relevantefinanciero

Gobierno Nacional aprueba garantía de S/ 42 millones para bonos previsionales de la ONP en 2026

DECRETO SUPREMO N° 136-2026-EF · ECONOMÍA Y FINANZAS · El Peruano · 16 de julio de 2026

Decreto Supremo que aprueba el otorgamiento de la garantía del Gobierno Nacional a favor de los Bonos de Reconocimiento y Bonos Complementarios de la Oficina de Normalización Previsional (ONP) durante el Año Fiscal 2026

Resumen

Aprueba endeudamiento interno de S/ 42 000 000,00 para respaldar la emisión de Bonos de Reconocimiento y Bonos Complementarios por la ONP durante el Año Fiscal 2026. Rige desde su publicación en El Peruano.

A quién impacta

ONP: financiar redención de bonos con presupuesto institucional en 2026. MEF: emitir resolución ministerial con normas complementarias de aplicación.

Fuente oficial: texto completo en El Peruano

Texto oficial completo

Texto extraído de la publicación oficial en El Peruano. El documento original es la única versión con valor legal.

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
CONSIDERANDO:
Que, el numeral 3.2 del artículo 3 de la Ley Nº 32515, Ley de Endeudamiento del Sector Público para el Año Fiscal 2026, autoriza al Gobierno Nacional a acordar operaciones de endeudamiento interno hasta por un monto que no exceda de S/ 38 435 000 000,00 (TREINTA Y OCHO MIL CUATROCIENTOS TREINTA Y CINCO MILLONES Y 00/100 SOLES), de los cuales corresponde a los Bonos ONP hasta por la suma de S/ 42 000 000,00 (CUARENTA Y DOS MILLONES Y 00/100 SOLES);
Que, en el marco de la autorización señalada en el considerando precedente y en mérito a lo dispuesto en el literal c) del artículo 9 y en la Sétima Disposición Final y Transitoria del Texto Único Ordenado de la Ley del Sistema Privado de Administración de Fondos de Pensiones, aprobado mediante el Decreto Supremo Nº 054-97-EF, el artículo 145 del Reglamento del Texto Único Ordenado de la Ley del Sistema Privado de Administración de Fondos de Pensiones, aprobado por el Decreto Supremo Nº 004-98-EF, así como en el literal e) del artículo 6 del Reglamento de la Ley Nº 27252, Ley que establece el derecho de jubilación anticipada para trabajadores afiliados al Sistema Privado de Pensiones que realizan labores que implican riesgo para la vida o la salud, aprobado mediante el Decreto Supremo Nº 164-2001-EF, el Gobierno Nacional mediante una operación de endeudamiento interno, otorga una garantía del Gobierno Nacional a los Bonos de Reconocimiento y Bonos Complementarios a ser emitidos por la Oficina de Normalización Previsional (ONP), en cumplimiento de la normativa antes citada, durante el Año Fiscal 2026, hasta por la suma de S/ 42 000 000,00 (CUARENTA Y DOS MILLONES Y 00/100 SOLES);
Que, la operación de endeudamiento interno evaluada cumple con lo establecido en los numerales 11.2 y 11.3 del artículo 11 del Decreto Legislativo Nº 1437, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Endeudamiento Público;
Que, asimismo, la referida operación de endeudamiento interno cumple con los requisitos establecidos en el numeral 27.4 del artículo 27 del Decreto Legislativo Nº 1437, así como con lo estipulado por la Directiva Nº 001-2019-EF/52.04, “Directiva para la Concertación de Operaciones de Endeudamiento Público, Contratación de Financiamientos Contingentes, y Otorgamiento o Contratación de Garantías en Asociaciones Público Privadas”, aprobada mediante la Resolución Directoral Nº 015-2019-EF/52.01 y por la Directiva Nº 001-2024-CG/VCST, “Informe Previo sobre las operaciones que comprometan el crédito o capacidad financiera del Estado”, aprobada por la Resolución de Contraloría Nº 063-2024-CG;
Que, el numeral 28.1 del artículo 28 del Decreto Legislativo Nº 1437, establece que las operaciones de endeudamiento del Gobierno Nacional se aprueban mediante decreto supremo, con el voto aprobatorio del Consejo de Ministros, refrendado por el Presidente del Consejo de Ministros, por el Ministro de Economía y Finanzas y por el ministro del sector correspondiente;
Que, sobre el particular han opinado favorablemente la Dirección General del Tesoro Público y la Oficina General de Asesoría Jurídica del Ministerio de Economía y Finanzas;
Que, asimismo, la Contraloría General de la República ha informado previamente sobre la operación de endeudamiento interno, en aplicación del literal l) del artículo 22 de la Ley Nº 27785, Ley Orgánica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloría General de la República;
De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Legislativo Nº 1437, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Endeudamiento Público; en la Ley Nº 32515, Ley de Endeudamiento del Sector Público para el Año Fiscal 2026; en la Directiva Nº 001-2019-EF/52.04, “Directiva para la Concertación de Operaciones de Endeudamiento Público, Contratación de Financiamientos Contingentes, y Otorgamiento o Contratación de Garantías en Asociaciones Público Privadas”, aprobada mediante la Resolución Directoral Nº 015-2019-EF/52.01; y, en la Directiva Nº 001-2024-CG/VCST, “Informe Previo sobre las operaciones que comprometan el crédito o capacidad financiera del Estado”, aprobada por la Resolución de Contraloría Nº 063-2024-CG; y,
Con el voto aprobatorio del Consejo de Ministros;
DECRETA:
Artículo 1.- Otorgamiento de garantía
Se aprueba el otorgamiento de la garantía del Gobierno Nacional a los Bonos de Reconocimiento y Bonos Complementarios a ser emitidos por la Oficina de Normalización Previsional (ONP), durante el Año Fiscal 2026, hasta por la suma de S/ 42 000 000,00 (CUARENTA Y DOS MILLONES Y 00/100 SOLES).
Artículo 2.- De la redención
La Oficina de Normalización Previsional (ONP) atiende durante el presente Año Fiscal la redención de los Bonos de Reconocimiento y Bonos Complementarios con cargo a los recursos del presupuesto institucional de dicho pliego.
Artículo 3.- Implementación
El Ministerio de Economía y Finanzas, mediante resolución ministerial, aprueba las normas complementarias que fueran necesarias para la aplicación del presente Decreto Supremo.
Artículo 4.- Refrendo
El presente Decreto Supremo es refrendado por el Presidente del Consejo de Ministros y por el Ministro de Economía y Finanzas.
Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los quince días del mes de julio del año dos mil veintiséis.
JOSÉ MARÍA BALCÁZAR ZELADA
Presidente de la República
LUIS ENRIQUE ARROYO SÁNCHEZ
Presidente del Consejo de Ministros
RODOLFO ACUÑA NAMIHAS
Ministro de Economía y Finanzas
2535524-2

pensionesonpgarantía estatal

Normas relacionadas

urgenteseguridad socialTribunal Constitucional

Tribunal Constitucional desestima amparo sobre fecha de inicio de pensión minera

Resolución TC 00527-2025-AA · Tribunal Constitucional - SALA SEGUNDA

Sentencia que rechaza la demanda de amparo por pago de pensiones devengadas. Confirma que el artículo 81 del Decreto Ley 19990 limita el abono retroactivo a doce meses previos a la solicitud, sin excepción por edad del pensionista.

informativoseguridad socialTribunal Constitucional

PABLO LIMAHUAY CALLATA c. OFICINA DE NORMALIZACION PREVISIONAL

Resolución TC 01945-2025-AA · Tribunal Constitucional - SALA SEGUNDA

Resolución constitucional en amparo interpuesto por Pablo Limahuay Callata contra Oficina de Normalización Previsional. Versa sobre derechos previsionales y pensión.

informativoseguridad socialTribunal Constitucional

JUAN LEIVA VALERIO c. OFICINA DE NORMALIZACIÓN PREVISIONAL - ONP , RIMAC SEGUROS Y REASEGUROS

Resolución TC 01846-2023-AA · Tribunal Constitucional - SALA SEGUNDA

Resolución constitucional en amparo interpuesto por Juan Leiva Valerio contra Oficina de Normalización Previsional y Rímac Seguros. Versa sobre derechos previsionales de pensionista.

urgenteseguridad socialTribunal Constitucional

BEATRIZ HILDA MARTINEZ DIAZ c. OFICINA DE NORMALIZACION PREVISIONAL - ONP

Resolución TC 00995-2025-AA · Tribunal Constitucional - SALA SEGUNDA

Resolución constitucional que resuelve una acción de amparo de Beatriz Hilda Martínez Díaz contra la ONP por vulneración de derechos pensionarios. Establece precedente sobre obligaciones de la entidad previsional en materia de prestaciones.

relevantelegislación generalTribunal Constitucional

OFICINA DE NORMALIZACION PREVISIONAL ONP - - c. PRIMERA SALA CIVIL DE LA CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DEL SANTA Y OTRO - - Representado(a) por PROCURADOR PUBLICO DEL PODER JUDICIAL

Resolución TC 03385-2024-AA · Tribunal Constitucional - SALA SEGUNDA

Resolución del Tribunal Constitucional sobre acción de amparo de la Oficina de Normalización Previsional (ONP) contra la Primera Sala Civil del Santa. Cuestiona decisiones judiciales que afectan a la entidad previsional estatal.