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Consejo Ejecutivo del Poder Judicial amplía plazo para actualizar documentos normativos hasta diciembre de 2026

RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA N° 000209-2026-CE-PJ · CONSEJO EJECUTIVO DEL PODER JUDICIAL · El Peruano · 13 de junio de 2026

Aprueban el Cronograma de Cumplimiento Progresivo e Hitos Obligatorios para la actualización de los documentos normativos del Poder Judicial, y dictan otras disposiciones

Resumen

Extiende seis meses el plazo original (15 de junio de 2026) para que dependencias judiciales actualicen documentos normativos conforme a la Directiva N° 012-2025-CE-PJ, con tres hitos obligatorios: información pendiente (15 de julio), derogaciones (15 de agosto) y proyectos de actualización (15 de diciembre de 2026).

A quién impacta

Dependencias del Poder Judicial: presentar información clasificada según cronograma en tres hitos sucesivos; Gerencia General: monitorear cumplimiento a través de Gerencia de Modernización, Planeamiento y Presupuesto.

Fuente oficial: texto completo en El Peruano

Texto oficial completo

Texto extraído de la publicación oficial en El Peruano. El documento original es la única versión con valor legal.

Lima, 11 de junio del 2026
VISTOS:
El Oficio N° 000612-2026-GG-PJ de la Gerencia General del Poder Judicial, el Informe N° 000622-2026-GAJ-GG-PJ de la Gerencia de Asesoría Jurídica; el Memorando N° 000739-2026-GMPP-GG-PJ de la Gerencia de Modernización, Planeamiento y Presupuesto; y el Informe N° 000121-2026-SM-GMPP-GG-PJ de la Subgerencia de Modernización.
CONSIDERANDO:
Primero. Mediante Resolución Administrativa N° 000463-2025-CE-PJ se aprobó la Directiva N° 012-2025-CE-PJ, denominada “Disposiciones para el Desarrollo de Documentos Normativos en el Poder Judicial”, Versión 004, la cual establece disposiciones para la elaboración estandarizada, revisión, aprobación y difusión de los documentos normativos en el Poder Judicial.
Segundo. El numeral 9.1 de las Disposiciones Transitorias de la citada Directiva establece que los documentos normativos vigentes, elaborados con anterioridad a la Directiva “Disposiciones para el Desarrollo de Documentos Normativos” - Versión 001, deben ser actualizados progresivamente hasta el 15 de junio de 2026, como plazo máximo.
Tercero. A través del Memorando N° 000739-2026-GMPP-GG-PJ, la Gerencia de Modernización, Planeamiento y Presupuesto remitió el Informe N° 000121-2026-SM-GMPP-GG-PJ, de la Subgerencia de Modernización, a través del cual se informa sobre el estado de avance del proceso de actualización de los documentos normativos del Poder Judicial, advirtiéndose que subsisten instrumentos normativos pendientes de revisión, actualización y/o formulación.
Cuarto. Conforme a lo señalado en el Informe de la Subgerencia de Modernización de la Gerencia de Modernización, Planeamiento y Presupuesto, si bien se ha evidenciado un avance significativo en el proceso de actualización de los documentos normativos del Poder Judicial, el plazo establecido en la Disposición Transitoria 9.1 de la Directiva N° 012-2025-CE-PJ resulta insuficiente, para culminar integralmente dicho proceso, por lo que se encuentra debidamente sustentada la necesidad de ampliar el plazo de adecuación hasta el 15 de diciembre de 2026, a fin de garantizar el cumplimiento progresivo de las actividades y metas previstas.
Quinto. Asimismo, la Gerencia de Modernización, Planeamiento y Presupuesto ha propuesto la aprobación de un Cronograma de Cumplimiento Progresivo e Hitos Obligatorios, con la finalidad de asegurar el cumplimiento efectivo de la ampliación del plazo solicitada, y garantizar la culminación del proceso de actualización normativa.
Sexto. La Gerencia de Asesoría Jurídica, mediante Informe N° 000622-2026-GAJ-GG-PJ, ha emitido opinión favorable respecto de la ampliación del plazo establecido en la Disposición Transitoria 9.1 de la Directiva N° 012-2025-CE-PJ y de la aprobación del Cronograma de Cumplimiento Progresivo e Hitos Obligatorios propuesto.
Séptimo. El artículo 82, inciso 26), del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial determina como función y atribución del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, la adopción de acuerdos y demás medidas necesarias para que las dependencias de este Poder del Estado funcionen con celeridad y eficiencia; y teniendo en cuenta el propósito de brindar un mejor servicio a la ciudadanía, deviene en pertinente aprobar la propuesta presentada por la Gerencia General del Poder Judicial.
En consecuencia; en mérito al Acuerdo N° 705-2026 de la vigésima novena sesión del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, de fecha 10 de junio de 2026, realizada con la participación de la señora Tello Gilardi y los señores Bustamante Zegarra, Cáceres Valencia y Zavaleta Grández, sin la intervención de la señora Barrios Alvarado por encontrarse de vacaciones; en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 82 del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial. Por unanimidad,
SE RESUELVE:
Artículo Primero.- Ampliar el plazo establecido en la Disposición Transitoria 9.1 de la Directiva N° 012-2025-CE-PJ, denominada “Disposiciones para el Desarrollo de Documentos Normativos en el Poder Judicial”, Versión 004, aprobada mediante Resolución Administrativa N° 463-2025-CE-PJ, hasta el 15 de diciembre de 2026, para la actualización de los documentos normativos comprendidos en su ámbito de aplicación.
Artículo Segundo.- Aprobar el Cronograma de Cumplimiento Progresivo e Hitos Obligatorios para la actualización de los documentos normativos del Poder Judicial, conforme al siguiente detalle:
a) Hito 1 (15 de julio de 2026): Remisión del 100% de la información clasificada como “Pendiente de informar”.
b) Hito 2 (15 de agosto de 2026): Presentación de los informes técnicos correspondientes a los documentos normativos identificados bajo la condición de “Derogar y/o dejar sin efecto”.
c) Hito 3 (15 de diciembre de 2026): Culminación del proceso de actualización normativa mediante la remisión de los proyectos correspondientes a los documentos clasificados como “Requiere actualizar” y “En proceso de actualización”.
Artículo Tercero.- Disponer que las dependencias del Poder Judicial adopten las acciones que resulten necesarias, para el cumplimiento de los hitos aprobados en la presente resolución, en el marco de sus competencias y conforme al cronograma de implementación correspondiente.
Artículo Cuarto.- Encargar a la Gerencia General del Poder Judicial, a través de la Gerencia de Modernización, Planeamiento y Presupuesto, el seguimiento y monitoreo del cumplimiento de lo dispuesto en la presente resolución.
Artículo Quinto.- Publicar la presente resolución en el Portal Institucional del Poder Judicial (www.pj.gob.pe), para su difusión y cumplimiento.
Artículo Sexto.- Notificar la presente resolución a la Presidencia del Poder Judicial, Presidencias de las Salas de la Corte Suprema de Justicia de la República, Autoridad Nacional de Control del Poder Judicial, Oficina de Administración de la Corte Suprema de Justicia de la República, Presidencias de las Cortes Superiores de Justicia del país, Órgano de Control Institucional, Procuraduría Pública del Poder Judicial; y a la Gerencia General del Poder Judicial, para su conocimiento y fines pertinentes.
Regístrese, publíquese, comuníquese y cúmplase.
JANET TELLO GILARDI
Presidenta
Consejo Ejecutivo
2525169-1

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