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Cieneguilla, 12 de mayo de 2026
EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE CIENEGUILLA
VISTOS:
El Informe Nº 539-2026-MDC/GDS, de fecha 23 de abril de 2026, de la Gerencia de Desarrollo Social, el Memorándum N° 481-2026-MDC/GM, de fecha 29 de abril de 2026, de la Gerencia Municipal, el Informe Legal N° 0140-2026-MDC/GAJ, de fecha 05 de mayo de 2026, de la Gerencia de Asesoría Jurídica y el Memorándum N° 497-2026-MDC/GM, de fecha 12 de mayo de 2026, de la Gerencia Municipal, respecto a la aprobación del Reglamento Interno para la Organización, Conformación y Funcionamiento de la Instancia de Articulación Local de Desarrollo e Inclusión Social del distrito de Cieneguilla, IAL-DIS Cieneguilla, y;
CONSIDERANDO:
Que, el artículo 194º de la Constitución Política del Perú, modificado por la Ley N° 30305, en concordancia con lo establecido en el artículo II del Título Preliminar de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades y modificatorias, establece que, los gobiernos locales gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia; esta autonomía radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administración, con sujeción al ordenamiento jurídico;
Que, el artículo 42º de la Ley N° 27972, señala que, los Decretos de Alcaldía establecen normas reglamentarias y de aplicación de las ordenanzas, sancionan los procedimientos necesarios para la correcta y eficiente administración municipal y resuelven o regulan asuntos de orden general y de interés para el vecindario, que no sean de competencia del Concejo Municipal;
Que, mediante el Decreto Supremo N° 012-2024-MIDIS, se aprobó el Reglamento del SINADIS, de aplicación nacional y alcanza a todas las entidades públicas de los tres niveles de gobierno, que tienen a su cargo políticas públicas que coadyuvan a reducir la pobreza, las desigualdades, las vulnerabilidades y los riesgos sociales, en el marco de sus normas de creación, siendo los gobiernos locales integrantes del sistema SINADIS; así como, en el marco del citado Reglamento, en su artículo 31° establece que entre los mecanismos de coordinación y articulación que contribuyen al SINADIS se encuentra la Instancia de Articulación Local de Desarrollo e Inclusión Social (IAL-DIS) y el numeral 34.7 del artículo 34° señala que la organización, conformación y funcionamiento de la IAL-DIS se regula por su reglamento interno, el cual es aprobado por el gobierno local con un dispositivo legal;
Que, en Sesión Ordinaria de fecha 04 de agosto de 2025, el Concejo de la Municipalidad Distrital de Cieneguilla aprobó la Ordenanza N° 405-2025-MDC, “Creación de la Instancia de Articulación Local de Desarrollo e Inclusión Social del Distrito de Cieneguilla-IAL-DIS Cieneguilla, como un espacio para la organización, conformación y funcionamiento, dentro del proceso de implementación y migración hacia la IAL - DIS Cieneguilla, responsable de lograr la implementación eficiente, eficaz, efectiva y de calidad de las intervenciones públicas de desarrollo e inclusión social en el territorio, generando consensos, intercambiando información, efectuando acciones conjuntas, impulsando el cumplimiento de acuerdos, entre otros. Asumiendo funciones, sin ser limitativas, para cumplimiento de los objetivos, condiciones y necesidades en entorno y favor de la población y en beneficio de la niñez, adolescencia y adultos mayores del distrito de Cieneguilla;
Que, el artículo 73º de la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, establece como funciones municipales, en materia de servicios sociales locales, tienen la función de administrar, organizar y ejecutar los programas locales de lucha contra la pobreza y desarrollo social; así como administrar, organizar y ejecutar los programas locales de asistencia, protección y apoyo a la población en riesgo, y otros que coadyuven al desarrollo y bienestar de la población; así como, la función de difundir y promover los derechos del niño, del adolescente, de la mujer y del adulto mayor, propiciando espacios para su participación a nivel de instancias municipales;
Que, el artículo 84° de la Ley N° 27972, dispone entre otras, son funciones exclusivas de las municipalidades distritales, organizar, administrar y ejecutar los programas locales de asistencia, protección y apoyo a la población en riesgo, de niños, adolescentes, mujeres, adultos mayores, personas con discapacidad y otros grupos de la población en situación de discriminación; facilitar en los espacios de concertación y participación ciudadana para la planificación, gestión y vigilancia de los programas locales de desarrollo social, como del apoyo a la población en riesgo;
Que, los numerales 2.1) y 2.2), del artículo 2° del Decreto Supremo N° 008-2022-MIDIS, establecen que la Política Nacional de Desarrollo e Inclusión Social al 2030, es de cumplimiento obligatorio y aplica a todas las entidades de la Administración Pública. Mientras que el artículo 3° del Decreto Supremo N° 012-2024-MIDIS, se aprueba el Reglamento del Sistema Nacional de Desarrollo e Inclusión Social (SINADIS), el cual establece que es de aplicación nacional y alcanza a todas las entidades públicas de los tres niveles de gobierno, que tienen a su cargo políticas públicas que coadyuvan a reducir la pobreza, las desigualdades, las vulnerabilidades y los riesgos sociales, en el marco de sus normas de creación. Los gobiernos locales son integrantes del SINADIS;
Que, mediante el Informe N° 539-2026-MDC/GDS, la Gerencia de Desarrollo Social, comunica a la Gerencia Municipal que se ha elaborado la propuesta del Reglamento Interno de la IAL - DIS Cieneguilla, en cumplimiento a lo dispuesto por la Ordenanza N° 405-2025-MDC; referidos al órgano consultivo y de apoyo a la gestión municipal, permitiendo unir esfuerzos del Estado y la sociedad civil, en beneficio de la del distrito de Cieneguilla, en temas a la promoción y protección en beneficio de la niñez, adolescencia y adultos mayores del distrito de Cieneguilla; asimismo, emite su opinión favorable de factibilidad y recomienda se prosiga con el tramite respectivo para su aprobación;
Que, mediante Memorándum N° 481-2026-MDC/GM, la Gerencia Municipal solicita a la Gerencia de Asesoría Jurídica la opinión legal, para continuar con el trámite correspondiente;
Que, con Informe Legal N° 0140-2026-MDC/GAJ, la Gerencia de Asesoría Jurídica, luego del análisis correspondiente, opina que resulta viable la aprobación del proyecto de Decreto de Alcaldía respecto a la aprobación del Reglamento Interno para la Organización, Conformación y Funcionamiento de la Instancia de Articulación Local de Desarrollo e Inclusión Social del distrito de Cieneguilla, IAL-DIS Cieneguilla, conforme a los fundamentos técnicos normativos expuestos; recomendando derivar los actuados a la Secretaría General a fin de que el titular de la entidad emita el Decreto de Alcaldía, conforme a sus facultades;
Que, con Memorándum N° 497-2026-MDC/GM, la Gerencia Municipal solicita a la Secretaría General la elaboración del respectivo Decreto de Alcaldía a ser suscrito por el titular de la entidad, de conformidad con lo dispuesto por la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades y modificatorias;
Que, estando a lo expuesto y en uso de las facultades conferidas por el numeral 6) del artículo 20° y el artículo 42° de la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades y modificatorias;
DECRETA:
Artículo Primero.- APROBAR, el REGLAMENTO INTERNO PARA LA ORGANIZACIÓN, CONFORMACIÓN Y FUNCIONAMIENTO DE LA INSTANCIA DE ARTICULACIÓN LOCAL DE DESARROLLO E INCLUSIÓN SOCIAL DEL DISTRITO DE CIENEGUILLA, IAL-DIS CIENEGUILLA, en cumplimiento a la Ordenanza Municipal N° 405-2025-MDC, que consta de Cinco (05) Títulos; Ocho (08) Capítulos; Treinta y seis (36) Artículos y Tres (03) Disposiciones Complementarias Finales; cuyo texto íntegro será publicado en la página web de la entidad (www.gob.pe/municieneguilla).
Artículo Segundo.- ENCARGAR, a la Gerencia de Desarrollo Social, en su calidad de Secretario/a Técnico/a, adoptar las acciones que correspondan para el cumplimiento del presente Reglamento, con el apoyo y colaboración de todas las áreas su cargo y demás órganos y unidades orgánica involucradas de la Municipalidad Distrital de Cieneguilla.
Artículo Tercero.- ENCARGAR, a la Secretaría General la publicación del presente Decreto en el Diario Oficial “El Peruano” y a la Subgerencia de Tecnologías de la Información y Comunicación, la publicación en la Plataforma Única del Estado Peruano (www.gob.pe/municieneguilla) y en el Portal de Transparencia Estándar de la entidad; y a la Subgerencia de Comunicaciones e Imagen Institucional, su adecuada difusión.
Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase.
EMILIO A. CHAVEZ HUARINGA
Alcalde
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