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MINAM implementa Plan Multisectorial de vigilancia ambiental y sanitaria en zona marino costera

RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° D000166-2026-MINAM · AMBIENTE · El Peruano · 25 de mayo de 2026

Disponen la publicación del Plan Multisectorial de la Zona Marino Costera 2026

Resumen

Institucionaliza seguimiento de monitoreo ambiental, vigilancia epidemiológica y sanitaria en la zona marino costera afectada por derrame de hidrocarburos de enero 2022. Entidades públicas coordinan acciones según objetivos, actividades y plazos especificados en el Plan anexo; rige desde su publicación en El Peruano.

A quién impacta

Entidades públicas y autoridades locales involucradas: ejecutar vigilancia ambiental, epidemiológica y sanitaria conforme a actividades, responsables y plazos detallados en el Plan Multisectorial que integra esta Resolución.

Fuente oficial: texto completo en El Peruano

Texto oficial completo

Texto extraído de la publicación oficial en El Peruano. El documento original es la única versión con valor legal.

Magdalena del Mar, 22 de mayo del 2026
VISTOS;
El Informe N° D000048-2026-MINAM-VMGA-DGCA y los Memorandos N° D000661-2026-MINAM-VMGA-DGCA y D000933-2026-MINAM-VMGA-DGCA de la Dirección General de Calidad Ambiental; los Memorandos N° D000754-2026-MINAM-VMGA y D000998-2026-MINAM-VMGA del Viceministerio de Gestión Ambiental; el Informe N° D000181-2026-MINAM-SG-OGPP-OPM y Memorando N° D000177-2026-MINAM-SG-OGPP-OPM de la Oficina de Planeamiento y Modernización; los Memorandos N° D000449-2026-MINAM-SG-OGPP y N° D000628-2026-MINAM-SG-OGPP de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto; el Informe N° D000302-2026-MINAM-SG-OGAJ y Memorando N° D000327- 2026-MINAM-SG-OGAJ de la Oficina General de Asesoría Jurídica; y,
CONSIDERANDO:
Que, el numeral 22 del artículo 2 de la Constitución Política del Perú establece que toda persona tiene derecho a gozar de un ambiente equilibrado y adecuado al desarrollo de su vida;
Que, el artículo 34 de la Ley N° 28611, Ley General del Ambiente, dispone que la Autoridad Ambiental Nacional coordina con las autoridades competentes la formulación, ejecución y evaluación de los planes destinados a la mejora de la calidad ambiental o la prevención de daños irreversibles en zonas vulnerables, y vigila según sea el caso, su fiel cumplimiento;
Que, el 15 de enero de 2022 la empresa Refinería La Pampilla S.A.A. – RELAPASAA, empresa operadora de la Refinería La Pampilla, reportó la emergencia ambiental por la presencia de un producto oleoso en la mar ocasionada por el derrame de barriles de hidrocarburos;
Que, la Resolución Ministerial N° 021-2022-MINAM, modificada por la Resolución Ministerial N° 042-2022-MINAM, declaró en emergencia ambiental el área geográfica que comprende la zona marina costera por un plazo de noventa (90) días hábiles y aprobó el Plan de Acción Inmediato y de Corto Plazo para la atención de la emergencia ambiental; siendo dicha declaratoria prorrogada a través de la Resolución Ministerial N° 133-2022-MINAM por el plazo de noventa (90) días hábiles, a partir del 2 de junio de 2022;
Que, la Declaratoria de Emergencia Ambiental culminó en el año 2022, por lo que, al haberse agotado su prórroga, las acciones posteriores se desarrollaron por medio de un Plan Post Declaratoria de Emergencia Ambiental y planes multisectoriales, conforme a la normativa vigente en su momento;
Que, en efecto, con Resolución Ministerial N° 101- 2023-MINAM, se publicaron los objetivos, actividades, responsables y plazos relacionados al Plan Post Declaratoria de Emergencia Ambiental en la Zona Marino Costera, en adelante Plan Post DEA ZMC, para la implementación de medidas interinstitucionales para el seguimiento de las acciones de rehabilitación y recuperación ambiental de la zona marino costera afectada por el derrame de hidrocarburos;
Que, asimismo, a través de la Resolución Ministerial N° 151-2024-MINAM, se publicaron los objetivos, actividades, responsables y plazos, relacionados al Plan Multisectorial de la Zona Marino Costera para la implementación de medidas interinstitucionales para la atención de la problemática generada, así como el seguimiento de las acciones de rehabilitación y recuperación ambiental de la zona marino costera afectada por el derrame de hidrocarburos;
Que, en esa línea, mediante la Resolución Ministerial N° 121-2025-MINAM, se publicaron los objetivos, actividades, responsables y plazos, relacionados al Plan Multisectorial de la Zona Marino Costera 2025, para la implementación de medidas interinstitucionales para la atención de la problemática generada, así como el seguimiento de las acciones de rehabilitación y recuperación ambiental de la zona marino costera afectada por el derrame de hidrocarburos;
Que, mediante el Informe N° D000015-2026-MINAM-VMGA-DGCA-DCAE, denominado “Informe Final del Plan Multisectorial de la Zona Marino Costera 2025”, la Dirección General de Calidad Ambiental concluye que, resulta necesario continuar con la implementación de medidas complementarias a mediano plazo, relacionadas a calidad ambiental, salud y articulación institucional, que incluyan acciones de vigilancia y supervisión ambiental, evaluaciones biológicas ambientales, acciones de control y seguimiento de riesgo a la salud, así como actividades de seguimiento para el retorno seguro a las playas, con la finalidad de contribuir a la rehabilitación y recuperación de la zona marino costera afectada;
Que, por su parte, el literal d) del artículo 95 del Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio del Ambiente, aprobado mediante Resolución Ministerial N° 108-2023-MINAM, establece que es función de la Dirección General de Calidad Ambiental el conducir la elaboración, aplicación y seguimiento de los instrumentos de control y remediación ambiental, descontaminación de ambientes degradados y sitios contaminados, así como de las sustancias tóxicas y los materiales peligrosos, en el marco de sus competencias y de acuerdo a la normatividad vigente;
Que, el artículo 99 del citado Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio del Ambiente establece que la Dirección de Control de la Contaminación y Sustancias Químicas, unidad orgánica de línea que depende de la Dirección General de Calidad Ambiental, se encarga de formular instrumentos técnicos-normativos y promover la gestión integral de las sustancias químicas y el control y remediación de los componentes degradados del ambiente, por contaminación;
Que, en ese contexto, mediante Informe N° D000048-2026-MINAM-VMGA-DGCA, la Dirección General de Calidad Ambiental, sustenta la necesidad de publicar el Plan Multisectorial de la Zona Marino Costera 2026, cuyo objetivo es fortalecer las medidas interinstitucionales de vigilancia y monitoreo ambiental, vigilancia epidemiológica y sanitaria, prevención y fiscalización sanitaria en la zona marino costera afectada por el derrame de hidrocarburos ocurrido el 15 de enero de 2022;
Que, en ese sentido, se realizaron reuniones de trabajo multisectoriales con entidades del Poder Ejecutivo, Gobiernos Regionales, Gobiernos Locales de la zona marino costera afectados por el derrame de hidrocarburos, para formular las acciones a ejecutar en el Plan Multisectorial de la Zona Marino Costera 2026, teniendo en consideración la información obtenida en el análisis de los resultados de la implementación del Plan Multisectorial de la Zona Marino Costera 2025, publicado con la Resolución Ministerial N° 121-2025-MINAM;
Con el visado del Viceministerio de Gestión Ambiental, de la Dirección General de Calidad Ambiental, de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto, y de la Oficina General de Asesoría Jurídica;
De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 28611, Ley General del Ambiente; el Decreto Legislativo Nº 1013, Decreto Legislativo que aprueba la Ley de Creación, Organización y Funciones del Ministerio del Ambiente; y la Resolución Ministerial N° 108-2023-MINAM, que aprueba el Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio del Ambiente;
SE RESUELVE:
Artículo 1.- Publicar los objetivos, actividades, responsables y plazos del Plan Multisectorial de la Zona Marino Costera 2026, destinado a fortalecer las medidas interinstitucionales para el seguimiento de las acciones de monitoreo ambiental, vigilancia epidemiológica y sanitaria, prevención y fiscalización sanitaria de la zona marino costera afectada por el derrame de hidrocarburos, que forma parte integrante de la presente Resolución Ministerial.
Artículo 2.- La implementación del Plan Multisectorial de la Zona Marino Costera 2026 está a cargo de las entidades públicas involucradas en su cumplimiento, en coordinación con las autoridades locales.
Artículo 3.- Disponer la publicación de la presente resolución y del Plan Multisectorial de la Zona Marino Costera 2026 en la sede digital del Ministerio del Ambiente (www.gob.pe/minam), el mismo día de la publicación de la presente resolución en el Diario Oficial El Peruano.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
Nelly Paredes del Castillo
Ministra del Ambiente
2518513-1

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