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Consejo Ejecutivo del Poder Judicial crea Juzgado de Paz en El Molino, Cutervo

RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA 000271-2026-CE-PJ · El Peruano · 6 de agosto de 2026

Crean Juzgado de Paz de Única Nominación del Centro Poblado El Molino, distrito de Querocotillo, provincia de Cutervo, departamento de Cajamarca y Distrito Judicial de Lambayeque

Resumen

Crea un nuevo Juzgado de Paz de Única Nominación en el Centro Poblado El Molino, distrito de Querocotillo, provincia de Cutervo, Cajamarca, adscrito al Distrito Judicial de Lambayeque. Rige desde su publicación en El Peruano (6 de agosto de 2026).

A quién impacta

Corte Superior de Justicia de Lambayeque y Municipalidad de El Molino: coordinar implementación logística, dotar mobiliario e infraestructura, garantizar funcionamiento operativo del juzgado.

Fuente oficial: texto completo en El Peruano

Texto oficial completo

Texto extraído de la publicación oficial en El Peruano. El documento original es la única versión con valor legal.

Lima, 4 de agosto del 2026
VISTOS:
El Proveído Nº 0005657-2026-SG-CS-PJ cursado por la Secretaría General de la Corte Suprema de Justicia de la República, que contiene el Oficio Nº 000317-2026-ONAJUP-CE-PJ de la Oficina Nacional de Justicia de Paz y Justicia Indígena; así como el Oficio Nº 000804-2026-GG-PJ emitido por la Gerencia General del Poder Judicial, que contiene propuesta de creación de un Juzgado de Paz en el Distrito Judicial de Lambayeque.
CONSIDERANDO:
Primero. La Jefatura de la Oficina Nacional de Justicia de Paz y Justicia Indígena remite informe a este Órgano de Gobierno por el cual se hace de conocimiento que el Consejo Ejecutivo Distrital de la Corte Superior de Justicia de Lambayeque propone la creación de un Juzgado de Paz de Única Nominación en el Centro Poblado El Molino, distrito de Querocotillo, provincia de Cutervo y departamento de Cajamarca.
Segundo. Al respecto, los informes elaborados por la Gerencia General del Poder Judicial y la Oficina Nacional de Justicia de Paz y Justicia Indígena, concluyen que es factible la creación del juzgado de paz materia de propuesta.
Tercero. Conforme a lo establecido en los incisos 24), 25) y 26) del artículo 82 del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial, son funciones y atribuciones del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, crear, reubicar y suprimir órganos jurisdiccionales, modificar sus ámbitos de competencia territorial; así como la adopción de acuerdos y demás medidas necesarias, para que las dependencias de este Poder del Estado funcionen con celeridad y eficiencia.
Cuarto. Este Poder del Estado tiene dentro de sus objetivos principales mejorar y ampliar el acceso a la justicia; por lo que, resulta procedente la propuesta presentada, al encontrarse acreditado que la población de la referida localidad requiere de un órgano jurisdiccional que reduzca las barreras de acceso a la justicia (económica, geográfica, lingüística y cultural), permitiendo que los justiciables tengan una adecuada y accesible administración de justicia acorde a sus necesidades, que se enmarca dentro de las 100 Reglas de Brasilia sobre Acceso a la Justicia de Personas en Condiciones de Vulnerabilidad, a las cuales se adhirió el Poder Judicial mediante Resolución Administrativa Nº 266-2010-CE-PJ, y aprobó su adhesión a la actualización de las citadas Reglas por Resolución Administrativa Nº 198-2020-CE-PJ, cuyo objetivo es garantizar las condiciones de acceso efectivo a la justicia de personas en situación de vulnerabilidad, sin discriminación alguna, por medio de políticas, medidas, facilidades y apoyo, que permita a dichas personas el acceso a los servicios del sistema judicial; y así garantizar plenamente sus derechos fundamentales en igualdad de condiciones.
Por estos fundamentos, en mérito al Acuerdo Nº 913-2026 de la trigésima octava sesión del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, de fecha 31 de julio de 2026, realizada con la participación de las señoras Tello Gilardi y Barrios Alvarado, y los señores Bustamante Zegarra, Cáceres Valencia y Zavaleta Grández; en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 82 del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial. Por unanimidad,
SE RESUELVE:
Artículo Primero.- Crear el Juzgado de Paz de Única Nominación del Centro Poblado El Molino, distrito de Querocotillo, provincia de Cutervo, departamento de Cajamarca y Distrito Judicial de Lambayeque.
Artículo Segundo.- Disponer que, por intermedio de la presidencia de la Corte Superior de Justicia de Lambayeque, se efectúen las coordinaciones administrativas y logísticas con la Municipalidad del Centro Poblado El Molino, para la implementación del juzgado de paz creado; a fin de lograr su óptimo funcionamiento con las condiciones de seguridad e idoneidad para el servicio de administración de justicia.
Artículo Tercero.- Disponer que la Corte Superior de Justicia de Lambayeque entregue el equipo mobiliario indispensable, para la prestación del servicio de administración de justicia.
Artículo Cuarto.- Los límites geográficos del órgano jurisdiccional materia de creación, son los que aparecen descritos en el informe de la Jefatura de la Oficina Nacional de Justicia de Paz y Justicia Indígena.
Artículo Quinto.- Notificar la presente resolución a la Autoridad Nacional de Control del Poder Judicial, Corte Superior de Justicia de Lambayeque, Oficina Nacional de Justicia de Paz y Justicia Indígena; y, a la Gerencia General del Poder Judicial, para su conocimiento y fines pertinentes.
Regístrese, publíquese, comuníquese y cúmplase.
JANET TELLO GILARDI
Presidenta
Consejo Ejecutivo
2540515-1

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