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Consejo Ejecutivo del Poder Judicial deroga tres resoluciones sobre metodología de procesos

RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA N° 000182-2026-CE-PJ · CONSEJO EJECUTIVO DEL PODER JUDICIAL · El Peruano · 2 de junio de 2026

Dejan sin efecto las Resoluciones Administrativas Nros. 417-2019-CE-PJ, 233-2019-CE-PJ y 354-2020-CE-PJ, expedidas por el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial

Resumen

Deroga tres resoluciones administrativas de 2019 y 2020 que regulaban metodologías de proyectos, planes de gestión por procesos e identificación de mejora de procesos, por inaplicables. Rige desde su publicación en El Peruano.

A quién impacta

Órganos del Poder Judicial: descarten referencias normativas a las tres resoluciones derogadas; sin acción verificable de adecuación ni plazo especificado en esta resolución.

Fuente oficial: texto completo en El Peruano

Texto oficial completo

Texto extraído de la publicación oficial en El Peruano. El documento original es la única versión con valor legal.

Consejo Ejecutivo
Lima, 29 de mayo del 2026
VISTOS:
El Oficio N° 000507-2026-GG-PJ, de la Gerencia General del Poder Judicial, el mismo que acompaña el Memorando N° 34-2026-GGPI-GG-PJ mediante el cual la Gerencia de Gestión de Procesos e Innovación identifica los documentos normativos que regulan materias de su competencia y corresponde dejar sin efecto; el Informe N° 082-2026-SM-GMPP-GG-PJ de la Subgerencia de Modernización, Memorando N° 570-2026-GMPP-GG-PJ de la Gerencia de Modernización, Planeamiento y Presupuesto; e Informe N° 000484-2026-GAJ-GG-PJ de la Gerencia de Asesoría Jurídica; que contienen las opiniones correspondientes en el marco de la Directiva N° 012-2025-CE-PJ denominada “Disposiciones para el Desarrollo de Documentos Normativos en el Poder Judicial”- Versión 004, en adelante LA DIRECTIVA1
CONSIDERANDO:
Primero.- El numeral 16.2 del artículo 16 de la Ley N° 27658, Ley Marco de Modernización de la Gestión del Estado, establece que: “(…) Los entes rectores de los sistemas administrativos implementan acciones que contribuyan a la eficiencia y la simplificación de los sistemas administrativos bajo su competencia, para lo cual revisan periódicamente sus regulaciones a fin de determinar el efecto y los costos de su aplicación en la gestión pública, considerando la heterogeneidad institucional del Estado (…)”.
Segundo.- En ese contexto normativo, el artículo 5 del Decreto Supremo N° 123-2018-PCM, que aprobó el Reglamento del Sistema Administrativo de Modernización de la Gestión Pública, señala que: “(…) Las entidades públicas aplican la gestión por resultados como un modelo de gestión que permite identificar y adoptar decisiones sobre todos aquellos aspectos que contribuyan a la creación de valor público (…)”.
Tercero.- En concordancia con lo antes expuesto, el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial aprobó LA DIRECTIVA, la misma que regula el proceso de formulación, revisión, aprobación, derogación y difusión estandarizada de documentos normativos en el Poder Judicial; estableciendo en su numeral 6.7.3 que: “(…) Si como resultado de la revisión se advierte la necesidad de derogar un documento que ha cumplido su objetivo normativo bajo los supuestos siguientes: i) Obsolescencia, ii) Inaplicabilidad, iii) Conflicto con otras normas, iv) Otros. En estos casos, la unidad proponente presenta la solicitud de derogación del documento normativo a la Gerencia de Modernización, Planeamiento y Presupuesto, mediante informe que sustente el cumplimiento de alguno de los supuestos antes señalados, precisando el documento normativo que se derogaría. La Subgerencia de Modernización, previa revisión, continúa el trámite para la emisión de la resolución que corresponda ante el órgano competente (…)”.
Cuarto.- En aplicación de lo dispuesto en LA DIRECTIVA, la Gerencia de Gestión de Procesos e Innovación presenta el Memorando N° 34-2026-GGPI-GG-PJ en el cual indica que corresponde dejar sin efecto la normativa interna que se presenta a continuación y regula materias de su competencia:
Cuadro N° 1
Relación de documentos que deben ser dejados sin efecto
CÓDIGO
TIPO DE DOCUMENTO NORMATIVO
DENOMINACIÓN DEL DOCUMENTO
VERSIÓN
DOCUMENTO DE APROBACIÓN
FECHA DE APROBACIÓN
ESTADO
S/C
Metodología
Metodología de Proyectos de Mejora Institucional
002
RA 417-2019-CE-PJ
16/10/2019
Derogar y/o Dejar sin efecto
S/C
Plan
Plan para la Implementación de la Gestión por Procesos en el Poder Judicial
001
R.A.233-2019-CE-PJ
29/05/2019
Derogar y/o Dejar sin efecto
GDC/PRO-002
Procedimiento
IDENTIFICACIÓN, ANÁLISIS Y/O MEJORA DE PROCESOS
001
RA 354-2020-CE-PJ
2/12/2020
Derogar y/o Dejar sin efecto
Fuente: Memorando N° 034-2026-GGPI-GG-PJ
Elaboración: Gerente de Gestión de Procesos e Innovación
Quinto.- La Subgerencia de Modernización mediante el Informe N° 082-2026-SM-GMPP-GG-PJ concluye, sobre la base del análisis efectuado, que corresponde dejar sin efecto diversas Resoluciones, entre ellas las señaladas en el cuadro N° 1; y con Memorando N° 570-2026-GMPP-GG-PJ, la Gerencia de Modernización, Planeamiento y Presupuesto hace suyo el citado informe solicitando a la Gerencia de Asesoría Jurídica proyecte los actos administrativos correspondientes para derogar expresamente los documentos normativos conforme lo requerido por la Gerencia de Gestión de Procesos e Innovación; con la finalidad de simplificar el marco normativo institucional.
Sexto.- La Gerencia de Asesoría Jurídica, luego de analizar el contenido de la propuesta orientada a dejar sin efecto diversas Resoluciones Administrativas, formuló opinión legal favorable, al verificar el cumplimiento de los presupuestos establecidos en LA DIRECTIVA.
Sétimo.- El artículo 82, inciso 26), del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial establece como función del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial la adopción de acuerdos y demás medidas necesarias para que las dependencias de este Poder del Estado funcionen con celeridad y eficiencia; en ese sentido, y con la finalidad de optimizar el marco normativo institucional, resulta pertinente disponer la derogación de las resoluciones administrativas antes señaladas.
En consecuencia; en mérito al Acuerdo N° 614-2026 de la vigésima sexta sesión del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, de fecha 27 de mayo de 2026, realizada con la participación de las señoras Tello Gilardi y Barrios Alvarado, y los señores Bustamante Zegarra, Cáceres Valencia y Zavaleta Grández; en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 82 del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial. Por unanimidad,
SE RESUELVE:
Artículo Primero.- Dejar sin efecto las Resoluciones Administrativas Nros. 417-2019-CE-PJ, 233-2019-CE-PJ y 354-2020-CE-PJ, expedidas por el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial; conforme a la propuesta de la Gerencia de Gestión de Procesos e Innovación y el análisis técnico-legal efectuado por la Gerencia de Modernización, Planeamiento y Presupuesto y la Gerencia de Asesoría Jurídica, por haber devenido en inaplicables o no implementadas, con la finalidad de simplificar y mantener actualizado el marco normativo del Poder Judicial.
Artículo Segundo.- Publicar la presente resolución en el Portal Institucional del Poder Judicial (www.pj.gob.pe), para su difusión y cumplimiento.
Artículo Tercero.- Notificar la presente resolución a la Presidencia del Poder Judicial, Presidencias de las Salas de la Corte Suprema de Justicia de la República, Autoridad Nacional de Control del Poder Judicial, Oficina de Administración de la Corte Suprema de Justicia de la República, Presidencias de las Cortes Superiores de Justicia del país, Órgano de Control Institucional, Procuraduría Pública del Poder Judicial; y a la Gerencia General del Poder Judicial, para su conocimiento y fines pertinentes.
Regístrese, publíquese, comuníquese y cúmplase.
JANET TELLO GILARDI
Presidenta
Consejo Ejecutivo
1 Aprobada por Resolución Administrativa N° 0463-2025-CE-PJ del 23 de diciembre de 2025.
2520940-1

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