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SUNAT reemplaza fedatarios administrativos en la Intendencia de Aduana de Tarapoto

RESOLUCIÓN Nº 000100-2026-SUNAT/800000 · SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE ADUANAS Y DE ADMINISTRACIÓN TRIBUTARIA · El Peruano · 2 de julio de 2026

Dejan sin efecto designaciones y designan Fedatarios Administrativos Titular y Alterno de la Intendencia de Aduana de Tarapoto

Resumen

Deja sin efecto la designación de dos fedatarios administrativos vigentes desde 2017 e incorpora dos nuevos servidores. Rige desde su publicación en El Peruano (2 de julio de 2026).

A quién impacta

Administrados que tramiten procedimientos administrativos ante la Intendencia de Aduana de Tarapoto: continuar con los nuevos fedatarios designados para autenticación y cotejo de documentos.

Fuente oficial: texto completo en El Peruano

Texto oficial completo

Texto extraído de la publicación oficial en El Peruano. El documento original es la única versión con valor legal.

Lima, 26 de junio de 2026
CONSIDERANDO:
Que, el inciso 1 del artículo 127 del Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, aprobado por Decreto Supremo N° 006-2026-JUS, establece el régimen de fedatarios de las entidades de la Administración Pública, señalando que cada entidad debe designar fedatarios institucionales adscritos a sus unidades de recepción documental, en número proporcional a sus necesidades de atención;
Que, el inciso 2 del mencionado artículo precisa que el fedatario tiene como labor personalísima, comprobar y autenticar, previo cotejo entre el original que exhibe el administrado y la copia presentada, la fidelidad del contenido de esta última para su empleo en los procedimientos de la entidad, cuando en la actuación administrativa sea exigida la agregación de los documentos o el administrado desee agregados como prueba;
Que, mediante Resolución de Superintendencia Nacional Adjunta de Administración y Finanzas N° 028-2017-SUNAT/800000; se designó a los servidores Hitler Rosillo Vallejo y Segundo Wilber Canales López como Fedatarios Administrativos Titular y Alterno de la Intendencia de Aduana de Tarapoto, respectivamente;
Que, en mérito a los fundamentos expuestos en el Informe N° 000008-2026-SUNAT/3U0000 de fecha 22 de junio de 2026, emitido por la Intendencia de Aduana de Tarapoto, se estima conveniente dejar sin efecto las designaciones a las que se hace referencia en el considerando precedente y designar a los servidores que ejercerán las funciones de Fedatario Administrativo Titular y Alterno en la citada Intendencia;
En uso de la facultad conferida por el literal h) del artículo 16 de la sección primera del Reglamento de Organización y Funciones de la Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria, aprobada por el Decreto Supremo N° 040-2023-EF y modificatoria;
SE RESUELVE:
Artículo 1.- Dejar sin efecto las designaciones como Fedatarios Administrativos Titular y Alterno de la Intendencia de Aduana de Tarapoto, de los servidores que se indican a continuación:
Fedatario Administrativo Titular:
- HITLER ROSILLO VALLEJOS
Fedatario Administrativo Alterno:
- SEGUNDO WILBER CANALES LOPEZ
Artículo 2.- Designar como Fedatarios Administrativos Titular y Alterno de la Intendencia de Aduana de Tarapoto, a los servidores que se indican a continuación:
Fedatario Administrativo Titular:
- EDWARD JORGE CARDENAS
Fedatario Administrativo Alterno:
- ROGER ISAAC BOCANEGRA VIENA
Regístrese, comuníquese y publíquese.
KARLA YVONNE FERNANDEZ GRANADOS
Superintendente Nacional Adjunto de
Administración y Finanzas
Superintendencia Nacional de Aduanas
y de Administración Tributaria
2530247-1

sunatdesignación personal

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