directiva denominada “Disposiciones que regulan la elaboración, seguimiento y evaluación de las Estrategias Nacionales del Sector Educación, cuyo objetivo es establecer las pautas metodológicas para la adecuación de las disposiciones del Sistema Nacional de Planeamiento Estratégico en el Sector Educación, aplicables a la elaboración, seguimiento y evaluación de las Estrategias Nacionales del Sector Educación, con la finalidad de reducir las brechas de cobertura, calidad y pertinencia en la provisión de bienes, servicios y regulaciones, en el marco de las competencias del Sector Educación; asimismo, indica que la propuesta cuenta con la opinión favorable de la Dirección General de Gestión Descentralizada;
Que, a través del Informe Nº 00189-2026-MINEDU/SPE-OPEP-UNOME, la Unidad de Organización y Métodos de la Oficina de Planificación Estratégica y Presupuesto de la Secretaría de Planificación Estratégica, emite opinión favorable sobre la propuesta de Directiva, recomendando continuar con el trámite para su aprobación;
Que, con el Informe Nº 01135-2026-MINEDU/SG-OGAJ y el Oficio Nº 00474-2026-MINEDU/SG-OGAJ, la Oficina General de Asesoría Jurídica del Ministerio de Educación, en el marco del análisis legal efectuado y teniendo en cuenta la documentación que obra en el expediente de Vistos, emite opinión legal favorable en torno a la propuesta de Directiva, sugiriendo proseguir con el trámite correspondiente para su aprobación;
De conformidad con lo establecido en la Ley Nº 31224, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Educación; la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; el Decreto Legislativo Nº 1088, Ley del Sistema Nacional de Planeamiento Estratégico y del Centro Nacional de Planeamiento Estratégico; el Decreto Supremo Nº 001-2015-MINEDU, que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Educación; y, la Resolución de Presidencia del Consejo Directivo Nº 039-2024-CEPLAN/PCD, que aprueba la Directiva Nº 001-2024-CEPLAN/PCD, “Directiva General de Planeamiento Estratégico del Sistema Nacional de Planeamiento Estratégico;
SE RESUELVE:
Artículo 1.- Aprobar la Directiva denominada “Disposiciones que regulan la elaboración, seguimiento y evaluación de las Estrategias Nacionales del Sector Educación”, que como anexo forma parte integrante de la presente Resolución.
Artículo 2.- Disponer la publicación de la presente Resolución y su anexo en el Sistema de Información Jurídica de Educación (SIJE), ubicado en la sede digital del Ministerio de Educación (http://www.gob.pe/minedu), el mismo día de su publicación en el Diario Oficial “El Peruano”.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
Jorge Alfonso Marticorena Mendoza
Ministro de Educación
2538230-1

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