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MINEDU transfiere S/ 13,068.72 al MVCS para gastos del evento ENLA 2024

RESOLUCION MINISTERIAL N° 238-2026-MINEDU · EDUCACIÓN · El Peruano · 22 de abril de 2026

Autorizan Transferencia Financiera a favor del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento

Resumen

Autoriza transferencia de fondos desde Ministerio de Educación al Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento para gastos operativos y mantenimiento del Centro de Convenciones "27 de Enero" derivados del evento ENLA 2024. Rige desde el 23 de abril de 2026.

A quién impacta

MVCS debe aplicar los fondos transferidos exclusivamente a gastos operativos y mantenimiento del Centro de Convenciones para el evento ENLA 2024, conforme al Convenio Nº 022-2025-MVCS.

Fuente oficial: texto completo en El Peruano

Texto oficial completo

Texto extraído de la publicación oficial en El Peruano. El documento original es la única versión con valor legal.

Lima, 21 de abril de 2026
VISTOS, los documentos que conforman el Expediente Nº MPD2025-EXT-0854945; y,
CONSIDERANDO:
Que, en el marco de lo dispuesto en la Ley N° 32513, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2026, mediante la Resolución Ministerial N° 582-2025-MINEDU, se aprueba el Presupuesto Institucional de Apertura de Gastos correspondiente al Año Fiscal 2026 del Pliego 010: M. de Educación, por la suma de S/ 9 877 797 480,00 (NUEVE MIL OCHOCIENTOS SETENTA Y SIETE MILLONES SETECIENTOS NOVENTA Y SIETE MIL CUATROCIENTOS OCHENTA Y 00/100 SOLES) por toda Fuente de Financiamiento;
Que, el artículo 76 del Decreto Legislativo N° 1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional del Presupuesto Público, establece que son transferencias financieras los traspasos de ingresos públicos sin contraprestación, a favor de Pliegos o de Entidades que no constituyen pliego presupuestario; asimismo, señala que las transferencias financieras que se pueden efectuar durante la ejecución se autorizan y regulan en las Leyes Anuales de Presupuesto del Sector Público;
Que, conforme al literal w) del numeral 13.1 del artículo 13 de la Ley N° 32513, se autoriza en el presente Año Fiscal, la realización, de manera excepcional, de la transferencia financiera que realicen las entidades las entidades del Gobierno Nacional, entre otros, a favor del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, con cargo a los recursos de su presupuesto institucional, previa suscripción de convenio, para financiar los gastos de operación y mantenimiento que demandan el uso de las instalaciones del Centro de Convenciones “27 de enero”, Ciudad de Lima;
Que, el artículo 17 de la Directiva N° 0001-2024-EF/50.01, Directiva para la Ejecución Presupuestaria, aprobada mediante Resolución Directoral N° 0009-2024-EF/50.01 y modificatorias, establece el procedimiento a seguir para la ejecución de una transferencia financiera;
Que, con fecha 3 de abril de 2025, el Ministerio de Educación (MINEDU) y el Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento (MVCS) suscribieron el Convenio Nº 022-2025-MVCS, “Convenio de Cooperación Interinstitucional entre el Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento y el Ministerio de Educación” (en adelante, CONVENIO), con el objeto que el MVCS conceda a MINEDU la utilización del Gran Centro de Convenciones de Lima (en adelante, LCC), ubicado en la Av. Arqueología N° 160, distrito de San Borja, provincia y departamento de Lima, incluyendo el mobiliario necesario, para la realización del evento denominado “Evaluación Nacional de Logros de Aprendizaje (ENLA) 2024”, a desarrollarse del 06 al 08 de abril de 2025; para ello, conforme lo pactado en el numeral 5.2.2 de la Cláusula Quinta del CONVENIO, el MINEDU se compromete a rembolsar al MVCS por concepto de gastos operativos y de mantenimiento derivados de la utilización del LCC, el monto estipulado en su Cláusula Novena;
Que, de acuerdo al numeral 9.1 de la Cláusula Novena del CONVENIO, es obligación del MINEDU pagar al MVCS por concepto de gastos operativos y de mantenimiento derivados de la utilización del LCC para la realización del citado evento, la suma de S/13 068,72 (TRECE MIL SESENTA Y OCHO Y 72/100 SOLES);
Que, de acuerdo con la Cláusula Décimo Primera del CONVENIO, la vigencia del mismo se extiende hasta el cumplimiento de las obligaciones que deriven de los compromisos pactados en su Cláusula Quinta;
Que, con el Oficio N° 0032-2026-VIVIENDA/SG-OGA y los documentos que lo sustentan, la Oficina General de Administración del MVCS solicita al MINEDU efectuar el reembolso por gastos operativos y de mantenimiento derivados de la utilización del LCC para la realización del acotado evento, por un monto ascendente a S/ 13 068,72 (TRECE MIL SESENTA Y OCHO Y 72/100 SOLES), conforme a lo estipulado en la Cláusula Novena del CONVENIO;
Que, mediante el Memorándum N° 00354-2026-MINEDU/SG-OGA, la Oficina General de Administración del MINEDU, en atención a lo sustentado por la Oficina General de Comunicaciones, dispone continuar con el trámite del expediente para gestionar la emisión de la Resolución Ministerial que autorice una Transferencia Financiera a favor del MVCS, hasta por la suma de S/ 13 068,72 (TRECE MIL SESENTA Y OCHO Y 72/100 SOLES) por concepto de gastos operativos y de mantenimiento derivados de la utilización del LCC para la realización del referido evento, de acuerdo a lo previsto en el CONVENIO y acorde a lo dispuesto en el literal w) del numeral 13.1 del artículo 13 de la Ley N° 32513;
Que, a través del Informe N° 00662-2026-MINEDU/SPE-OPEP-UPP, la Unidad de Planificación y Presupuesto de la Oficina de Planificación Estratégica y Presupuesto de la Secretaría de Planificación Estratégica del Ministerio de Educación, emite opinión favorable sobre la Transferencia Financiera a favor del Pliego 037: Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, hasta por la suma de S/ 13 068,72 (TRECE MIL SESENTA Y OCHO Y 72/100 SOLES), para los fines expuestos en los considerandos precedentes, por cuanto, se cuenta con recursos disponibles en el presupuesto institucional del Pliego 010: M. de Educación, Unidad Ejecutora 024: Sede Central, en la Fuente de Financiamiento 1: Recursos Ordinarios, y se ampara en lo previsto en el literal w) del numeral 13.1 del artículo 13 de la Ley N° 32513;
Que, por lo expuesto, resulta necesario autorizar una Transferencia Financiera hasta por la suma de S/ 13 068,72 (TRECE MIL SESENTA Y OCHO Y 72/100 SOLES), por la Fuente de Financiamiento 1: Recursos Ordinarios, a favor del Pliego 037: Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, para financiar lo señalado en los considerandos precedentes, en cumplimiento de los compromisos asumidos en virtud del CONVENIO y en el marco de lo dispuesto en el literal w) del numeral 13.1 del artículo 13 de la Ley N° 32513;
De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 32513, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2026; Ley N° 31224, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Educación; el Decreto Legislativo N° 1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional del Presupuesto Público; el Decreto Supremo N° 001-2015-MINEDU, que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Educación; y la Resolución Directoral N° 0009-2024-EF/50.01, que aprueba la Directiva N° 0001-2024-EF/50.01, Directiva para la Ejecución Presupuestaria y sus modificatorias;
SE RESUELVE:
Artículo 1.- Autorizar una Transferencia Financiera del Pliego 010: M. de Educación, Unidad Ejecutora 024: Sede Central, hasta por la suma de S/ 13 068,72 (TRECE MIL SESENTA Y OCHO Y 72/100 SOLES), a favor del Pliego 037: Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, para financiar el pago correspondiente por concepto de gastos operativos y de mantenimiento derivados de la utilización del Centro de Convenciones “27 de Enero” – Ciudad de Lima, para la realización del evento denominado “Evaluación Nacional de Logros de Aprendizaje – ENLA 2024”, desarrollado del 6 al 8 de abril de 2025, en el marco del Convenio Nº 022-2025-MVCS, “Convenio de Cooperación Interinstitucional entre el Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento y el Ministerio de Educación, y de acuerdo a lo dispuesto en el literal w) del numeral 13.1 del artículo 13 de la Ley N° 32513, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2026; conforme al detalle del Anexo que forma parte integrante de la presente Resolución.
Artículo 2.- Los recursos de la Transferencia Financiera autorizada por el artículo 1 de la presente Resolución, no podrán ser destinados a fines distintos para los cuales son transferidos, bajo responsabilidad.
Artículo 3.- Remitir copia de la presente Resolución y Anexo a la Oficina General de Administración del Ministerio de Educación, para que efectúe las acciones que correspondan.
Artículo 4.- Disponer la publicación de la presente Resolución y Anexo en el Sistema de Información Jurídica de Educación – SIJE, ubicado en el Portal Institucional del Ministerio de Educación (www.gob.pe/minedu), el mismo día de la publicación de la Resolución, en el Diario Oficial “El Peruano”.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
María Esther Cuadros Espinoza
Ministra de Educación
2508471-1

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