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ITP agrega nueve servicios tecnológicos al tarifario del CITEmadera y del Mueble

RESOLUCIÓN N° 000096-2026-ITP/DE · INSTITUTO TECNOLÓGICO DE LA PRODUCCIÓN · El Peruano · 29 de mayo de 2026

Modifican el “Tarifario de Servicios Tecnológicos del Centro de Innovación Productiva y Transferencia Tecnológica de la Madera y del Mueble – CITEmadera y del Mueble”

Resumen

Se incorporan nueve servicios tecnológicos nuevos y se modifican cuatro notas del tarifario vigente. El tarifario pasa de 140 a 149 servicios tecnológicos. Rige desde el 29 de mayo de 2026.

A quién impacta

Usuarios del CITEmadera y del Mueble: consultar el tarifario modificado publicado en https://www.gob.pe/itp para identificar servicios nuevos y sus valores aplicables desde la vigencia.

Fuente oficial: texto completo en El Peruano

Texto oficial completo

Texto extraído de la publicación oficial en El Peruano. El documento original es la única versión con valor legal.

San Isidro, 27 de mayo del 2026
VISTOS:
El Memorando N° 1600-2025-ITP/CITEMADERAYDELMUEBLE y el Memorando N° 0585-2026-ITP/CITEMADERAYDELMUEBLE, del Centro de Innovación Productiva y Transferencia Tecnológica de la Madera y del Mueble - CITEmadera y del Mueble” (en adelante, CITEmadera y del mueble ); el Memorando N° 1063-2025-ITP/DEDFO de la Dirección de Gestión de Intervenciones Estratégicas para la Red CITE (antes DEDFO, en adelante DGIE); el Memorando N° 0624-2026-ITP/OA y el Memorando N° 0634-2026-ITP/OA de la Oficina de Administración (en adelante, OA); el Memorando N° 0470-2026-ITP/OGRH de la Oficina de Gestión de Recursos Humanos (en adelante, OGRH); el Memorando Múltiple N° 0092-2026-ITP/OPPM y el Memorando N° 3566-2026-ITP/OPPM, de la Oficina de Planeamiento, Presupuesto y Modernización (en adelante, OPPM); el Informe N° 231-2026-ITP/OAJ de la Oficina de Asesoría Jurídica (en adelante, OAJ); y,
CONSIDERANDO:
Que, el artículo 5 del Decreto Legislativo N° 1228, Decreto Legislativo de Centros de Innovación Productiva y Transferencia Tecnológica - CITE, establece que los CITE públicos del Sector Producción son órganos desconcentrados del Instituto Tecnológico de la Producción (en adelante ITP);
Que, de acuerdo con lo establecido en el numeral 45.3 del artículo 45 del Decreto de Urgencia N° 013-2020, que Promueve el Financiamiento de la MIPYME, Emprendimientos y Startups, el financiamiento de los servicios que brinda el ITP, en el marco de lo establecido en el Decreto Legislativo N° 1228 y sus normas reglamentarias y complementarias, se realiza a través de recursos ordinarios y tarifas, siendo que estas últimas son fijadas de acuerdo con la metodología que apruebe el ITP, la cual podrá establecer esquemas promocionales, según criterios objetivos, y se aprueban por Resolución del Director Ejecutivo del ITP;
Que, mediante Resolución Ejecutiva N° 000154-2025-ITP/DE, publicada en el Diario Oficial El Peruano el 6 de noviembre de 2025, se aprobó la “Directiva de determinación de tarifas basada en costos del Instituto Tecnológico de la Producción - ITP - DIR N° 004-2025-ITP/DE que deroga la Directiva Versión N° 01 de la Directiva N° 001-2021-ITP/DE aprobada por el artículo 2 de la Resolución Ejecutiva N° 042-2021-ITP/DE, y se precisa en su numeral 9.2 que los trámites de gestión del Catálogo de Servicios (CDS) y de tarifarios iniciados antes de la vigencia de dicha Directiva, se rigen bajo la Directiva N° 001-2021-ITP/DE, por lo que, al haber iniciado el CITEmadera y del mueble su solicitud del CDS el 17 de enero de 2025, le resulta aplicable ésta última;
Que, mediante Resolución Suprema N° 150-2000-ITINCI, se creó el Proyecto “Centro de Innovación Tecnológica de la Madera - CITEmadera”. Posteriormente, mediante Resolución Ministerial N° 038-2019-PRODUCE se modificó su denominación al de “Centro de Innovación Productiva y Transferencia Tecnológica de la Madera - CITEmadera”. De igual forma, mediante Resolución de Consejo Directivo N° 0009-2024-ITP/PCD, de fecha 4 de diciembre de 2024, se modificó la denominación del “Centro de Innovación Productiva y Transferencia Tecnológica de la Madera - CITEmadera” al de “Centro de Innovación Productiva y Transferencia Tecnológica de la Madera y del Mueble - CITEmadera y del Mueble”; así también, mediante Resolución Ejecutiva N° 000178-2023-ITP/DE, de fecha 3 de noviembre de 2023, y modificatoria, se aprobó su Tarifario de Servicios Tecnológicos conformado a la fecha por ciento cuarenta (140) servicios tecnológicos y cuatro (4) actividades de comercialización, consignados en el Anexo correspondiente;
Que, con el Memorando N° 1600-2025-ITP/CITEMADERAYDELMUEBLE, sustentado en el Informe Técnico N° 0008-2025-ITP/COADM-CITEMADERAYDELMUEBLE, ambos de fecha 11 de diciembre de 2025, el CITEmadera y del mueble remitió a la DGIE su propuesta de inclusión de nueve (9) nuevos servicios tecnológicos al Tarifario de Servicios Tecnológicos vigente; la cual cuenta con opinión favorable de la DGIE, conforme lo señalado en el Memorando N° 1063-2025-ITP/DEDFO, de fecha 18 de diciembre de 2025, sustentado en el Informe N° 0038-2025-ITP/JMR-DEDFO, de fecha 17 de diciembre de 2025;
Que, con Memorando N° 0585-2026-ITP/CITEMADERAYDELMUEBLE, sustentado en el Informe Técnico N° 0006-2026-ITP/COADM-CITEMADERAYDELMUEBLE, ambos de fecha de fecha 20 de abril de 2026, el CITEmadera y del Mueble remitió el CDS validado y las estructuras de costos enmarcadas en la metodología e incluidas en el Módulo del Sistema de Gestión de Tarifarios - SISTAR; y, asimismo, con Memorando N° 0624-2026-ITP/OA, de fecha 29 de abril de 2026, sustentado en el Informe N° 0711-2026-ITP/UA, de fecha 28 de abril de 2026, con Memorando N° 0634-2026-ITP/OA, de fecha 4 de mayo de 2026, sustentado en el Informe N° 0756-2026-ITP/UA y el Informe N° 0089-2026-ITP/UA-CP, ambos de fecha 30 de abril de 2026; el Memorando N° 0470-2026-ITP/OGRH, de fecha 8 de mayo de 2026, y el Memorando N° 3566-2026-ITP/OPPM, de fecha 15 de mayo de 2026, sustentado en el Informe Técnico N° 0065-2026-ITP/OPPM-UFM, de fecha 14 de mayo de 2025; la OA, la OGRH y la OPPM respectivamente, validan la propuesta remitida;
Que, mediante Informe N° 231-2026-ITP/OAJ, la OAJ opinó que corresponde la modificación del tarifario vigente del CITEmadera y del mueble, a fin de incluir nueve (9) nuevos servicios tecnológicos, manteniéndose ciento cuarenta (140) servicios tecnológicos aprobados y cuatro (4) actividades de comercialización, así como modificar las Notas N° 2, 3, 4 y 5 sustentadas por la OPPM; en ese sentido, señaló que el Tarifario estará compuesto por ciento cuarenta y nueve (149) servicios tecnológicos y cuatro (4) actividades de comercialización, con sus respectivas Notas, a ser prestados por el mencionado CITE;
Con los vistos de la Gerencia General, de la Oficina de Asesoría Jurídica, de la Oficina de Planeamiento, Presupuesto y Modernización, y de la Dirección de Gestión de Intervenciones Estratégicas para la Red CITE, en lo que corresponde a sus competencias;
De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Legislativo N° 92, modificado por el Decreto Legislativo N° 1451 que crea el Instituto Tecnológico de la Producción (ITP); el Decreto Legislativo N° 1228, Decreto Legislativo de Centros de Innovación Productiva y Transferencia Tecnológica - CITE; Decreto de Urgencia N° 013-2020, que promueve el financiamiento de la MIPYME, Emprendimientos y Startups; el Decreto Supremo N° 004-2016-PRODUCE, que aprueba el Reglamento del Decreto Legislativo de Centros de Innovación Productiva y Transferencia Tecnológica - CITE y modificatoria; Resolución Ejecutiva N° 0038-2026-ITP, que aprueba el Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones del Instituto Tecnológico de la Producción (ITP);
SE RESUELVE:
Artículo 1.- Modificar el “Tarifario de Servicios Tecnológicos del Centro de Innovación Productiva y Transferencia Tecnológica de la Madera y del Mueble - CITEmadera y del Mueble”, aprobado mediante Resolución Ejecutiva N° 0178-2023-ITP/DE, y su modificatoria, a fin de incluir nueve (9) nuevos servicios tecnológicos y modificar las Notas N° 2, 3, 4 y 5, quedando este conformado por ciento cuarenta y nueve (149) servicios tecnológicos y cuatro (4) actividades de comercialización, así como por sus respectivas Notas, detallados en el Anexo que forma parte integrante de la presente Resolución.
Artículo 2.- Disponer que la Oficina de Tecnologías de la Información, en aplicación del artículo 1 de la presente Resolución y en coordinación con los órganos correspondientes, realice las acciones para la actualización del Sistema de Servicios de Innovación Productiva del ITP - SSIPRO para la aplicación de los esquemas promocionales a los servicios tecnológicos conforme a la versión 3 de la Directiva N° 002-2021-ITP/DE, así como en el módulo de sistema de gestión de tarifarios del SSIPRO, según corresponda.
Artículo 3.- Disponer la publicación de la presente Resolución y su Anexo en la sede digital del Instituto Tecnológico de la Producción (https://www.gob.pe/itp), en la misma fecha de publicación de la presente Resolución en el Diario Oficial El Peruano.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
KITTY ELISA TRINIDAD GUERRERO
Directora Ejecutiva
Instituto Tecnológico de la Producción
2519706-1

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