urgentefinanciero

Ministerio de Educación transfiere S/ 20 524 491 a gobiernos regionales para financiar plazas docentes

DECRETO SUPREMO N° 105-2026-EF · ECONOMÍA Y FINANZAS · El Peruano · 17 de junio de 2026

Decreto Supremo que autoriza Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2026 a favor de diversos gobiernos regionales

Resumen

Autoriza transferencia de partidas presupuestarias del Ministerio de Educación hacia gobiernos regionales para sostener 382 plazas docentes y 2 080 bolsas de horas creadas en 2025. Rige para el Año Fiscal 2026.

A quién impacta

Titulares del Ministerio de Educación y gobiernos regionales deben aprobar desagregación de recursos e instruir notas de modificación presupuestaria dentro de cinco días desde vigencia de la norma.

Fuente oficial: texto completo en El Peruano

Texto oficial completo

Texto extraído de la publicación oficial en El Peruano. El documento original es la única versión con valor legal.

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
CONSIDERANDO:
Que el literal a) del numeral 86.1 del artículo 86 de la Ley Nº 32513, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2026, autoriza al Ministerio de Educación, durante el Año Fiscal 2026, a realizar modificaciones presupuestarias en el nivel institucional, con cargo a los recursos de su presupuesto institucional y sin demandar recursos adicionales al Tesoro Público, a favor de los gobiernos regionales, para financiar la sostenibilidad de las plazas docentes y bolsa de horas creadas en el Año Fiscal 2025, en el marco del numeral 1 de la Décima Cuarta Disposición Complementaria Final de la Ley Nº 32260, Ley que reconoce y premia a los deportistas medallistas de las diversas competencias deportivas de nivel internacional y dicta excepcionalmente medidas de carácter presupuestal;
Que, asimismo, los numerales 86.2 y 86.3 del artículo 86 de la Ley Nº 32513, disponen que dichas modificaciones presupuestarias en el nivel institucional autorizadas en el numeral 86.1 del citado artículo se aprueban mediante decreto supremo refrendado por el Ministro de Economía y Finanzas y por el Ministro de Educación, a solicitud de este último; precisando que los recursos a los que se refiere el referido artículo no deben destinarse a fines distintos de aquellos para los cuales fueron asignados, bajo responsabilidad, debiendo ejecutarse conforme a la normatividad de la materia;
Que, mediante el Oficio Nº 00916-2026-MINEDU/SG, el Ministerio de Educación solicita una Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2026, con cargo a los recursos de su presupuesto institucional, a favor de diversos gobiernos regionales, para financiar la sostenibilidad de trescientas ochenta y dos (382) plazas docentes y dos mil ochenta (2 080) bolsa de horas creadas en el Año Fiscal 2025, en el marco de lo establecido en el numeral 1 de la Décima Cuarta Disposición Complementaria Final de la Ley Nº 32260, Ley que reconoce y premia a los deportistas medallistas de las diversas competencias deportivas de nivel internacional y dicta excepcionalmente medidas de carácter presupuestal, conforme a lo establecido en el literal a) del numeral 86.1 del artículo 86 de la Ley Nº 32513; adjuntando, para dicho efecto, el Informe Nº 00806-2026-MINEDU/SPE-OPEP-UPP de la Unidad de Planificación y Presupuesto de la Oficina de Planificación Estratégica y Presupuesto de la Secretaría de Planificación Estratégica del citado ministerio;
Que, mediante Memorando Nº 2567-2026-EF/53.04, que adjunta el Informe Nº 1843-2026-EF/53.04, la Dirección General de Gestión Fiscal de los Recursos Humanos del Ministerio de Economía y Finanzas determina que el costo estimado para financiar la sostenibilidad de las plazas y bolsa de horas creadas en el Año Fiscal 2025, en el marco del numeral 1 de la Décima Cuarta Disposición Complementaria Final de la Ley Nº 32260, a favor de diversos gobiernos regionales, asciende a la suma de S/ 20 524 491,00 (VEINTE MILLONES QUINIENTOS VEINTICUATRO MIL CUATROCIENTOS NOVENTA Y UNO Y 00/100 SOLES);
Que, en consecuencia, corresponde autorizar una Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2026, hasta por la suma de S/ 20 524 491,00 (VEINTE MILLONES QUINIENTOS VEINTICUATRO MIL CUATROCIENTOS NOVENTA Y UNO Y 00/100 SOLES), por la fuente de financiamiento Recursos Ordinarios, con cargo a los recursos del presupuesto institucional del Ministerio de Educación, a favor de diversos gobiernos regionales, para los fines señalados en los considerandos precedentes;
De conformidad con lo establecido en el literal a) del numeral 86.1, y los numerales 86.2 y 86.3 del artículo 86 de la Ley Nº 32513, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2026;
DECRETA:
Artículo 1.- Objeto
1.1 Se autoriza una Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2026, hasta por la suma de S/ 20 524 491,00 (VEINTE MILLONES QUINIENTOS VEINTICUATRO MIL CUATROCIENTOS NOVENTA Y UNO Y 00/100 SOLES), por la fuente de financiamiento Recursos Ordinarios, a favor de diversos gobiernos regionales, para financiar la sostenibilidad de las trescientas ochenta y dos (382) plazas docentes y dos mil ochenta (2 080) bolsa de horas creadas en el Año Fiscal 2025, en el marco del numeral 1 de la Décima Cuarta Disposición Complementaria Final de la Ley Nº 32260, Ley que reconoce y premia a los deportistas medallistas de las diversas competencias deportivas de nivel internacional y dicta excepcionalmente medidas de carácter presupuestal, conforme a lo dispuesto en el literal a) del numeral 86.1 del artículo 86 de la Ley Nº 32513, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2026, con cargo a los recursos del presupuesto institucional del Pliego 010: M. de Educación, de acuerdo al siguiente detalle:
DE LA: En Soles
SECCIÓN PRIMERA : Gobierno Central
PLIEGO 010 : M. de Educación
UNIDAD EJECUTORA 026 : Programa Educación Básica para todos
CATEGORÍA PRESUPUESTARIA 9001 : Acciones Centrales
ACTIVIDAD 5000003 : Gestión Administrativa
FUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios
GASTO CORRIENTE
2.1 Personal y Obligaciones Sociales 19 411 408,00
CATEGORÍA PRESUPUESTARIA 9002 : Asignaciones Presupuestarias que no Resultan en Productos
ACTIVIDAD 5000661 : Desarrollo de la Educación Laboral y Técnica
FUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios
GASTO CORRIENTE
2.1 Personal y Obligaciones Sociales 1 113 083,00
============
TOTAL EGRESOS 20 524 491,00
============
A LA: En Soles
SECCIÓN SEGUNDA : Instancias Descentralizadas
PLIEGOS : Gobiernos Regionales
PROGRAMA PRESUPUESTAL 0090 : Logros de Aprendizaje de Estudiantes de la Educación Básica Regular
PRODUCTO 3000385 : Instituciones Educativas con condiciones para el cumplimiento de Horas Lectivas Normadas
ACTIVIDAD 5005628 : Contratación oportuna y pago del personal docente y promotoras de las Instituciones Educativas de Educación Básica Regular
FUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios
GASTO CORRIENTE
2.1 Personal y Obligaciones Sociales 20 524 491,00
=============
TOTAL EGRESOS 20 524 491,00
=============
1.2 El detalle de los recursos autorizados en la Transferencia de Partidas a que hace referencia el numeral 1.1 del presente artículo, se encuentra en el Anexo “Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2026 a favor de diversos gobiernos regionales para financiar la sostenibilidad de plazas y bolsa de horas creadas en el Año Fiscal 2025, en el marco del numeral 1 de la Décima Cuarta Disposición Complementaria Final de la Ley Nº 32260”, que forma parte integrante del presente Decreto Supremo, el cual se publica en las sedes digitales del Ministerio de Educación (www.gob.pe/minedu) y del Ministerio de Economía y Finanzas (www.gob.pe/mef), en la misma fecha de publicación de la presente norma en el diario oficial El Peruano.
Artículo 2.- Procedimiento para la aprobación institucional
2.1 El Titular del pliego habilitador y de los pliegos habilitados en la presente Transferencia de Partidas aprueban, mediante resolución, la desagregación de los recursos autorizados en el numeral 1.1 del artículo 1 del presente Decreto Supremo, a nivel programático, dentro de los cinco (05) días calendario contados desde la vigencia del presente dispositivo legal. Copia de la resolución se remite dentro de los cinco (05) días calendario de aprobada a los organismos señalados en el numeral 31.4 del artículo 31 del Decreto Legislativo Nº 1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público.
2.2 La Oficina de Presupuesto o la que haga sus veces en los pliegos involucrados solicita a la Dirección General de Presupuesto Público del Ministerio de Economía y Finanzas las codificaciones que se requieran como consecuencia de la incorporación de nuevas Partidas de Ingresos, Finalidades y Unidades de Medida.
2.3 La Oficina de Presupuesto o la que haga sus veces en los pliegos involucrados instruyen a las Unidades Ejecutoras para que elaboren las correspondientes “Notas de Modificación Presupuestaria” que se requieran, como consecuencia de lo dispuesto en el presente Decreto Supremo.
Artículo 3.- Limitación al uso de los recursos
Los recursos de la Transferencia de Partidas a la que hace referencia el numeral 1.1 del artículo 1 del presente Decreto Supremo no pueden ser destinados, bajo responsabilidad, a fines distintos para los cuales son transferidos.
Artículo 4.- Refrendo
El presente Decreto Supremo es refrendado por el Ministro de Economía y Finanzas y por la Ministra de Educación.
A los dieciséis días del mes de junio del año dos mil veintiséis.
JOSÉ MARÍA BALCÁZAR ZELADA
Presidente de la República
NELLY PAREDES DEL CASTILLO
Ministra del Ambiente
Encargada del despacho del Ministerio de Educación
RODOLFO ACUÑA NAMIHAS
Ministro de Economía y Finanzas
2526649-1

presupuesto públicogobiernos regionalestransferencias

Normas relacionadas

urgentefinancieroEl Peruano

Ministerio de Trabajo transfiere S/ 1 968 108 al sector público para ejecutar diez actividades de empleo temporal

DECRETO SUPREMO 010-2026-TR

Autoriza transferencia financiera al Programa Llamkasun Perú destinada a organismos ejecutores del sector público. Financia diez actividades de intervención inmediata en emergencias y focalización geográfica; rige desde su publicación en El Peruano.

informativogobiernoEl Peruano

MIDIS designa a Raquel Paola Angulo Barrera como Jefa de Planeamiento, Presupuesto y Modernización

RESOLUCIÓN MINISTERIAL D000226-2026-MIDIS

Designa a Raquel Paola Angulo Barrera en el cargo de Jefa de la Oficina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización del MIDIS. Rige desde la firma de la autoridad responsable.

urgentefinancieroEl Peruano

Ministerio de Salud transfiere S/ 60 253 730,00 al INEN y gobiernos regionales para compensaciones por desempeño 2025

DECRETO SUPREMO 163-2026-EF

Autoriza transferencia presupuestaria desde Ministerio de Salud hacia INEN y gobiernos regionales para financiar asignaciones por cumplimiento de metas e indicadores de desempeño alcanzados en 2025. Rige desde su publicación en El Peruano (19 de agosto de 2026).

informativogobiernoEl Peruano

Ministerio de Vivienda designa a Jorge Enrique Ormeño Cruces como Jefe de Presupuesto

RESOLUCIÓN MINISTERIAL 316-2026-VIVIENDA

Formaliza la designación de Jorge Enrique Ormeño Cruces en el cargo de Jefe de Presupuesto de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto del Ministerio. Rige desde su publicación en El Peruano.

relevantefinancieroEl Peruano

Comisión Multisectorial elabora listado de sentencias judiciales del sector Educación para pago de deudas hasta S/ 20 000

DECRETO SUPREMO 160-2026-EF

Aprueba normas reglamentarias para que una Comisión Multisectorial (5 representantes MEF, 3 MINJUS) evalúe y priorice sentencias ejecutoriadas del sector Educación con financiamiento total de S/ 85 000 000. Rige desde su publicación en El Peruano.