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Poder Judicial aprueba Directiva de desplazamiento de personal en regímenes D.L. 728 y 1057

RESOLUCION ADMINISTRATIVA N° 000105-2026-CE-PJ · CONSEJO EJECUTIVO DEL PODER JUDICIAL · El Peruano · 21 de abril de 2026

Aprueban la Directiva denominada “Desplazamiento del personal del Poder Judicial comprendido en los regímenes laborales regulados por los Decretos Legislativos N.° 728, a plazo indeterminado, y 1057 – Versión 001”

Resumen

Aprueba nueva Directiva que regula el desplazamiento del personal judicial en los regímenes de carrera pública y contratación por servicios, derogando las directivas anteriores de 2011 y 2020. Rige desde su publicación en el Portal Institucional del Poder Judicial.

A quién impacta

Dependencias del Poder Judicial: aplicar las disposiciones de desplazamiento conforme a la Directiva aprobada al autorizar o efectuar traslados de personal comprendido en ambos regímenes laborales.

Fuente oficial: texto completo en El Peruano

Texto oficial completo

Texto extraído de la publicación oficial en El Peruano. El documento original es la única versión con valor legal.

Consejo Ejecutivo
Lima, 14 de abril del 2026
VISTOS:
El Oficio N° 000233-2026-GG-PJ, de la Gerencia General del Poder Judicial, que contiene el Informe N° 000275-2026-GAJ-GG-PJ, de la Gerencia de Asesoría Jurídica; y el Memorando N° 000290-2026-GMPP-GG-PJ, de la Gerencia de Modernización, Planeamiento y Presupuesto, que contiene el Informe N° 00048-2026-SM-GMPP-GG-PJ, elaborado por la Subgerencia de Modernización, con relación al proyecto de Directiva denominado “Desplazamiento del personal del Poder Judicial comprendido en los regímenes laborales regulados por los Decretos Legislativos N° 728, a plazo indeterminado, y 1057 - Versión 001”.
CONSIDERANDO:
Primero. El numeral 16.2 del artículo 16 de la Ley N° 27658, Ley Marco de Modernización de la Gestión del Estado, establece que: “(…) Los entes rectores de los sistemas administrativos implementan acciones que contribuyan a la eficiencia y la simplificación de los sistemas administrativos bajo su competencia, para lo cual revisan periódicamente sus regulaciones a fin de determinar el efecto y los costos de su aplicación en la gestión pública, considerando la heterogeneidad institucional del Estado (…)”.
Segundo. En ese contexto normativo, el artículo 5 del Decreto Supremo N° 123-2018-PCM, que aprobó el Reglamento del Sistema Administrativo de Modernización de la Gestión Pública, señala que: “(…) Las entidades públicas aplican la gestión por resultados como un modelo de gestión que permite identificar y adoptar decisiones sobre todo aquellos aspectos que contribuyan a la creación del valor público (…)”.
Tercero. En relación a lo antes mencionado, se tiene que el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial mediante Resolución Administrativa N° 0463-2025-CE-PJ1, aprobó la Directiva N° 012-2025-CE-PJ denominada “Disposiciones para el Desarrollo de Documentos Normativos en el Poder Judicial - Versión 004”, (en adelante la Directiva) que regula el proceso para la formulación, revisión, aprobación y difusión estandarizada de Documentos Normativos en el Poder Judicial; la cual en el numeral 6.1 dispone que: “(…) Son documentos normativos, todos aquellos destinados a organizar y ejecutar actos de administración interna en el Poder Judicial, como los descritos en el numeral 1.2.1 del artículo 1º del Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444 -Ley del Procedimiento Administrativo General, aprobado mediante Decreto Supremo N° 004-2019-JUS (…)”.
Cuarto. A razón del marco normativo antes expuesto, mediante el Proveído N° 4623-2025-SG-CE-PJ, la Secretaría General del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, luego de analizar el Oficio N° 1217-2025-GG-PJ de la Gerencia General del Poder Judicial, que contiene el proyecto de Directiva denominado “Desplazamiento del personal del Poder Judicial comprendido en los regímenes laborales regulados por los Decretos Legislativos N° 728, a plazo indeterminado, y 1057 - Versión 001”, remitió el Informe N° 001-2025-JMCV-CE-PJ del Consejero Johnny Manuel Cáceres Valencia, mediante el cual se formularon observaciones al referido documento normativo. En atención a ello, la Gerencia de Modernización, Planeamiento y Presupuesto, a partir de las coordinaciones realizadas con la Gerencia de Recursos Humanos, obtuvo el proyecto de Directiva actualizado con la misma denominación antes mencionada, el cual tiene por objeto establecer las disposiciones que regulen las actividades de desplazamiento del personal del Poder Judicial comprendido en los regímenes laborales regulados por los Decretos Legislativos N° 728, a plazo indeterminado, y 1057, así como subsanar las observaciones formuladas en el citado informe.
Quinto. En cumplimiento de la Directiva N° 012-2025-CE-PJ, denominada “Disposiciones para el Desarrollo de Documentos Normativos en el Poder Judicial - Versión 004”, la Subgerencia de Modernización, en el ámbito de sus funciones, mediante el Informe N° 00027-2026-SM-GMPP-GG-PJ, reitera la opinión favorable emitida a través del Informe N° 000191-2025-SM-GMPP-GG-PJ y del Memorando N° 0233-2025-SM-GMPP-GG-PJ, en los cuales se concluyó que el proyecto de Directiva denominado “Desplazamiento del personal del Poder Judicial comprendido en los regímenes laborales regulados por los Decretos Legislativos N° 728, a plazo indeterminado, y 1057 - Versión 001” cumple con lo establecido en el numeral 6.4 de la citada Directiva; precisándose además que el referido proyecto normativo se adecua a lo dispuesto en el numeral 6.1 del mismo instrumento. En ese sentido, mediante el Memorando N° 000290-2026-GMPP-GG-PJ, la Gerencia de Modernización, Planeamiento y Presupuesto otorga opinión técnica favorable para continuar con el trámite de aprobación correspondiente.
Sexto. Sin perjuicio de lo antes expuesto, de la revisión del proyecto de Directiva denominado “Desplazamiento del personal del Poder Judicial comprendido en los regímenes laborales regulados por los Decretos Legislativos N° 728, a plazo indeterminado, y 1057 - Versión 001”, se advierte que su alcance comprende la aplicación y el cumplimiento obligatorio para todo el personal sujeto a los regímenes laborales regulados por los Decretos Legislativos N° 728, a plazo indeterminado, y 1057; por lo que resulta pertinente continuar con el trámite correspondiente para su aprobación.
Séptimo. La Gerencia de Asesoría Jurídica informó que luego de analizar el contenido y alcances del proyecto de Directiva denominado “Desplazamiento del personal del Poder Judicial comprendido en los regímenes laborales regulados por los Decretos Legislativos N° 728, a plazo indeterminado, y 1057 - Versión 001, emite opinión legal favorable; ya que fue formulado siguiendo las disposiciones establecidas en la antes citada Directiva N° 012-2025-CE-PJ denominada “Disposiciones para el Desarrollo de Documentos Normativos en el Poder Judicial” - Versión 004.
Octavo. El artículo 82, inciso 26), del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial determina como función y atribución del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, la adopción de acuerdos y demás medidas necesarias para que las dependencias de este Poder del Estado funcionen con celeridad y eficiencia; y teniendo en cuenta el propósito de brindar un mejor servicio a la ciudadanía, deviene en pertinente aprobar el proyecto de directiva mencionado.
En consecuencia; en mérito al Acuerdo N° 310-2026 de la décima quinta sesión del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, de fecha 25 de marzo de 2026, realizada con la participación de las señoras Tello Gilardi y Barrios Alvarado, y los señores Bustamante Zegarra, Cáceres Valencia y Zavaleta Grández; en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 82 del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial. Por unanimidad,
SE RESUELVE:
Artículo Primero.- Aprobar la Directiva denominada “Desplazamiento del personal del Poder Judicial comprendido en los regímenes laborales regulados por los Decretos Legislativos N° 728, a plazo indeterminado, y 1057 - Versión 001”.
Artículo Segundo.- Dejar sin efecto las Directivas Nros. 006-2011-CE-PJ, y la Directiva N° 018-2020-CE-PJ, aprobadas mediante Resoluciones Administrativas Nros. 223-2011-CE-PJ y 000316-2020-CE-PJ, respectivamente; así como cualquier otra disposición, que se oponga a lo establecido en la presente resolución.
Artículo Tercero.- Publicar la presente resolución y el documento aprobado, en el Portal Institucional del Poder Judicial (www.pj.gob.pe), para su difusión y cumplimiento.
Artículo Cuarto.- Notificar la presente resolución a la Presidencia del Poder Judicial, Presidencias de las Salas de la Corte Suprema de Justicia de la República, Autoridad Nacional de Control del Poder Judicial, Oficina de Administración de la Corte Suprema de Justicia de la República, Presidencias de la Cortes Superiores de Justicia del país, Órgano de Control Institucional, Procuraduría Pública del Poder Judicial; y a la Gerencia General del Poder Judicial, para su conocimiento y fines pertinentes.
Regístrese, publíquese, comuníquese y cúmplase.
JANET TELLO GILARDI
Presidenta
Consejo Ejecutivo
1 De fecha 23 de diciembre de 2025
2507769-1

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