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Poder Judicial transfiere S/ 90 780.00 a la Contraloría para control concurrente

RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA N° 000132-2026-P-PJ · CORTE SUPREMA DE JUSTICIA · El Peruano · 2 de junio de 2026

Autorizan Transferencia Financiera a favor de la Contraloría General de la República

Resumen

Autoriza transferencia de fondos del presupuesto 2026 del Poder Judicial hacia la Contraloría General de la República, destinados exclusivamente a financiar componentes de control concurrente en tres proyectos de inversión identificados. Rige desde su publicación en El Peruano.

A quién impacta

Contraloría General de la República: recibir transferencia y comunicar su realización a la Presidencia del Poder Judicial dentro del plazo establecido en la Directiva N° 003-2025-CG/GMPL, numeral 7.3.

Fuente oficial: texto completo en El Peruano

Texto oficial completo

Texto extraído de la publicación oficial en El Peruano. El documento original es la única versión con valor legal.

Lima, 1 de junio del 2026
VISTOS:
El Memorando N° 00703-2026-GMPP-GG-PJ, de la Gerencia de Modernización, Planeamiento y Presupuesto, que contiene el Informe N° 000320-SPP-GMPP-GG-PJ de la Subgerencia de Planes y Presupuesto en su calidad de Oficina de Presupuesto del Pliego, en relación a la propuesta de transferencia financiera a favor de la Contraloría General de la República y; el Informe N° 000563-2026-GAJ-GG-PJ de la Gerencia de Asesoría Jurídica de la Gerencia General, y;
CONSIDERANDO:
Primero.- Que, mediante Oficio N° 000065-2025-CG/SGE, la Secretaría General de la Contraloría General de la República solicita efectuar la transferencia financiera a favor del Pliego 019: Contraloría General de la República, conforme a los alcances del artículo 4 de la Ley N° 31358 - Ley que establece medidas para la expansión del control concurrente; asimismo, señala que, una vez efectuada dicha transferencia, deberá comunicarse a dicha Entidad Fiscalizadora Superior (EFS), dentro del plazo establecido en el numeral 7.3 de la Directiva N° 003-2025-CG/GMPL;
Segundo.- Que, a través del Memorando Múltiple N° 000006-2026-GGI-GG-PJ y Memorando N° 000123-2026-SPMI-GMPP-GG-PJ, la Gerencia de Gestión de Inversiones solicitó realizar modificaciones presupuestarias con la finalidad de habilitar los recursos para los componentes de control concurrente de los Proyectos de inversión con CUI Nros. 2135140 (S/ 38 030.00), 2403758 (S/ 14 720.00) y 2388844 (S/ 38 030.00), solicitados por la Contraloría General de la República;
Tercero.- Que, a través del Memorando N° 000123-2026-SPMI-GMPP-GG-PJ e Informe N° 000061-2026-SPMI-GMPP-GG-PJ, la Oficina de Programación Multianual de Inversiones (OPMI) comunicó que la modificación presupuestaria entre específicas de gasto de los Proyectos de Inversión con CUI N° 2135140 y CUI N° 2403758 se encuentra dentro del costo actualizado del componente que será habilitado (costo de control concurrente), asimismo, emitió opinión favorable a la modificación presupuestaria entre inversiones, en aplicación del artículo 11 de la Ley N° 32513 - Ley de Presupuesto para el Sector Público para el Año Fiscal 2026, a fin de que se reasigne la suma de S/ 38 030.00 del proyecto de inversión con CUI N° 2249823, para la transferencia solicitada por la Contraloría General de la República, en el marco de la Ley N° 31358, correspondiente al Proyecto de Inversión con CUI N° 2388844;
Cuarto.- Que, en virtud de lo antes expuesto, y en el marco de la Ley N° 31358, resulta pertinente aprobar la transferencia financiera por la suma de S/ 90 780.00 con cargo a la fuente de financiamiento Recursos Ordinarios, a favor del Pliego 019 Contraloría General;
Quinto.- Que, el artículo 4 de la Ley N° 31358 dispone que las entidades del Gobierno Nacional, entre otras comprendidas dentro de su ámbito de aplicación, quedan autorizadas a efectuar transferencias financieras a favor de la Contraloría General de la República, con cargo a su presupuesto institucional, destinadas exclusivamente al financiamiento de las acciones de control gubernamental a cargo de dicha entidad fiscalizadora superior; asimismo, establece que dicha transferencia financiera debe ser autorizada mediante resolución del Titular del Pliego, condición que, en el caso del Pliego 004: Poder Judicial, corresponde a la Presidencia del Poder Judicial.
Contando con los vistos de la Gerencia de Modernización, Planeamiento y Presupuesto, y de la Gerencia de Asesoría Jurídica; y de conformidad con lo establecido en el artículo 4 de la Ley N° 31358 y la Ley N° 32513;
SE RESUELVE:
Artículo 1.- Autorización de Transferencia Financiera
Autorizar la Transferencia Financiera del Pliego 004 Poder Judicial, con cargo al Presupuesto Institucional 2026, hasta por la suma de NOVENTA MIL SETECIENTOS OCHENTA Y 00/100 SOLES (S/ 90 780.00), a favor del Pliego 019 Contraloría General, para habilitar los recursos destinados a los componentes de control concurrente de tres (03) proyectos de inversión, de acuerdo al siguiente detalle:
PLIEGO : 004 PODER JUDICIAL
UNIDAD EJECUTORA : 001. GERENCIA GENERAL DEL PODER
JUDICIAL
CATEGORÍA PRESUPUESTARIA : 9002.ASIGNACIONES PRESUPUESTARIAS QUE NO RESULTAN EN PRODUCTOS
PROYECTO : 2135140.CONSTRUCCION E IMPLEMENTACION DE LA SEDE DE LA CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA LIMA SUR
FUENTE DE FINANCIAMIENTO : 1 RECURSOS ORDINARIOS
6. GASTOS DE CAPITAL
2.4 DONACIONES Y TRANSFERENCIAS 38 030
2.4.2.3.1.1 A OTRAS UNIDADES DEL GOBIERNO NACIONAL 38 030
PROYECTO : 2388844.MEJORAMIENTO DE LOS SERVICIOS DE ADMINISTRACION DE JUSTICIA DE LOS ORGANOS JURISDICCIONALES DE LAS ESPECIALIDADES PENAL Y LABORAL PARA LA NUEVA SEDE JUDICIAL DE LA CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE LIMA
FUENTE DE FINANCIAMIENTO : 1 RECURSOS ORDINARIOS
6. GASTOS DE CAPITAL
2.4 DONACIONES Y TRANSFERENCIAS 38 030
2.4.2.3.1.1 A OTRAS UNIDADES DEL GOBIERNO NACIONAL 38 030
PROYECTO : 2403758.MEJORAMIENTO DE LOS SERVICIOS DE ADMINISTRACION D JUSTICIA DE LA CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE VENTANILLA, DISTRITO JUDICIAL DE VENTANILLA URB. SATELITE - DISTRITO DE VENTANILLA - PROVINCIA DE CALLAO - REGION CALLAO
FUENTE DE FINANCIAMIENTO : 1 RECURSOS ORDINARIOS
6. GASTOS DE CAPITAL
2.4 DONACIONES Y TRANSFERENCIAS 14 720
2.4.2.3.1.1 A OTRAS UNIDADES DEL GOBIERNO NACIONAL 14 720
___________________
TOTAL PLIEGO 90 780
___________________
Artículo 2.- Limitaciones al uso de recursos
Los recursos de la Transferencia Financiera autorizada por el artículo 1° de la presente Resolución Administrativa no podrán ser destinados, bajo responsabilidad, a fines distintos para los cuales son transferidos.
Artículo 3.- Acciones Administrativas
Remitir copia de la presente resolución a la Gerencia de Administración y Finanzas, para que realice las acciones administrativas que correspondan.
Artículo 4.- Publicación
Disponer la publicación de la presente Resolución Administrativa de la Presidencia del Poder Judicial en el Diario Oficial El Peruano.
Regístrese, comuníquese y cúmplase.
JANET TELLO GILARDI
Presidenta del Poder Judicial
Presidencia del Poder Judicial
2521098-1

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