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SERVIR aprueba el Cuadro de Puestos de SUNAFIL e inicia tránsito al Servicio Civil

RESOLUCIÓN N° 000085-2026-SERVIR-PE · AUTORIDAD NACIONAL DEL SERVICIO CIVIL · El Peruano · 6 de junio de 2026

Formalizan acuerdo del Consejo Directivo de la Autoridad Nacional del Servicio Civil – SERVIR mediante el cual se aprueba el Cuadro de Puestos de la Entidad de la Superintendencia Nacional de Fiscalización Laboral – SUNAFIL

Resumen

Aprueba la estructura de puestos de la Superintendencia Nacional de Fiscalización Laboral y declara el inicio de su transición al régimen del Servicio Civil conforme a la Directiva N° 002-2024-SERVIR-GDSRH. Rige desde su publicación en El Peruano.

A quién impacta

SUNAFIL debe publicar el Cuadro de Puestos aprobado en su sede digital e iniciar la Fase 2 de tránsito al régimen del Servicio Civil conforme a los plazos establecidos en la Directiva sectorial.

Fuente oficial: texto completo en El Peruano

Texto oficial completo

Texto extraído de la publicación oficial en El Peruano. El documento original es la única versión con valor legal.

Lima, 3 de junio de 2026
VISTOS: La propuesta presentada mediante Oficio N° 509-2024-SUNAFIL/GG por la Superintendencia Nacional de Fiscalización Laboral - SUNAFIL; el Oficio N° 4754-2025-EF/13.01 de la Secretaría General del Ministerio de Economía y Finanzas; el Informe N° 000253-2026-SERVIR-GDSRH de la Gerencia de Desarrollo del Sistema de Recursos Humanos; el Memorando N° 000157-2026-SERVIR-GG de la Gerencia General; el Informe Legal N° 000199-2026-SERVIR-GG-OAJ y Hoja Informativa N° 000095-2026-SERVIR-GG-OAJ de la Oficina de Asesoría Jurídica y;
CONSIDERANDO:
Que, mediante Decreto Legislativo N° 1023, se crea la Autoridad Nacional del Servicio Civil - SERVIR, como organismo técnico especializado, rector del Sistema Administrativo de Gestión de Recursos Humanos del Estado, con el fin de contribuir a la mejora continua de la administración del Estado a través del fortalecimiento del servicio civil;
Que, la Ley N° 30057, Ley del Servicio Civil, establece un régimen único y exclusivo para las personas que prestan servicios en las entidades públicas del Estado, así como para aquellas personas que están encargadas de su gestión, del ejercicio de sus potestades y de la prestación de servicios a cargo de estas; teniendo por finalidad que las entidades públicas del Estado alcancen mayores niveles de eficacia y eficiencia, y presten efectivamente servicios de calidad a través de un mejor servicio civil, así como promover el desarrollo de las personas que lo integran;
Que, la Cuarta Disposición Complementaria Final de la Ley N° 30057, crea el Cuadro de Puestos de la Entidad - CPE como un instrumento de gestión que reemplaza al Cuadro de Asignación de Personal - CAP y al Presupuesto Analítico de Personal - PAP, precisando que el CPE de cada entidad se aprueba mediante resolución del Consejo Directivo de SERVIR, con opinión favorable de la Dirección General de Presupuesto Público y de la Dirección General de Gestión Fiscal de los Recursos Humanos del Ministerio de Economía y Finanzas - MEF;
Que, el artículo 128 del Reglamento General de la acotada Ley N° 30057, aprobado por Decreto Supremo N° 040-2014-PCM, precisa que el CPE es el instrumento de gestión en donde las entidades establecen los puestos, la valorización de los mismos y el presupuesto asignado a cada uno de ellos, incluidos los puestos vacantes presupuestados, entre otra información. Asimismo, establece que en la aprobación del CPE, SERVIR es responsable de dar la conformidad sobre los aspectos relacionados al número de puestos y posiciones de cada entidad y sus modificaciones; y, el MEF es responsable de validar la asignación presupuestal para los puestos aprobados;
Que, mediante Resolución de Presidencia Ejecutiva N° 000017-2024-SERVIR-PE, se formaliza el acuerdo del Consejo Directivo de SERVIR, adoptado en la Sesión N° 002-2024-CD, mediante el cual se aprueba la Directiva N° 002-2024-SERVIR-GDSRH, “Diseño y estructura de puestos y posiciones para la elaboración, aprobación, administración y modificación del Cuadro de Puestos de la Entidad”, cuyo objetivo es establecer los criterios técnicos para el diseño y estructura de puestos y posiciones, así como la metodología y procedimientos necesarios para la elaboración, aprobación, administración y modificación del CPE, en el marco del proceso de tránsito al régimen de la Ley N° 30057, que las entidades públicas tienen que seguir para implementar el citado régimen laboral;
Que, el numeral 25.6 del artículo 25 de la Directiva N° 002-2024-SERVIR-GDSRH, establece que la propuesta de CPE con el informe de opinión favorable del MEF conlleva a que la Gerencia de Desarrollo del Sistema de Recursos Humanos de SERVIR compendie y sistematice los informes sustentatorios, la propuesta del CPE y los informes de opinión favorable de SERVIR y el MEF, constituyéndose el expediente del CPE de la entidad, el cual, debe ser remitido al Consejo Directivo de SERVIR para su evaluación final y aprobación, de corresponder; y, debe incluir la resolución con la que se aprueba el Manual de Perfiles de Puestos - MPP que contenga, como mínimo, los puestos de funcionarios públicos y servidores de confianza;
Que, asimismo, el numeral 25.8 de la Directiva N° 002-2024-SERVIR-GDSRH, entre otros, señala que, la propuesta de CPE aprobada por el Consejo Directivo de SERVIR, se formaliza mediante Resolución de Presidencia Ejecutiva en la cual también se declara iniciado el proceso de tránsito de la entidad al régimen del servicio civil; precisando además que dicha Resolución se publica en el Diario Oficial El Peruano;
Que, mediante Oficio N° 509-2024-SUNAFIL/GG, la Superintendencia Nacional de Fiscalización Laboral - SUNAFIL remite a SERVIR la propuesta de CPE de dicha entidad para su aprobación; así como, los documentos que sustentan la misma;
Que, mediante Oficio N° 4754-2025-EF/13.01, la Secretaria General del MEF remite el Memorando N° 3143-2025-EF/50.06 de la Dirección General de Presupuesto Público que adjunta el Informe N° 0976-2025-EF/50.06 de la Dirección de Presupuesto Temático y el Memorando N° 3925-2025-EF/53.04 de la Dirección General de Gestión Fiscal de los Recursos Humanos que adjunta el Informe N° 3703-2025-EF/53.04 de la Dirección de Gestión de Personal Activo, mediante los cuales, en el ámbito de sus competencias, el MEF emite opinión favorable a la propuesta de CPE de la Superintendencia Nacional de Fiscalización Laboral - SUNAFIL;
Que, a través del Informe N° 000253-2026-SERVIR-GDSRH, la Gerencia de Desarrollo del Sistema de Recursos Humanos, encargada de la implementación y supervisión de las políticas y normas del Sistema Administrativo de Gestión de Recursos Humanos, eleva el expediente del CPE presentado por SUNAFIL, precisando que se ha cumplido con compendiar y sistematizar la versión final de la propuesta del CPE y los informes de opinión favorable de SERVIR y del MEF; recomienda, a su vez, que de contar con la aprobación de la propuesta de CPE de SUNAFIL, se declare el inicio del proceso de tránsito al régimen del Servicio Civil, a través del desarrollo de la Fase 2: Tránsito de los servidores civiles al régimen del Servicio Civil;
Que, con Informe Legal N° 000199-2026-SERVIR-GG-OAJ, la Oficina de Asesoría Jurídica señala que la Gerencia de Desarrollo del Sistema de Recursos Humanos ha cumplido con realizar el compendio y sistematización del expediente del CPE de la Superintendencia Nacional de Fiscalización Laboral - SUNAFIL, por lo que opina que es legalmente viable continuar con el procedimiento de aprobación ante el Consejo Directivo de SERVIR, en cuyo caso, corresponderá que se declare el inicio del proceso de tránsito al régimen del servicio civil, conforme a lo dispuesto en el numeral 25.8 del artículo 25 de la Directiva N° 002-2024-SERVIR-GDSRH;
Que, por medio del Memorando N° 000157-2026-SERVIR-GG, el Gerente General, en su calidad de Secretario del Consejo Directivo de SERVIR, comunica que en la Sesión N° 14-2026-CD, el mencionado Consejo Directivo aprobó el CPE de la Superintendencia Nacional de Fiscalización Laboral - SUNAFIL;
Que, mediante Hoja Informativa N° 000095-2026-SERVIR-GG-OAJ, la Oficina de Asesoría Jurídica señala que resulta legalmente viable emitir la Resolución de Presidencia Ejecutiva que formaliza la aprobación del CPE de la Superintendencia Nacional de Fiscalización Laboral - SUNAFIL;
Con el visado de la Gerencia General, de la Gerencia de Desarrollo del Sistema de Recursos Humanos y de la Oficina de Asesoría Jurídica;
De conformidad con lo establecido en el Decreto Legislativo N° 1023, Decreto Legislativo que crea la Autoridad Nacional del Servicio Civil, rectora del Sistema Administrativo de Gestión de Recursos Humanos, y modificatorias; la Ley N° 30057, Ley del Servicio Civil; el Reglamento General de la Ley N° 30057, aprobado por Decreto Supremo N° 040-2014-PCM; el Reglamento de Organización y Funciones de SERVIR, aprobado por Decreto Supremo N° 062-2008-PCM; y, la Directiva N° 002-2024-SERVIR-GDSRH, “Diseño y estructura de puestos y posiciones para la elaboración, aprobación, administración y modificación del Cuadro de Puestos de la Entidad”, cuya aprobación fue formalizada por Resolución de Presidencia Ejecutiva N° 000017-2024-SERVIR-PE;
SE RESUELVE:
Artículo 1.- Formalizar el acuerdo del Consejo Directivo de la Autoridad Nacional del Servicio Civil - SERVIR, adoptado en la Sesión N° 14-2026-CD, mediante el cual se aprueba el Cuadro de Puestos de la Entidad de la Superintendencia Nacional de Fiscalización Laboral - SUNAFIL que, como Anexo, forma parte integrante de la presente Resolución de Presidencia Ejecutiva.
Artículo 2.- Declarar iniciado el proceso de tránsito al régimen del servicio civil de la Superintendencia Nacional de Fiscalización Laboral - SUNAFIL, de conformidad con el numeral 25.8 del artículo 25 de la Directiva N° 002-2024-SERVIR-GDSRH, “Diseño y estructura de puestos y posiciones para la elaboración, aprobación, administración y modificación del Cuadro de Puestos de la Entidad”, cuya aprobación fue formalizada mediante Resolución de Presidencia Ejecutiva N° 017-2024-SERVIR-PE.
Artículo 3.- Disponer la publicación de la presente Resolución de Presidencia Ejecutiva y su Anexo, en la sede digital de la Autoridad Nacional del Servicio Civil - SERVIR (www.gob.pe/servir), en la misma fecha de la publicación de la citada resolución en el diario oficial El Peruano.
Artículo 4.- De conformidad con el artículo 136 del Reglamento General de la Ley N° 30057, Ley del Servicio Civil, aprobado por Decreto Supremo N° 040-2014-PCM, la Superintendencia Nacional de Fiscalización Laboral - SUNAFIL debe publicar en su sede digital la presente Resolución de Presidencia Ejecutiva y Anexo.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
JOSE ANGEL VALDIVIA MORON
Presidente Ejecutivo (i)
Consejo Directivo
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