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MEF aprueba índices de distribución de regalía minera para junio 2026

RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 301-2026-EF/50 · ECONOMÍA Y FINANZAS · El Peruano · 23 de julio de 2026

Resolución Ministerial que aprueba los índices de distribución de la regalía minera correspondientes al mes de junio del año 2026

Resumen

Aprueba los coeficientes técnicos mensuales para distribuir la regalía minera recaudada entre gobiernos regionales, gobiernos locales y universidades nacionales. Rige desde su publicación en El Peruano.

A quién impacta

Gobiernos regionales, locales y universidades nacionales: informarse de los índices de distribución publicados para recibir la regalía dentro de treinta días calendario desde el último pago.

Fuente oficial: texto completo en El Peruano

Texto oficial completo

Texto extraído de la publicación oficial en El Peruano. El documento original es la única versión con valor legal.

Lima, 21 de julio del 2026
CONSIDERANDO:
Que, el artículo 1 de la Ley N° 28258, Ley de Regalía Minera, señala que tiene por objeto establecer la regalía minera, su constitución, determinación, administración, distribución y utilización;
Que, el numeral 2.1 del artículo 2 de la referida Ley define la regalía minera como la contraprestación económica que los sujetos de la actividad minera pagan al Estado por la explotación de los recursos minerales metálicos y no metálicos;
Que, el numeral 8.2 del artículo 8 de la citada Ley establece que el Ministerio de Economía y Finanzas distribuye mensualmente los recursos recaudados por concepto de regalía minera, en el plazo máximo de treinta (30) días calendario posteriores al último día de pago de la misma, entre los gobiernos regionales, municipalidades y universidades nacionales;
Que, los numerales 16.1, 16.2, 16.3 y 16.4 del artículo 16 del Reglamento de la Ley N° 28258, Ley de Regalía Minera, aprobado mediante el Decreto Supremo N° 157-2004-EF, señalan que, para la distribución a que se refiere el artículo 8 de la mencionada Ley, se tiene en cuenta la información proporcionada por el Instituto Nacional de Estadística e Informática (INEI), la Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria (SUNAT) y la Dirección General de Educación Superior Universitaria del Ministerio de Educación (MINEDU); asimismo, el numeral 16.5 del citado artículo establece que, con la información señalada en los citados numerales, el Ministerio de Economía y Finanzas determina los índices de distribución de la regalía minera, los mismos que son aprobados mensualmente a través de una resolución ministerial;
Que, el numeral 52.1 del artículo 52 del Decreto Legislativo N° 1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público, establece que los índices de distribución de la regalía minera, entre otros, son aprobados por el Ministerio de Economía y Finanzas mediante resolución ministerial, sobre la base de los cálculos que para tal efecto formule la Dirección General de Presupuesto Público, considerando los criterios establecidos en el marco legal correspondiente;
Que, con base en la información proporcionada por el INEI, mediante el Oficio N° 000960-2025-INEI/JEF; la SUNAT, con el Oficio N° 000205-2026-SUNAT/7B0000; y la Dirección General de Educación Superior Universitaria del MINEDU, a través de los Oficios N° 03288-2025-MINEDU/VMGP-DIGESU, N° 00708-2026-MINEDU/VMGP-DIGESU y N° 01321-2026-MINEDU/VMGP-DIGESU, conforme a lo dispuesto en el artículo 16 del Reglamento de la Ley N° 28258, la Dirección General de Presupuesto Público ha realizado los cálculos para la determinación de los índices de distribución de la regalía minera correspondientes al mes de junio del año 2026;
Que, en ese sentido, resulta necesario aprobar los índices de distribución de la regalía minera correspondientes al mes de junio del año 2026;
De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 28258, Ley de Regalía Minera; en el Reglamento de la Ley N° 28258, Ley de Regalía Minera, aprobado mediante el Decreto Supremo N° 157-2004-EF; y en el Decreto Legislativo N° 1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público;
SE RESUELVE:
Artículo 1.- Objeto
Se aprueban los índices de distribución de la regalía minera correspondientes al mes de junio del año 2026, a ser aplicados a los gobiernos regionales, gobiernos locales y universidades nacionales beneficiados, conforme al Anexo “Índices de distribución Regalía Minera Junio de 2026”, que forma parte integrante de la presente Resolución Ministerial.
Artículo 2.- Publicación
La presente Resolución Ministerial y su Anexo se publican en la sede digital del Ministerio de Economía y Finanzas (www.gob.pe/mef), en la misma fecha de publicación de la presente norma en el diario oficial El Peruano.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
RODOLFO ACUÑA NAMIHAS
Ministro de Economía y Finanzas
2537371-1

tributarioregalía mineradistribución de recursosgobiernos subnacionales

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