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Instituto Geográfico Nacional fija límites entre cuatro pares de distritos de Islay, Arequipa

LEY N° 32689 · CONGRESO DE LA REPÚBLICA · El Peruano · 3 de julio de 2026

Ley de saneamiento de límites y tramos de algunos distritos de la provincia de Islay, del departamento de Arequipa

Resumen

Establece mediante memorias descriptivas y coordenadas UTM los límites entre Islay-Mollendo, Dean Valdivia-Punta de Bombón, y tramos de Cocachacra con Dean Valdivia y Punta de Bombón. Rige desde el día siguiente de su publicación en El Peruano.

A quién impacta

Municipalidades de los distritos involucrados: informarse de los nuevos límites territoriales para ejercer competencias de servicios, tributos e intervenciones públicas sin ambigüedad jurisdiccional.

Fuente oficial: texto completo en El Peruano

Texto oficial completo

Texto extraído de la publicación oficial en El Peruano. El documento original es la única versión con valor legal.

LEY Nº 32689
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
POR CUANTO:
EL CONGRESO DE LA REPÚBLICA;
Ha dado la Ley siguiente:
LEY DE SANEAMIENTO DE LÍMITES Y TRAMOS
DE ALGUNOS DISTRITOS DE LA PROVINCIA DE ISLAY, DEL DEPARTAMENTO DE AREQUIPA
Artículo 1. Objeto y finalidad
1.1 La presente ley tiene por objeto sanear los límites y tramos de algunos distritos de la provincia de Islay del departamento de Arequipa, de acuerdo al siguiente detalle:
a. Límite entre los distritos de Islay y Mollendo
b. Límite entre los distritos de Dean Valdivia y Punta de Bombón
c. Tramo del límite entre los distritos de Cocachacra y Dean Valdivia
d. Tramo del límite entre los distritos de Cocachacra y Punta de Bombón
1.2 La finalidad de la presente ley es establecer los límites y tramos de algunos distritos de la provincia de Islay del departamento de Arequipa, a fin de garantizar los marcos de referencia que permitan la prestación de bienes y servicios a la población de dicha provincia.
Artículo 2. Delimitación
Las memorias descriptivas de los límites y tramos de algunos distritos de la provincia de Islay del departamento de Arequipa, a los que se refiere el artículo 1, son las siguientes:
a. Límite entre los distritos de Islay y Mollendo
Inicia en la intersección de una quebrada sin nombre con el eje de la red vial nacional (Código PE-34) en la coordenada UTM 180 504 m E y 8 140 250 m N (Zona 19 Sur) de referencia; continúa en dirección sur por el eje de dicha red vial, hasta su intersección con el thalweg de la quebrada Guerreros en la coordenada UTM 815 143 m E y 8 128 449 m N (Zona 18 Sur) de referencia; continúa aguas abajo por el thalweg de la quebrada Guerreros, y finaliza en su desembocadura en el océano Pacífico.
Las coordenadas mencionadas en la presente memoria descriptiva corresponden al Datum WGS84, Sistema de Proyección UTM.
La presente memoria descriptiva fue realizada empleando la siguiente Cartografía Básica Oficial:
- Instituto Geográfico Nacional (sin fecha de impresión). Mollendo, Perú, 1:100 000. 2° edición. Serie J631, hoja 2437 (34-r). Lima, Perú.
- Instituto Geográfico Nacional (sin fecha de impresión). La Joya, Perú, 1:100 000. 2° edición. Serie J631, hoja 2537 (34-s). Lima, Perú.
b. Límite entre los distritos de Dean Valdivia y Punta de Bombón
Inicia en la desembocadura del río Tambo en el océano Pacífico; continúa aguas arriba por el thalweg del río Tambo, y finaliza en5 el punto de coordenada UTM 205 070 m E y 8 103 531 m N (referencia: puente sobre el río Tambo) (trifinio entre los distritos de Cocachacra, Dean Valdivia y Punta de Bombón).
Las coordenadas mencionadas en la presente memoria descriptiva corresponden a la Zona 19 Sur, Datum WGS84, Sistema de Proyección UTM.
La presente memoria descriptiva fue realizada empleando la siguiente Cartografía Básica Oficial:
- Instituto Geográfico Nacional (sin fecha de impresión). Punta de Bombón, Perú, 1:100 000. 2° edición. Serie J631, hoja 2536 (35-s). Lima, Perú.
c. Tramo del límite entre los distritos de Cocachacra y Dean Valdivia
Inicia en la intersección del eje de la red vial nacional (Código PE-1SD) con el eje de una vía sin nombre en la coordenada UTM 203 232 m E y 8 105 616 m N de referencia, continúa en dirección sureste por el eje de la red vial nacional (Código PE-1SD), y finaliza en el punto de coordenada UTM 205 070 m E y 8 103 531 m N (referencia: puente sobre el río Tambo) (trifinio entre los distritos de Cocachacra, Dean Valdivia y Punta de Bombón).
Las coordenadas mencionadas en la presente memoria descriptiva corresponden a la Zona 19 Sur, Datum WGS84, Sistema de Proyección UTM.
La presente memoria descriptiva fue realizada empleando la siguiente Cartografía Básica Oficial:
- Instituto Geográfico Nacional (sin fecha de impresión). Punta de Bombón, Perú, 1:100 000. 2° edición. Serie J631, hoja 2536 (35-s). Lima, Perú.
d. Tramo del límite entre los distritos de Cocachacra y Punta de Bombón
Inicia en el punto de coordenada UTM 205 070 m E y 8 103 531 m N (referencia: puente sobre el río Tambo) (trifinio entre los distritos de Cocachacra, Dean Valdivia y Punta de Bombón); continúa aguas arriba por el thalweg del río Tambo, hasta el punto de coordenada UTM 208 297 m E y 8 107 556 m N en el thalweg de dicho río; continúa en dirección este en línea recta, hasta el punto de coordenada UTM 209 514 m E y 8 107 559 m N en la estribación noroeste del cerro Ronjadero; continúa en dirección este por la estribación noroeste del cerro Ronjadero, hasta el punto de coordenada UTM 210 930 m E y 8 107 109 m N; continúa en dirección este por la divisoria de aguas del río Tambo (que tiene entre sus tributarios las quebradas Chucarapi, Pacheco y Santa Rosa), con las quebradas Cantera y Honda (pasando por los cerros Laguna, Ayrampal y cerro sin nombre en la señal geodésica 907 de referencia), hasta el punto de coordenada UTM 219 654 m E y 8 108 353 m N en un cerro sin nombre; continúa en dirección este por la estribación este de dicho cerro, y finaliza en el punto de coordenada UTM 220 392 m E y 8 108 410 m N.
Las coordenadas mencionadas en la presente memoria descriptiva corresponden a la Zona 19 Sur, Datum WGS84, Sistema de Proyección UTM.
La presente memoria descriptiva fue realizada empleando la siguiente Cartografía Básica Oficial:
- Instituto Geográfico Nacional (sin fecha de impresión). Punta de Bombón, Perú, 1:100 000. 2° edición. Serie J631, hoja 2536 (35-s). Lima, Perú.
Artículo 3. Representación cartográfica
Forma parte de la presente ley, la representación cartográfica de las memorias descriptivas de los límites y tramos contenidas en el artículo 2, la cual consta en el anexo adjunto.
Comuníquese al señor Presidente de la República para su promulgación.
En Lima, a los veintitrés días del mes de junio de dos mil veintiséis.
FERNANDO MIGUEL ROSPIGLIOSI CAPURRO
Presidente encargado del Congreso de la República
WALDEMAR JOSÉ CERRÓN ROJAS
Segundo Vicepresidente del Congreso de la República
AL SEÑOR PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
POR TANTO:
Mando se publique y cumpla.
Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los dos días del mes de julio del año dos mil veintiséis.
JOSÉ MARÍA BALCÁZAR ZELADA
Presidente de la República
LUIS ENRIQUE ARROYO SÁNCHEZ
Presidente del Consejo de Ministros
2531443-4

límites territorialessaneamiento administrativogobiernos locales

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