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Subsecretaría de Administración Pública ejecuta Plan de Asistencia Técnica territorial 2026

RESOLUCION N° 005-2026-PCM-SGP · PRESIDENCIA DEL CONSEJO DE MINISTROS · El Peruano · 19 de mayo de 2026

Aprueban el “Plan de Asistencia Técnica con enfoque territorial al Gobierno Subnacional en materias de modernización de la gestión pública para el año 2026”

Resumen

Aprueba el Plan de Asistencia Técnica con enfoque territorial para gobiernos regionales y municipalidades durante 2026, como instrumento de la Política Nacional de Modernización de Gestión Pública al 2030. Vence el 31 de diciembre de 2026.

A quién impacta

Subsecretaría debe ejecutar el Plan durante 2026 y presentar informe de evaluación dentro de 15 días hábiles posteriores al 31 de diciembre de 2026.

Fuente oficial: texto completo en El Peruano

Texto oficial completo

Texto extraído de la publicación oficial en El Peruano. El documento original es la única versión con valor legal.

Miraflores, 15 de mayo de 2026
VISTO:
El Informe N° D000213-2026-PCM-SSAP de la Subsecretaría de Administración Pública de la Secretaría de Gestión Pública de la Presidencia del Consejo de Ministros;
CONSIDERANDO:
Que, el artículo 4 de La Ley N° 27658, Ley Marco de Modernización de la Gestión del Estado y sus modificatorias, establece que el proceso de modernización de la gestión del Estado tiene como finalidad fundamental la obtención de mayores niveles de eficiencia del aparato estatal, de manera que se logre una mayor atención a la ciudadanía, priorizando y optimizando el uso de los recursos públicos;
Que, el artículo 13 del Reglamento del Sistema Administrativo de Modernización de la Gestión Pública, aprobado por Decreto Supremo N° 123-2018-PCM, señala que la Presidencia de Consejo de Ministros, a través de la Secretaría de Gestión Pública ejerce la rectoría del Sistema Administrativo de Modernización de la Gestión Pública. Mencionando en el literal e) del artículo 14 de la citada norma, como una atribución del rector el “desarrollar y promover mecanismos que incentiven a las entidades a modernizar su gestión, y cuando sea necesario, brindar apoyo técnico para su implementación”;
Que, el artículo 73 del Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones de la Presidencia de Consejo de Ministros, aprobado con Resolución Ministerial N° 199- 2025-PCM, establece que la Subsecretaría de Administración Pública es la unidad orgánica de línea encargada de diseñar, proponer, implementar y evaluar las políticas, normas, instrumentos y estrategias en materias de estructura, organización y funcionamiento del Estado, gestión por procesos, evaluación de riesgos de gestión, gobierno abierto y gestión del conocimiento. Siendo una de sus competencias de acuerdo con el literal n) del artículo 74 de la citada norma, el “brindar asistencia técnica en las materias vinculadas con sus funciones”;
Que, la Política Nacional de Modernización de Gestión Pública - PNMGP al 2030, aprobada con Decreto Supremo N° 103-2022-PCM, establece en su artículo 4 que las entidades de la administración pública coordinen con la Presidencia del Consejo de Ministros la implementación de los servicios identificados y otras acciones a fin de contribuir al cumplimiento de los objetivos de la PNMGP al 2030;
Que, con Resolución de Secretaría de Gestión Pública N° 001-2023-PCM-SGP se aprueba el instrumento que contiene los servicios administrativos e indicadores de la Política Nacional de Modernización de la Gestión Pública al 2030, disponiendo entre ellos los siguientes servicios administrativos: “S.3.2.1 Asistencia técnica oportuna con pertinencia territorial e intercultural para la implementación de la gestión del conocimiento en las entidades públicas de los tres niveles de gobierno” y “S.4.2.1 Asistencia técnica oportuna con pertinencia territorial en Gobierno Abierto para las entidades públicas de los tres niveles de gobierno”;
Que, mediante Resolución de Secretaría de Gestión Pública N° 001-2025-PCM/SGP se aprueba la Norma técnica N° 001-2025-PCM/SGP para la Gestión del Conocimiento en el sector público, estableciendo en su numeral 9.1, que la Secretaría de Gestión Pública es responsable de proveer la normativa, herramientas, normas complementarias, asistencia técnica necesaria para su implementación;
Que, el artículo 5 de la Resolución de Secretaría de Gestión Pública N° 002-2025-PCM-SGP, que aprueba la Norma Técnica N° 002-2025-PCM/SGP para la Gestión por Procesos en las entidades de la Administración Pública, se establece que la Secretaría de Gestión Pública emite opinión y absuelve las consultas que formulen las entidades respecto a los contenidos e interpretación de la norma técnica;
Que, en el artículo 2 de la Resolución de Secretaría de Gestión Pública N° 003-2025-PCM-SGP, que aprueba el “Plan de Asistencia Técnica con enfoque territorial al Gobierno Subnacional en materias de modernización de la gestión pública para el año 2025”, indica que la Subsecretaría de Administración Pública deberá presentar un informe de evaluación respecto a la ejecución de los talleres especializados dirigido a seis grupos macrorregionales.
Que, en aplicación de este último, el Informe N° D000694-2025-PCM-SSAP reporta que la implementación del plan, como una estrategia integrada para brindar el servicio administrativo de asistencia técnica, alcanzó el noventa y seis porciento (96%) del territorio nacional; con la participación de doscientos ochenta y cinco servidores civiles pertenecientes a veinte Gobiernos Regionales y ciento siete Municipalidades. Lo que se complementa con resultados en el incremento de las opiniones técnicas favorables sobre documentos de gestión organizacional y en las consultas atendidas por el asistente virtual en materia de estructura, organización y funcionamiento del Estado RofBot; por lo que se advierte la necesidad de dar continuidad a la estrategia de las asistencias técnicas presenciales y así cubrir la demanda a nivel nacional, para la implementación de los estándares de obligatorio cumplimiento, así como de las normas, instrumentos y mecanismos aprobados en las materias de estructura, organización y funcionamiento del Estado, gestión por procesos, gobierno abierto y gestión del conocimiento.
Que, bajo ese contexto, la Subsecretaría de Administración Pública de la Presidencia del Consejo de Ministros propone la aprobación del Plan de Asistencia Técnica con enfoque territorial al Gobierno Subnacional en materias de modernización de la gestión pública para el año 2026, cuyo objetivo es brindar asistencia técnica especializada a las unidades de organización de los gobiernos regionales y locales responsables de dirigir el proceso de modernización de la gestión institucional, adquiriendo las capacidades para la implementación de las normas y lineamientos técnicos sobre las materias de estructura, organización y funcionamiento del Estado, gestión por procesos, gestión del conocimiento, gobierno abierto; y para la implementación de las acciones que contribuyan al cumplimiento de los objetivos de la PNMGP al 2030;
Que, por lo antes expuesto, resulta conveniente aprobar el Plan de Asistencia Técnica con enfoque territorial al Gobierno Subnacional en materias de modernización de la gestión pública para el año 2026;
De conformidad con lo establecido en la Ley N° 27658, Ley Marco de Modernización de la Gestión del Estado y sus modificatorias, la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo, el Reglamento del Sistema Administrativo de Modernización de la Gestión Pública, aprobado mediante Decreto Supremo N° 123-2018-PCM, y el Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones de la Presidencia del Consejo de Ministros, aprobado mediante Resolución Ministerial N° 199-2025-PCM;
SE RESUELVE:
Artículo 1.- Aprobación
Aprobar el “Plan de Asistencia Técnica con enfoque territorial al Gobierno Subnacional en materias de modernización de la gestión pública para el año 2026”, la misma que como anexo forma parte integrante de la presente Resolución.
Artículo 2.- Vigencia
El Plan de Asistencia Técnica aprobado en el artículo 1, vence el 31 de diciembre del 2026; debiendo la Subsecretaría de Administración Pública presentar un informe de evaluación dentro de los quince (15) días hábiles siguientes a su vencimiento.
Artículo 3.- Publicación
Disponer la publicación de la presente Resolución de Secretaría de Gestión Pública y del Plan aprobado mediante el artículo 1, en la Plataforma Digital Única del Estado Peruano (www.gob.pe) y en la sede digital de la Presidencia del Consejo de Ministros (www.gob.pe/pcm), el mismo día de la publicación de la presente norma en el diario oficial El Peruano.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
JUAN CARLOS PASCO HERRERA
Secretario de Gestión Pública
Presidencia del Consejo de Ministros
2516603-1

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