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PRODUCE aprueba Estrategia Nacional para Fortalecer la Competitividad de las Cooperativas 2026-2029

RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 00215-2026-PRODUCE · PRODUCE · El Peruano · 26 de julio de 2026

Aprueban la Estrategia Nacional para Fortalecer la Competitividad de las Cooperativas Cooperando Progresamos 2026-2029

Resumen

Aprueba la estrategia "Cooperando Progresamos 2026-2029" como instrumento de diseño, organización y gestión de acciones para el desarrollo cooperativo a nivel nacional y regional. Rige desde el 27 de julio de 2026.

A quién impacta

Unidades internas del PRODUCE deben conocer y aplicar las líneas de acción de la estrategia en sus respectivos ámbitos durante 2026-2029; el impacto sobre terceros externos depende de su implementación.

Fuente oficial: texto completo en El Peruano

Texto oficial completo

Texto extraído de la publicación oficial en El Peruano. El documento original es la única versión con valor legal.

Lima, 24 de julio de 2026
VISTOS: El Memorando N° 00000640-2026-PRODUCE/DGDE de la Dirección General de Desarrollo Empresarial; el Memorando N° 00000640-2026-PRODUCE/DVMYPE-I del Despacho Viceministerial de MYPE e Industria; el Memorando N° 00000472-2026-PRODUCE/DGPAR de la Dirección General de Políticas y Análisis Regulatorio; el Memorando Nº 00000627-2026-PRODUCE/OGPPM de la Oficina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización; y, el Informe N° 000000998-2026-PRODUCE/OGAJ de la Oficina General de Asesoría Jurídica; y,
CONSIDERANDO:
Que, el artículo 3 de la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de la Producción, aprobada por el Decreto Legislativo N° 1047, dispone que dicha entidad es competente, entre otros, en pesquería, acuicultura, industria, micro y pequeña empresa, comercio interno, promoción y desarrollo de cooperativas; asimismo, el numeral 5.2 del artículo 5 de la citada norma señala que tiene como funciones rectoras dictar normas y lineamientos técnicos para la adecuada ejecución y supervisión de las políticas, la gestión de los recursos del sector, entre otras;
Que, la Ley N° 29271, Ley que establece que el Ministerio de la Producción es el sector competente en materia de promoción y fomento de cooperativas, transfiriéndosele las funciones y competencias sobre micro y pequeña empresa; se constituyen como un mecanismo de promoción del desarrollo económico, social y empresarial del país; además, establece que el Ministerio de la Producción formula, aprueba y ejecuta las políticas de alcance nacional para el fomento y promoción de las cooperativas como empresas que promueven el desarrollo económico y social;
Que, mediante el Decreto Legislativo N° 85, se aprobó la Ley General de Cooperativas, declarando de necesidad nacional y utilidad pública, la promoción y la protección del cooperativismo, como un sistema eficaz para contribuir al desarrollo económico, al fortalecimiento de la democracia y a la realización de la justicia social;
Que, el numeral 3.3 del artículo 3 del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de la Producción, aprobado por el Decreto Supremo N° 002-2017-PRODUCE, señala que el Ministerio de la Producción es “competente de manera compartida con los gobiernos regionales y gobiernos locales en materia de pesquería artesanal, acuicultura de pequeña, acuicultura de recursos limitados, promoción de la industria y comercio interno en el ámbito de su jurisdicción, micro y pequeña empresa y cooperativas”;
Que, el Plan Estratégico Sectorial Multianual 2024 -2030 señala como Objetivo Estratégico Sectorial 1 – OES 1: Elevar los niveles de desarrollo productivo y sostenible de las micro, pequeñas y medianas empresas, para cumplir con el objetivo plantea incidir directamente sobre la “competitividad empresarial, que se puede lograr entre otros con la implementación de instrumentos financieros y la identificación de empresas tractoras. En este sentido, las cooperativas deben ser vistas como instrumento para que las MYPES alcancen la competitividad empresarial;
Que, el Plan Operativo Institucional Multianual 2026-2029 del Ministerio de la Producción, precisa el OEI 03 “Promover el desarrollo empresarial de la MIPYME”, el cual involucra el desarrollo de las cooperativas en el marco de las funciones de la Dirección de Cooperativas e Institucionalidad;
Que, con el Informe A/RES/76/135 de la Secretaría General de las Naciones Unidas, señala que: “Para ayudar a las cooperativas a ser empresas sostenibles y pujantes, es preciso crear un entorno propicio que combine normas y reglamentos claros y otros servicios como las infraestructuras blandas y duras, la financiación a tipos de interés asequibles, redes empresariales y servicios de apoyo”. Dentro de las infraestructuras blandas se considera el liderazgo. En consecuencia, es muy importarte que se fortalezca el liderazgo en las cooperativas de las diferentes tipologías y regiones;
Que, la Dirección General de Desarrollo Empresarial a través del Memorando Nº 00000640-2026-PRODUCE/DGDE y el Informe N° 00000026-2026-PRODUCE/DCI-cmoreno, sustenta la necesidad de “Aprobar la Estrategia Nacional para Fortalecer la Competitividad de las Cooperativas Cooperando Progresamos 2026-2029”, como instrumento de diseño, organización, gestión e implementación de acciones que promueven condiciones adecuadas para el desarrollo de las cooperativas a nivel regional y nacional;
Que, a través del Informe N° 00000472-2026-PRODUCE/DGPAR, de la Dirección General de Políticas y Análisis Regulatorio, se considera viable la aprobación del proyecto de Resolución Ministerial que aprueba la “Estrategia Nacional para Fortalecer la Competitividad de las Cooperativas Cooperando Progresamos 2026-2029”;
Que, mediante el Memorando N° 00000627-2026-PRODUCE/OGPPM, la Oficina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización, concluye que no se emiten observaciones a la propuesta de resolución ministerial; recomendando la continuación del trámite correspondiente;
Que, por el Informe N° 000000998-2026 PRODUCE/OGAJ, de la Oficina General de Asesoría Jurídica, en el marco de sus competencias, opina que, desde el punto de vista estrictamente legal, resulta viable la emisión de la Resolución Ministerial que dispone la aprobación de la Estrategia Nacional para Fortalecer la Competitividad de las Cooperativas Cooperando Progresamos 2026-2029;
Con las visaciones del Despacho Viceministerial de MYPE e Industria, la Dirección General de Desarrollo Empresarial, la Dirección General de Políticas y Análisis Regulatorio, de la Oficina General de Planificación, Presupuesto y Modernización y de la Oficina General de Asesoría Jurídica; y,
Que, de conformidad con lo dispuesto con el Decreto Legislativo N° 1047 que aprueba la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de la Producción, la Ley N° 29271, Ley que establece que el Ministerio de la Producción es el sector competente en materia de promoción y desarrollo de cooperativas, transfiriéndosele las funciones y competencias sobre micro y pequeña empresa, y el Decreto Supremo N° 002-2017-PRODUCE que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de la Producción;
SE RESUELVE:
Artículo 1.- Aprobación de la “Estrategia Nacional para Fortalecer la Competitividad de las Cooperativas Cooperando Progresamos 2026-2029”
Aprobar la Estrategia Nacional para Fortalecer la Competitividad de las Cooperativas Cooperando Progresamos 2026-2029, que como Anexo forma parte integrante de la presente Resolución Ministerial.
Artículo 2.- Recursos presupuestales
Lo dispuesto en la presente Resolución Ministerial se financia con cargo al presupuesto institucional del Ministerio de la Producción.
Artículo 3.- Notificación
Notificar la presente Resolución Ministerial a los órganos y programas del Ministerio de la Producción para su conocimiento y fines.
Artículo 4.- Publicación
Publicar la presente Resolución Ministerial y su Anexo en la sede digital del Ministerio de la Producción (www.gob.pe/produce), el mismo día de su publicación en el Diario Oficial El Peruano.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
CESAR MANUEL QUISPE LUJAN
Ministro de la Producción
2538181-1

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