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MIDIS incorpora al OFIS en el Observatorio de Integridad del Sector

RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº D000166-2026-MIDIS · DESARROLLO E INCLUSIÓN SOCIAL · El Peruano · 16 de julio de 2026

Modifican la R.M. N° D000184-2024-MIDIS que aprobó la herramienta denominada “Observatorio de Integridad del Sector MIDIS”

Resumen

Amplía el ámbito del Observatorio de Integridad del Sector MIDIS para incluir formalmente al Organismo de Focalización e Información Social (OFIS). Rige desde su publicación en El Peruano.

A quién impacta

OFIS debe remitir periódicamente información sobre implementación del Modelo de Integridad a la Oficina de Integridad Institucional del MIDIS.

Fuente oficial: texto completo en El Peruano

Texto oficial completo

Texto extraído de la publicación oficial en El Peruano. El documento original es la única versión con valor legal.

San Isidro, 13 de julio del 2026
VISTOS:
El Informe N° D000129-2026-MIDIS-OII, emitido por la Oficina de Integridad Institucional; el Informe N° D000253-2026-MIDIS-OGPPM de la Oficina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización, y el Informe N° D000385-2026-MIDIS-OGAJ, emitido por la Oficina General de Asesoría Jurídica; y;
CONSIDERANDO:
Que, mediante Ley Nº 29792 se crea el Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social (MIDIS), determinando su ámbito, competencias, funciones y estructura orgánica básica; asimismo, se establece que el sector Desarrollo e Inclusión Social comprende a todas las entidades del Estado, de los tres niveles de gobierno, vinculados con el cumplimiento de las políticas nacionales en materia de promoción del desarrollo social, la inclusión y la equidad;
Que, mediante Decreto Supremo Nº 092-2017-PCM se aprueba la Política Nacional de Integridad y Lucha contra la Corrupción, de cumplimiento obligatorio para todas las entidades públicas de los Poderes del Estado, Organismos Constitucionales Autónomos y los diferentes niveles de gobierno; el cual tiene como objetivo general contar con instituciones transparentes e íntegras que practican y promueven la probidad en el ámbito público, sector empresarial y la sociedad civil, y garantizar la prevención y sanción efectiva de la corrupción a nivel nacional, regional y local, con la participación activa de la ciudadanía;
Que, a través del Decreto Supremo Nº 042-2018-PCM se establecen medidas para fortalecer la integridad y lucha contra la corrupción, las cuales tienen como objeto orientar la correcta, transparente y eficiente actuación de los servidores públicos y de las entidades señaladas en el artículo I del Título Preliminar del Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, aprobado por Decreto Supremo N° 006-2026-JUS, con la finalidad de contribuir al cumplimiento de las políticas en materia de integridad pública, como parte de las acciones de prevención y lucha contra la corrupción para la consolidación de la democracia, el estado de derecho y el buen gobierno;
Que, mediante Decreto Supremo N° 148-2024-PCM se aprueba el Modelo de Integridad para fortalecer la capacidad de prevención y respuesta frente a la corrupción en las entidades del sector público, el cual tiene por finalidad fortalecer la cultura de integridad de las entidades públicas, para incrementar su capacidad de prevención y respuesta frente a prácticas antiéticas o corruptas; y, asegurar un servicio orientado al interés general y a la creación de valor público;
Que, mediante las Resoluciones de Secretaría de Integridad Pública N° 002-2025-PCM/SIP, N° 004-2025-PCM/SIP y N° 005-2025-PCM/SIP se aprueba la versión 2 de las “Guías de Evaluación del Modelo de Integridad en las Etapas N° 1: Inicial, N° 2: Institucionalización y N° 3: Estandarización”, respectivamente;
Que, la Directiva N° 001-2026-PCM/SIP “Directiva para la implementación del Modelo de Integridad en las entidades del sector público”, aprobada por Resolución de Secretaría de Integridad Pública N° 002-2026-PCM/SIP, establece que la implementación del Modelo de Integridad se desarrolla a través de actividades y tareas específicas comprendidas en tres (3) procesos: i) Planificación de la implementación del Modelo de Integridad, ii) Desarrollo de los componentes del Modelo de Integridad y iii) Seguimiento y evaluación de la implementación del Modelo de Integridad, disponiendo en su subnumeral 7.2.9.2, Tarea 9.2: Desarrollar la red de integridad, que esta red constituye un espacio de colaboración técnica y aprendizaje mutuo “integrada por entidades que comparten funciones, finalidades o relaciones de adscripción, o que actúan de forma complementaria dentro del sector público; y es liderada por la entidad con capacidad supervisora o por aquella que ejerce el rol rector”;
Que, mediante Resolución Ministerial N° 104-2023-MIDIS y normas modificatorias, se constituye la Red de Integridad del Sector Desarrollo e Inclusión Social con el objeto de fortalecer la cultura de integridad en el sector, coadyuvar en la implementación del modelo de integridad, optimizar la capacidad preventiva del sector frente a la corrupción y cualquier otra práctica contraria a la ética pública, así como dar continuidad a las coordinaciones sectoriales en dicha materia; en el marco del proceso de evaluación del estándar de integridad señalado en el anterior considerando;
Que, mediante Resolución Ministerial N° D000184-2024-MIDIS, se aprueba la herramienta denominada “Observatorio de Integridad del Sector MIDIS”, destinada a gestionar, organizar y difundir información relacionada al proceso de implementación del Modelo de Integridad en la Sede Central MIDIS y los Programas Nacionales, así como los acuerdos de la Red de Integridad y los resultados de la evaluación del Índice de Capacidad Preventiva frente a la Corrupción, publicados periódicamente por la Secretaría de Integridad Pública de la Presidencia del Consejo de Ministros;
Que, mediante Informe N° D000129-2026-MIDIS-OII, la Oficina de Integridad Institucional sustenta y propone la necesidad de modificar la Resolución Ministerial N° D000184-2024-MIDIS, que aprueba la herramienta denominada “Observatorio de Integridad del Sector MIDIS”, a fin de incorporar al Organismo de Focalización e Información Social – OFIS dentro de su ámbito de aplicación, en atención a su condición de organismo público adscrito al Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social, su incorporación a la Red de Integridad del Sector Desarrollo e Inclusión Social y su participación en las acciones vinculadas a la implementación y evaluación del Modelo de Integridad e Índice de Capacidad Preventiva frente a la Corrupción;
Que, mediante el Informe N° D000253-2026-MIDIS-OGPPM, la Oficina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización hace suyo el Informe N° D000244-2026-MIDIS-OPI de la Oficina de Planeamiento e Inversiones, mediante el cual se emite opinión favorable a la propuesta previamente señalada;
Que, a través del Informe Nº D000385-2026-MIDIS-OGAJ, la Oficina General de Asesoría Jurídica emite opinión legal considerando viable emitir el acto resolutivo que apruebe la modificatoria de la Resolución Ministerial N° D000184-2024-MIDIS;
Con el visado de la Secretaría General, de la Oficina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización, de la Oficina de Integridad Institucional, y, de la Oficina General de Asesoría Jurídica, y;
De conformidad con la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley N° 29792, Ley de Creación, Organización y Funciones del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social; los Decretos Supremos Nº 092-2017-PCM, Nº 042-2018-PCM y N° 148-2024-PCM; las Resoluciones de Secretaría de Integridad Pública N° 002-2025-PCM/SIP, N° 004-2025-PCM/SIP,N° 005-2025-PCM/SIP y N° 002-2026-PCM/SIP; y, la Resolución Ministerial N° D000024-2026-MIDIS, que aprueba el Texto Integrado actualizado del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social;
SE RESUELVE:
Artículo 1.- Modificar el numeral 1.1. del artículo 1 y los numerales 2.1. y 2.2. del artículo 2 de la Resolución Ministerial N° D000184-2024-MIDIS, en los siguientes términos:
“Artículo 1.- Observatorio de Integridad del Sector MIDIS
1.1 Aprobar la herramienta denominada “Observatorio de Integridad del Sector MIDIS”, destinada a gestionar, organizar y difundir información relacionada al proceso de implementación del Modelo de Integridad en la Sede Central MIDIS, los Programas Nacionales y organismos públicos adscritos, así como los acuerdos de la Red de Integridad y los resultados de la evaluación del Índice de Capacidad Preventiva frente a la Corrupción, publicados periódicamente por la Secretaría de Integridad Pública de la Presidencia del Consejo de Ministros.
(…)
Artículo 2.- Ámbito de aplicación y apoyo
2.1 La presente Resolución Ministerial es de aplicación al Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social, que comprende tanto a las unidades de organización de la Sede Central, así como a sus Programas Nacionales y organismos públicos adscritos.
2.2 Las unidades de organización, los Programas Nacionales y los organismos públicos adscritos deben remitir periódicamente a la Oficina de Integridad Institucional la información y brindar el apoyo que aquella les solicite en el ámbito de sus funciones.”
Artículo 2.- Precisar que los extremos no aludidos en el artículo precedente mantienen su vigencia conforme a la Resolución Ministerial N° D000184-2024-MIDIS, que aprueba la herramienta denominada “Observatorio de Integridad del Sector MIDIS”.
Artículo 3.- Notificar la presente Resolución Ministerial a la Oficina de Integridad Institucional del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social, a los Programas Nacionales adscritos al Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social y al Organismo de Focalización e Información Social – OFIS.
Artículo 4.- Disponer la publicación de la presente Resolución en la Sede Digital del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social (www.gob.pe/midis), así como de los Programas Nacionales adscritos al Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social y el Organismo de Focalización e Información Social, en la misma fecha de la publicación de la presente Resolución Ministerial en el Diario Oficial “El Peruano”.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
LILY NORKA VÁSQUEZ DÁVILA
Ministra de Desarrollo e Inclusión Social
2534889-1

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