Consejo Ejecutivo del Poder Judicial prorroga designación de Presidente de Corte Especializada hasta diciembre 2026

RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA N° 000219-2026-CE-PJ · CONSEJO EJECUTIVO DEL PODER JUDICIAL · El Peruano · 23 de junio de 2026

Prorrogan designación de Presidente provisional de la Corte Superior Nacional de Justicia Penal Especializada y disponen que convoque a elección del Presidente de Corte para el periodo 2027-2028

Resumen

Prorroga excepcionalmente la designación provisional de Jhonny Hans Contreras Cuzcano como Presidente de la Corte Superior Nacional de Justicia Penal Especializada hasta el 31 de diciembre de 2026 y ordena convocar a elección para el período 2027-2028. Rige desde su publicación en El Peruano del 23 de junio de 2026.

A quién impacta

Contreras Cuzcano debe convocar a elección del Presidente de Corte para 2027-2028 conforme a la Ley Orgánica del Poder Judicial, en su oportunidad.

Fuente oficial: texto completo en El Peruano

Texto oficial completo

Texto extraído de la publicación oficial en El Peruano. El documento original es la única versión con valor legal.

Lima, 22 de junio del 2026
VISTA:
La Resolución Administrativa N° 000426-2024-CE-PJ, y la Resolución N° 396-2026-JNJ.
CONSIDERANDO:
Primero. Por Resolución Administrativa N° 318-2018-CE-PJ, entre otros, se resolvió: “Artículo Primero.- Constituir la Corte Superior de Justicia Especializada en Delitos de Crimen Organizado y de Corrupción de Funcionarios, sobre la base de la fusión de la Sala Penal Nacional y del Sistema Especializado en Delitos de Corrupción de Funcionarios; la cual tendrá competencia nacional. Artículo Segundo. Aprobar el “Estatuto de la Corte Superior de Justicia Especializada en Delitos de Crimen Organizado y de Corrupción de Funcionarios” (…)”. Posteriormente a través de la Resolución Administrativa N° 476-2019-CE-PJ, se resolvió: “Artículo Primero.- Establecer que la Corte Superior de Justicia Especializada en Delitos de Crimen Organizado y de Corrupción de Funcionarios, se denominará Corte Superior Nacional de Justicia Penal Especializada; modificándose en este extremo el Estatuto aprobado mediante Resolución Administrativa N° 318-2018-CEPJ, de fecha 12 de diciembre de 2018; y todas las disposiciones que se opongan a la presente resolución (…)”.
Segundo. Mediante Resolución Administrativa N° 000426-2024-CE-PJ, se resolvió: “Artículo primero. Designar como Presidente provisional de la Corte Superior Nacional de Justicia Penal Especializada al señor Jhonny Hans Contreras Cuzcano, Juez Superior titular de la Corte Superior de Justicia de Puente Piedra - Ventanilla, para el periodo 2025-2026; cargo que desempeñará hasta que la Junta Nacional de Justicia nombre, por lo menos, a las dos terceras partes de los jueces superiores titulares que integrarán la referida Corte Superior, o al término del referido periodo (…)”.
Tercero. Con Resolución N° 396-2026-JNJ, publicitada en el portal web “Boletín Oficial de la Magistratura de la Junta Nacional de Justicia”, entre otros, se resolvió: “Artículo primero. Nombrar como jueces del Poder Judicial a:
1) JAVIER SANTIAGO SOLOGUREN ANCHANTE
Juez superior de la Corte Superior Nacional de Justicia Penal Especializada
2) NAHYHON GONZALEZ AGUIRRE
Juez superior de la Corte Superior Nacional de Justicia Penal Especializada
3) LUIS ENRIQUE LOPEZ PINTO
Juez superior de la Corte Superior Nacional de Justicia Penal Especializada
4) JONY ANTONIO PENA SUASNABAR
Juez superior de la Corte Superior Nacional de Justicia Penal Especializada
5) WILFREDO IVAN AYALA VALENTIN
Juez superior de la Corte Superior Nacional de Justicia Penal Especializada
6) DANIEL ERNESTO CERNA SALAZAR
Juez superior de la Corte Superior Nacional de Justicia Penal Especializada
7) VICTOR JOE MANUEL ENRIQUEZ SUMERINDE
Juez superior de la Corte Superior Nacional de Justicia Penal Especializada
8) MARCO ANTONIO ANGULO MORALES
Juez superior de la Corte Superior Nacional de Justicia Penal Especializada
(…)”
Cuarto. Las actuaciones del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, como órgano de dirección y gestión, se rigen por el Principio de Legalidad (numeral 1.1 del artículo IV del Título Preliminar del TUO de la Ley N° 27444), el cual impone a la autoridad administrativa el deber de actuar con respeto a la Constitución, la ley y el derecho, dentro de las facultades conferidas y orientadas a los fines institucionales encomendados.
Quinto. La administración de justicia es un servicio público esencial. El principio de continuidad administrativa -dimensión sustancial de la Ley N° 27444- prohíbe que el servicio se interrumpa o sufra vacíos de poder (vacatio en el liderazgo). En este contexto, este órgano de gobierno tiene el mandato de garantizar los derechos de los administrados y la prevalencia del interés público, adoptando decisiones que no solo sean formalmente válidas, sino eficaces, predecibles y orientadas a optimizar la marcha institucional.
Sexto. La Corte Superior Nacional de Justicia Penal Especializada tramita procesos de alta complejidad (crimen organizado, corrupción de funcionarios) de evidente repercusión nacional e internacional. Esta naturaleza especializada exige, de manera indispensable, un entorno de estabilidad, predictibilidad y seguridad jurídica. La gestión de estos megaprocesos requiere una conducción administrativa sin alteraciones intempestivas que puedan desestabilizar la operatividad de los equipos de trabajo o comprometer las metas de descarga procesal ya establecidas.
Séptimo. Ante el reciente nombramiento de magistrados titulares realizado por la Junta Nacional de Justicia, resulta de vital importancia asegurar la continuidad de la gestión administrativa en el cargo de Presidente de Corte, ello hasta el cierre natural del periodo bianual (2025-2026). Esta prórroga excepcional se justifica como una medida de alta dirección destinada a garantizar una transición ordenada, evitando que la gestión interna sufra giros drásticos que debiliten la continuidad operativa de los subsistemas especializados durante el tramo final del presente año judicial.
Octavo. La adopción de esta medida excepcional y transitoria no contraviene los mecanismos democráticos y legales; por el contrario, se aplica para salvaguardar la estabilidad de la Corte Superior Nacional de Justicia Penal Especializada durante el tiempo restante del ciclo bianual y que dicha autoridad proceda en su oportunidad a convocar a la elección del Presidente de Corte para el periodo 2027-2028, de conformidad a lo regulado en la Ley Orgánica del Poder Judicial.
Noveno. De conformidad con el artículo 82 del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial, que determina como función y atribución del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, la adopción de acuerdos y demás medidas necesarias para que las dependencias de este Poder del Estado funcionen con celeridad y eficiencia.
En consecuencia, en mérito al Acuerdo N° 760-2026 de la trigésima segunda sesión del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, de fecha 22 de junio de 2026, realizada con la participación del señor Prado Saldarriaga1, la señora Barrios Alvarado, y los señores Bustamante Zegarra, Cáceres Valencia y Zavaleta Grández; en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 82 del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial. Por unanimidad,
SE RESUELVE:
Artículo Primero.- Prorrogar excepcionalmente la designación dispuesta mediante Resolución Administrativa N° 000426-2024-CE-PJ, hasta el 31 de diciembre del 2026.
Artículo Segundo.- Disponer que en su oportunidad el señor Jhonny Hans Contreras Cuzcano, en su condición de Presidente de la Corte Superior Nacional de Justicia Penal Especializada, proceda a convocar a elección del Presidente de Corte para el periodo 2027-2028, de conformidad a lo regulado en la Ley Orgánica del Poder Judicial.
Artículo Tercero.- Poner en conocimiento de la Presidencia del Poder Judicial, Autoridad Nacional de Control del Poder Judicial, Presidencia de la Corte Superior Nacional de Justicia Penal Especializada y Gerencia General del Poder Judicial, para los fines pertinentes.
Regístrese, publíquese, comuníquese y cúmplase.
VICTOR ROBERTO PRADO SALDARRIAGA
Presidente (e)
Consejo Ejecutivo
1 Interviene por ausencia de la titular, en su condición de presidente (e), conforme a la Resolución Administrativa N° 000145-2026-P-PJ.
2528236-1

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