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Lima, 28 de mayo 2026
VISTO:
El Informe Nº 006-2026-MTC/20.2, de la Oficina de Administración; los Informes N°s. 056-2026-MTC/20.5, 061-2026-MTC/20.5, 067-2026-MTC/20.5 y el Informe Nº 093-2026-MTC/20.5, de la Oficina de Recursos Humanos; el Informe Nº 1512-2026-MTC/20.4, de la Oficina de Planeamiento y Presupuesto; el Oficio Nº 0233-2026-MTC/11 de la Oficina General de Gestión de Recursos Humanos del Ministerio de Transportes y Comunicaciones; y el Informe Nº 597-2026-MTC/20.3, de la Oficina de Asesoría Jurídica, y;
CONSIDERANDO:
Que, mediante Decreto Supremo Nº 033-2002-MTC, modificado por el Decreto Supremo Nº 014-2019-MTC, se creó el Proyecto Especial de Infraestructura de Transporte Nacional - PROVIAS NACIONAL, en adelante PROVIAS NACIONAL, encargado de las actividades de preparación, gestión, administración y ejecución de proyectos de infraestructura de transporte relacionada a la Red Vial Nacional no concesionada, así como de la planificación, gestión y control de actividades y recursos económicos que se emplean para el mantenimiento y seguridad de las carreteras y puentes de la Red Vial Nacional no concesionada. Asimismo, realiza actividades relacionadas con los aspectos técnicos, administrativos y legales vinculados con la adquisición, expropiación, transferencia interestatal, liberación de interferencias y saneamiento físico legal del derecho de vía de las carreteras de la Red Vial Nacional no concesionada; así como, emite autorizaciones para el uso del derecho de vía y de los vehículos especiales en toda la Red Vial Nacional;
Que, a través de la Resolución Directoral Nº 1616-2022-MTC/20 de fecha 04.11.2022, se aprobó el Manual de Clasificador de Cargos del PROVIAS NACIONAL, modificado por las Resoluciones Directorales N°s. 1057-2023-MTC/20 de fecha 05.09.2023 y 1157-2023-MTC/20 de fecha 22.09.2023;
Que, mediante el Informe Nº 06-2026-MTC/20.2 de fecha 27.02.2026, la Oficina de Administración de PROVIAS NACIONAL se dirige a la Dirección Ejecutiva, a fin comunicar la necesidad institucional de contar con servidores de confianza para la referida oficina, concluyendo lo siguiente: “3.1 La finalidad de formular los requerimientos de tres (03) cargos de confianza es la de proteger los intereses de la Entidad, prevenir riesgos administrativos y asegurar la correcta conducción de los procesos a cargo de la Oficina de Administración. 3.2 El Jefe de Logística, gestiona recursos, información confidencial y procesos críticos, (adquisiciones, inventarios, proveedores) directamente relacionados con los intereses estratégicos y económicos para el funcionamiento institucional de Provías Nacional; Requiere alta lealtad y capacidad de decisión para garantizar la eficiencia operativa sin riesgos de corrupción o sabotaje. 3.3 El jefe de Tesorería, gestiona directamente los activos financieros, la liquidez, el riesgo y el flujo de caja de, los fondos del estado, ejecutando pagos y administrando cuentas bancarias bajo la supervisión del Sistema Nacional de Tesorería. Su función es crítica para la estabilidad económica, requiriendo un alto nivel de integridad, experiencia y responsabilidad directa sobre los intereses de la Entidad. 3.4 El Jefe de Gestión Documental y Atención al Ciudadano, gestiona el flujo de información sensible, documentos oficiales y la interacción directa con el público, lo que requiere alta lealtad, discreción y responsabilidad, cumpliendo con remitir las solicitudes de información en los plazos establecidos, asegurando la eficiencia, transparencia y el cumplimiento de las metas estratégicas de la entidad, esta posición garantiza que el flujo de documentos sea ágil y alineado a los objetivos estratégicos sin trabas burocráticas. 3.5 Lo expuesto se formula con la finalidad de proteger los intereses de la Entidad, prevenir riesgos administrativos y asegurar la correcta conducción de los procesos a cargo de la Oficina de Administración. 3.6 Por las razones expuestas, se requiere el continuar con los procedimientos para gestionar la designación de los cargos de confianza, correspondiente a los jefes de Equipos de Logística, Tesorería y Gestión Documental y Atención al Ciudadano; de la Oficina de Administración, bajo el régimen del Decreto Legislativo Nº 1057, conforme a la normativa vigente, quedando a disposición para cualquier ampliación o aclaración que estime pertinente. 3.7 La designación de cargos de confianza permite a la alta dirección retirar la confianza y cesar al trabajador sin necesidad de justificar una causa grave, protegiendo la agilidad administrativa, siendo que estos cargos implican un “contacto directo con el empleador o con el personal de dirección” para la toma de decisiones”;
Que, con la Nota de Elevación Nº 149-2026-MTC/20 de fecha 11.03.2026, de la Directora Ejecutiva de PROVIAS NACIONAL, remite adjunto los Informes Nros. 056-2026-MTC/20.5 y 061-2026-MTC/20.5 de la Oficina de Recursos Humanos, y el Informe Nº 1512-2026-MTC/20.4 de la Oficina de Planeamiento y Presupuesto de PROVIAS NACIONAL, los cuales emiten opiniones favorables para la modificación del Manual de Clasificador de Cargos - MCC de PROVIAS NACIONAL, que consiste en la necesidad de modificar los tres (03) cargos de SP-EJ (Servidor Público – Ejecutivo) a cargos de confianza – EC (Empleados de Confianza), estos cargos son: (i) Jefe/a de Tesorería, (ii) Jefe/a de Logística y (iii) Jefe/a de Gestión Documental y Atención al Ciudadano; otorgando su conformidad la referida Dirección Ejecutiva;
Que, mediante el Informe Nº 067-2026-MTC/20.5 de fecha 25.03.2026, la Oficina de Recursos Humanos de PROVIAS NACIONAL se dirige a la Oficina de Administración de Recursos Humanos del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, a fin de precisar lo siguiente: “La propuesta de la modificación de los 03 cargos de SP-EJ A EC (cargos de confianza), se encuentra enmarcada según los topes máximos de servidores de confianza, conforme al artículo 29 del Decreto Supremo Nº 053-2022-PCM, que señala lo siguiente: “(…) El personal de confianza en ningún caso será mayor al cinco por ciento (5%) del total de cargos o puestos existentes en la entidad, con un mínimo de dos (2) y un máximo de cincuenta (50) servidores de confianza. Finalmente, se adjunta las fichas de cargo estructural de la propuesta de modificación de 03 cargos SP-EJ a cargos de confianza EC, firmados por la ORH de PROVIAS NACIONAL, en cumplimiento de los tres (03) criterios: i. Coherencia, ii. Consistencia y iii. Pertinencia; a fin de continuar los procedimientos para la atención de la opinión favorable por parte del pliego MTC, conforme a la normativa vigente, considerados en la Ley Nº 31419 y la Directiva Nº 006-2021-SERVIR-GDSRH”;
Que, a través del Informe Nº 093-2026-MTC/20.5 de fecha 30.04.2026, de la Jefa de la Oficina de Recursos Humanos de PROVIAS NACIONAL se dirige a la Oficina de Administración de Recursos Humanos del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, a fin de emitir pronunciamiento complementario a la propuesta de modificación del Manual de Clasificador de Cargos del PROVIAS NACIONAL, concluyendo lo siguiente: “3.1. La propuesta de modificación del MCC cumple con el marco normativo vigente, incluyendo la Directiva Nº 006-2021-SERVIR-GDSRH y la Ley Nº 31419. 3.2. Los cargos propuestos cumplen con las características que justifican su clasificación como Empleados de Confianza. 3.3. La modificación no incrementa el número de cargos de confianza, manteniéndose dentro de los límites legales. 3.4. La propuesta contribuye al fortalecimiento de la gestión institucional y a la mejora de la toma de decisiones estratégicas. 3.5. Finalmente, la Oficina de Recursos Humanos reitera la solicitud de opinión favorable de la modificación de 03 cargos SP – EJ a 03 cargos de confianza EC: (i) Jefe/a de Logística, (ii) Jefe/a de Tesorería y (iii) Jefe/a de Gestión Documental y Atención al Ciudadano, en merito a los cambios efectuados según los requerimientos del pliego MTC, y contenidos en la última modificación del Manual de Clasificador de Cargos – MCC, aprobado mediante Resolución Directoral Nº 1157-2023-MTC/20, conforme al numeral 6.1.8 de la Directiva Nº 006-2021-SERVIR-GDSRH; por lo que, remitimos a su despacho, a fin de continuar los procedimientos para su atención”;
Que, con el Informe Nº 0177-2026-MTC/11.01.01 de fecha 14.05.2026, el Coordinador Encargado del Equipo de Organización y Registro de la Oficina de Administración de Recursos Humanos del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, emite pronunciamiento sobre la propuesta de modificación del Manual de Clasificador de Cargos de PROVIAS NACIONAL, concluyendo lo siguiente: “4.1 Mediante Nota de Elevación Nº 149-2026-MTC/20 del 11 de marzo de 2026, la Directora Ejecutiva de PVN remite al Despacho del Viceministro de Transportes la propuesta de modificación del MCC de PVN, quien a su vez lo remite a la Secretaria General del MTC (Hoja de Ruta 110434- 2026) quien dispone su evaluación y emisión de opinión correspondiente a la Oficina General de Gestión de Recursos Humanos. 4.2 A través del Memorando Nº 0751-2026-MTC/11.01 la Oficina de Administración de Recursos Humanos remitió el Informe Nº 0109-2026-MTC/11.01.01, del Equipo de Organización y Registro de la Oficina de Administración de Recursos Humanos, a la Oficina General de Gestión de Recursos Humanos brindando opinión sobre la propuesta de modificación del Manual de Clasificador de Cargos-MCC vigente de PVN, la cual a su vez fue derivada a la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto-OGPP solicitando la opinión correspondiente en el marco de lo señalado en el numeral 5.2.4 de la Directiva Nº 006-2021-SERVIR-GDSRH. 4.3 En respuesta a la opinión solicitada, el Director General de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto-OGPP remite a la OGRH el Informe Nº 0058 -2026-MTC/09.05, emitido por la Oficina de Modernización, realizando observaciones a la propuesta de modificación del Manual de Clasificador de Cargos-MCC vigente del PVN, las cuales deben ser subsanadas. 4.4 Dichas observaciones fueron subsanadas en su totalidad a través del Informe Nº 093 -2026-MTC/20.5 de fecha 30.04.2026, conforme se ha indicado en los numerales 2.6 y 2.7 del presente informe. 4.5 Conforme a todo referido en el presente informe, se brinda opinión favorable a la propuesta de modificación del Manual de Clasificador de Cargos-MCC del PVN”;
Que, la Oficina de Administración de Recursos Humanos del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, a través del Memorando Nº 1139-2026-MTC/11.01 de fecha 15.05.2026, se dirige a la Oficina de Gestión de Recursos Humanos de la misma Entidad, a fin de alcanzar el Informe Nº 0177-2026-MTC/11.01.01 del Equipo de Organización y Registro de la Oficina de Administración de Recursos Humanos, a través del cual se brinda opinión favorable correspondiente a la propuesta de modificación del Manual de Clasificador de Cargos de PROVIAS NACIONAL, el mismo que hace suyo la referida Oficina;
Que, mediante el Oficio Nº 0233-2026-MTC/11 de fecha 18.05.2026, la Oficina General de Gestión de Recursos Humanos del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, emite pronunciamiento sobre la propuesta de modificación del Manual de Clasificador de Cargos, remitiendo el Memorando Nº 1139-2026-MTC/11.01 de la Oficina de Administración de Recursos Humanos y el Informe Nº 0177 -2026-MTC/11.01.01 del Equipo de Organización y Registro de la Oficina de Administración de Recursos Humanos, a través de los cuales se brinda la opinión favorable correspondiente a la propuesta de modificación del referido Manual de Clasificador de Cargos;
Que, a través del Memorándum Nº 1619-2026-MTC/20.5 de fecha 22.05.2026, la Oficina de Recursos Humanos emite pronunciamiento sobre la modificación de tres (03) cargos estructurales como Empleado de Confianza (EC) correspondiente al Manual de Clasificador de Cargos (MCC) de PROVIAS NACIONAL, precisando lo siguiente: “Al respecto, se debe considerar lo señalado en el subnumeral 6.1.10 de la Directiva en mención, que señala: “(…) Las modificaciones que se den en el MCC, motivadas por la inclusión o eliminación de cargos estructurales, y/o el aseguramiento del cumplimiento de lo señalado en los numerales 6.1.4, 6.1.6 y 6.1.11 de la presente directiva, se aprueban y publican siguiendo las reglas dispuestas en los numerales 6.1.7, 6.1.8 y 6.1.9 de la presente directiva”. Asimismo, de detalla los subnumerales 6.1.7 y 6.1.8, respecto al proceso de aprobación mediante resolutivo del titular de la entidad (…). En ese sentido, se adjunta al presente la opinión favorable de la OPP, mediante documento de la referencia p), así como la opinión técnica favorable de la Oficina General de Gestión de Recursos Humanos del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, mediantes los documentos de la referencia a), b) y c) para proceder a la aprobación por parte de la Dirección Ejecutiva. Por lo expuesto, se requiere que su despacho elabore el proyecto de resolución directoral en base a la opinión favorable del pliego MTC, y los sustentos presentados en merito a la Directiva Nº 006- 2021-SERVIR-GDSRH, para continuar con la aprobación de la modificación de 03 cargos estructurales como Empleado de Confianza (EC) del Manual de Clasificador de Cargos – MCC vigente: (i) Jefe/a de Logística, (ii) Jefe/a de Tesorería y (iii) Jefe/a de Gestión Documental y Atención al Ciudadano, a fin de continuar los procedimientos en cumplimiento de las pautas generales contenidas en el numeral 6.1 de la Directiva Nº 006-2021-SERVIR-GDSRH, y posteriormente el inicio del reordenamiento en el CAP Provisional de nuestra entidad, según corresponda (…)”;
Que, el artículo 6 de la Ley Nº 30057, Ley del Servicio Civil, señala que las Oficinas de Recursos Humanos de las entidades públicas, o las que hagan sus veces, constituyen el nivel descentralizado responsable de la gestión de recursos humanos, sujetándose a las disposiciones que emita el ente rector, teniendo entre sus funciones, ejecutar e implementar las disposiciones, lineamientos, instrumentos o herramientas de gestión establecidas por SERVIR y por la entidad; supervisar, desarrollar y aplicar iniciativas de mejora continua en los procesos que conforman el Sistema de Gestión de Recursos Humanos; así como gestionar los perfiles de puestos;
Que, la Ley Nº 31419, Ley que establece disposiciones para garantizar la idoneidad en el acceso y ejercicio de la función pública de funcionarios y directivos de libre designación y remoción, señala los requisitos mínimos y los impedimentos para el acceso a los cargos de funcionarios y directivos públicos de libre designación y remoción, con el fin de garantizar la idoneidad en el acceso y ejercicio de su función; asimismo, establece en su Segunda Disposición Complementaria Final que las entidades públicas, cuando corresponda, formulan o adecúan, de manera gradual, sus instrumentos de gestión en el marco del Sistema Administrativo de Gestión de Recursos Humanos, conforme a lo dispuesto en la citada Ley, debiendo culminar la implementación integral de estas disposiciones en un plazo no mayor de ciento ochenta días calendario contado a partir de la publicación de su reglamento;
Que, así, la Cuarta Disposición Complementaria Final del Reglamento de la Ley Nº 31419, aprobado por el Decreto Supremo Nº 053-2022-PCM, modificada por Decreto Supremo Nº 127-2024-PCM, dispone que para el cumplimiento de la Segunda Disposición Complementaria Final, cuando corresponda, las entidades actualizan o modifican sus instrumentos de gestión de recursos humanos, en el marco de los lineamientos aprobados por SERVIR para la elaboración, aprobación, actualización y modificación del Cuadro de Asignación de Personal Provisional o el Cuadro de Puestos de la Entidad y el Manual de Clasificador de Cargos o el Manual de Perfiles de Puestos, según corresponda;
Que, a través del Decreto Supremo Nº 145-2025-PCM, de fecha 23.12.2025, se aprueba la modificación del Reglamento de la Ley Nº 31419, Ley que establece disposiciones para garantizar la idoneidad en el acceso y ejercicio de la función pública de funcionarios y directivos de libre designación y remoción, y otras disposiciones, aprobado mediante el Decreto Supremo Nº 053-2022-PCM, con la finalidad de adecuarlo a las modificaciones dispuestas por la Ley Nº 32507, que especifica la Primera Disposición Complementaria del Decreto Supremo Nº 145-2025-PCM, la misma que señala: “(…) Aplicación de las normas modificatorias .- A partir de la entrada en vigencia del presente Decreto Supremo, las designaciones se efectúan conforme a lo establecido en la Ley Nº 31419, modificada por la Ley Nº 32507, el Reglamento de la Ley Nº 31419 aprobado por Decreto Supremo Nº 053-2022-PCM y las normas contenidas en el presente Decreto Supremo. Las Designaciones efectuadas con anterioridad conservan su validez, acorde al marco normativo vigente al momento de sus emisiones”;
Que, con Resolución de Presidencia Ejecutiva Nº 000150-2021-SERVIR-PE, se formalizó el Acuerdo de Consejo Directivo mediante el cual se aprobó la Directiva Nº 006-2021-SERVIR-GDSRH, “Elaboración del Manual de Clasificador de Cargos y del Cuadro para Asignación de Personal Provisional”, en adelante, la Directiva, cuyo literal c) del numeral 5.1 definió al Manual de Clasificador de Cargos como el documento de gestión institucional en el que se describen, de manera ordenada, todos los cargos de la entidad, estableciendo su denominación, clasificación, funciones y requisitos mínimos para el ejercicio de las funciones y cumplimiento de objetivos de la entidad;
Que, por otro lado, el numeral 5.2.3 de la Directiva precisa que la Oficina de Recursos Humanos o la que haga las veces, tiene como responsabilidad, entre otros, elaborar la propuesta de MCC y/o de sus modificaciones, de corresponder, así como el informe técnico que lo sustente; asimismo, el numeral 5.2.4 de la Directiva, prescribe que la Oficina de Planeamiento y Presupuesto o la que haga las veces, tiene como responsabilidad emitir opinión sobre las propuestas del MCC en lo referido al alineamiento de cargos con los órganos y las unidades orgánicas del Reglamento de Organización y Funciones o Manual de Operaciones vigente, según corresponda;
Que, por su parte, el numeral 5.3.2 de la referida Directiva, dispone que la entidad debe contar con un MCC vigente, elaborado en atención a la clasificación dispuesta en la Ley Nº 28175, Ley Marco del Empleo Público, a las disposiciones establecidas por los entes rectores de sistemas funcionales a cargo de la regulación de los regímenes de carreras especiales, y a los lineamientos contenidos en dicha directiva;
Que, de acuerdo con el numeral 6.1.10 de la Directiva, las modificaciones que se den en el MCC, motivadas por la inclusión o eliminación de cargos estructurales, y/o el aseguramiento del cumplimiento de lo señalado en los numerales 6.1.4, 6.1.6 y 6.1.11 de dicho dispositivo, se aprueban y publican siguiendo las reglas dispuestas en sus numerales 6.1.7, 6.1.8 y 6.1.9 de la citada Directiva;
Que, el numeral 6.1.7 de la Directiva, señala que: “La ORH o la que haga las veces debe elevar la propuesta de MCC al(la) titular de la entidad, previa opinión favorable de la OPP o la que haga las veces, en lo concerniente al ámbito de su competencia. De obtener la validación, el(la) titular de la entidad aprueba el MCC y gestiona la publicación de la resolución en el Diario Oficial El Peruano, en el Portal del Estado Peruano, en el Portal Institucional, en el Portal de Transparencia, y/o en el diario encargado de las publicaciones judiciales de la jurisdicción, o en otro medio que asegure de manera ineludible su publicidad; dependiendo del nivel de gobierno de la entidad”;
Que, asimismo, el numeral 6.1.8 de la Directiva, indica que: “la entidad, en caso de constituir una entidad Tipo B, previo a la aprobación del MCC por parte del(la) titular, debe remitir su propuesta al(la) titular de la entidad Tipo A, a la que se encuentra adscrita. La entidad Tipo A, a través de su ORH, o la que haga las veces, debe evaluar la propuesta según los lineamientos dispuestos en la presente directiva y en atención a su propio MCC. De darse opinión técnica favorable, dicha aprobación debe ser comunicada por la ORH o la que haga las veces de la entidad Tipo A, a la ORH o la que haga las veces de la entidad Tipo B mediante oficio, para que gestione su aprobación, mediante los documentos que correspondan, según cuadro dispuesto en el numeral 6.3.1.8 de la presente directiva, y posterior publicación en el Diario Oficial El Peruano, en el Portal del Estado Peruano, en el Portal Institucional, y/o en el diario encargado de las publicaciones judiciales de la jurisdicción, o en otro medio que asegure de manera ineludible su publicidad; dependiendo del nivel de gobierno de la entidad”;
Que, el numeral 6.1.9 de la Directiva, establece que: “La entidad pública, en su portal de transparencia publica el MCC aprobado y el dispositivo legal mediante el que se formaliza la aprobación. La publicación debe darse en la misma fecha en que se publica la citada norma en el Diario Oficial El Peruano, o en el diario encargado de las publicaciones judiciales de la competencia o del territorio, de corresponder”;
Que, el literal c) del artículo 22 del Manual de Operaciones de PROVIAS NACIONAL, aprobado con Resolución Ministerial Nº 0828-2020-MTC/01.02 y modificado con Resolución Ministerial Nº 731 2023-MTC/01, en adelante el Manual de Operaciones, establece que la Oficina de Recursos Humanos tiene la función de proponer y actualizar los instrumentos de gestión correspondientes al sistema administrativo de gestión de recursos humanos;
Que, el literal m) del artículo 17 del Manual de Operaciones, señala que es función de la Oficina de Planeamiento y Presupuesto, conducir el proceso de formulación, evaluación y actualización de los documentos de gestión institucional, directivas e instructivos;
Que, el artículo 7 del Manual de Operaciones, establece que la Dirección Ejecutiva es el máximo órgano de decisión de la Entidad, y responsable de su dirección y administración general, la misma que se encuentra a cargo de un Director Ejecutivo quien ejerce su representación y titularidad;
Que, el literal c) del artículo 8 del Manual de Operaciones, señala que es función de la Dirección Ejecutiva la de dirigir y supervisar el cumplimiento de los objetivos y metas de PROVIAS Nacional, y aprobar los documentos de gestión que correspondan;
Que, la Oficina de Asesoría Jurídica a través del Informe Nº 597-2026-MTC/20.3 del 27.05.2026, concluye que: “En base a lo determinado por la Oficina de Recursos Humanos y la Oficina de Planeamiento y Presupuesto, ambos de PROVIAS NACIONAL, y la opinión favorable de la Oficina General de Recursos Humanos del Ministerio de Transportes y Comunicaciones; esta Oficina considera procedente legalmente, la modificación al Manual de Clasificador de Cargos del Proyecto Especial de Infraestructura de Transporte Nacional – PROVIAS NACIONAL, aprobado con Resolución Directoral Nº 1616-2022-MTC/20 del 04.11.2022, y modificado por las Resoluciones Directorales Nros. 1057-2023-MTC/20 de fecha 05.09.2023 y 1157-2023-MTC/20 de fecha 22.09.2023”;
Con la conformidad y visado de las Oficinas de Recursos Humanos y de Planeamiento y Presupuesto, y visado de la Oficina de Asesoría Jurídica de PROVIAS NACIONAL, en lo que corresponde a sus competencias;
De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Supremo Nº 033-2002-MTC, modificado por los Decretos Supremos Nros. 021-2018-MTC y Nº 014-2019-MTC; la Resolución de Presidencia Ejecutiva Nº 000150-2021-SERVIR-PE; la Resolución Ministerial Nº 0828-2020-MTC/01.02 modificada con Resolución Ministerial Nº 731-2023-MTC/01; la Resolución Ministerial Nº 235-2026-MTC/01, y,
SE RESUELVE:
Artículo 1.- APROBAR la modificación de tres (03) cargos estructurales como Empleado de Confianza (EC), correspondientes a (i) Jefe/a de Logística, (ii) Jefe/a de Tesorería y (iii) Jefe/a de Gestión Documental y Atención al Ciudadano, contenidos en la última modificación del Manual de Clasificador de Cargos – MCC, aprobado mediante Resolución Directoral Nº 1157-2023-MTC/20, conforme a la normativa vigente, el que, como Anexo 1: Fichas de Cargo Estructural del MCC, forma parte integrante de la presente Resolución, la cual consta de 03 perfiles modificados a través de las fichas de cargo estructural, que se encuentran en el actual Manual de Clasificador de Cargos, conforme a los fundamentos expuestos en la presente Resolución.
Artículo 2.- Las Unidades Funcionales deberán indicar los requisitos específicos detallados para la contratación del personal a su cargo al momento de efectuar el requerimiento de dicha contratación, la cual complementará los requisitos mínimos establecidos en el Anexo 1: Fichas de Cargo Estructural del MCC, que forma parte integrante de la presente Resolución.
Artículo 3.- Dejar sin efecto, las fichas de cargo estructural contenidas en la Resolución Directoral Nº 1157-2023-MTC/20, del 22.09.2023, que han sido modificadas y/o eliminadas, según Anexo 2: Cuadro Resumen de Cargos Estructurales, adjunto al presente, conforme a los sustentos señalados en la parte considerativa de la presente Resolución.
Artículo 4.- DISPONER la publicación de la presente Resolución en el Diario Oficial “El Peruano”, así como la publicación de la Resolución y de la modificación y/o actualización de la 1era sección priorizada del Manual del Clasificador de Cargos, actualizado en la Plataforma Digital Única del Estado Peruano (www.gob.pe), y en el Portal Institucional y de Transparencia del Proyecto Especial de Infraestructura de Transporte Nacional - PROVIAS NACIONAL (www.gob.pe/pvn).
Regístrese, comuníquese y publíquese.
JORGE CAMPOS VALLE
Director Ejecutivo (e)
PROVIAS NACIONAL
2523009-1