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INACAL aprueba 16 Normas Técnicas Peruanas en alimentos, defensa civil, energías y otros sectores

RESOLUCIÓN DIRECTORAL N° 000014-2026-INACAL/DN · PRODUCE · El Peruano · 24 de julio de 2026

Aprueban diversas Normas Técnicas Peruanas y textos afines, conforme al procedimiento establecido en la Ley N° 30224

Resumen

Se aprueban 16 nuevas normas técnicas peruanas y se derogan 3 anteriores en materias de hortalizas, lácteos, aditivos, panadería, bebidas, defensa civil, productos forestales, aceros, transporte eléctrico, innovación y energías renovables. Rige desde su publicación en El Peruano (24 de julio de 2026).

A quién impacta

Fabricantes y productores en sectores regulados deben informarse sobre los nuevos estándares técnicos; la obligatoriedad de cumplimiento dependerá de su incorporación en regulaciones sectoriales específicas.

Fuente oficial: texto completo en El Peruano

Texto oficial completo

Texto extraído de la publicación oficial en El Peruano. El documento original es la única versión con valor legal.

San Isidro, 16 de julio del 2026
VISTO: El acta de fecha 30 de junio de 2026 del Comité Permanente de Normalización;
CONSIDERANDO:
Que, la Ley N° 30224, Ley que crea el Sistema Nacional para la Calidad y el Instituto Nacional de Calidad, dispone que el Instituto Nacional de Calidad - INACAL, es un Organismo Público Técnico Especializado, adscrito al Ministerio de la Producción, con personería jurídica de derecho público, con competencia a nivel nacional y autonomía administrativa, funcional, técnica, económica y financiera; además es el ente rector y máxima autoridad técnico normativa del Sistema Nacional para la Calidad;
Que, las actividades de Normalización se realizan sobre la base del Código de Buena Conducta para la Elaboración, Adopción y Aplicación de Normas, que como Anexo 3 forma parte del Acuerdo sobre Obstáculos Técnicos al Comercio de la Organización Mundial del Comercio (OMC), en concordancia con el artículo 4 de la Ley N° 30224, en el marco del Principio de no obstaculización comercial del Sistema Nacional para la Calidad;
Que, el numeral 19.1 del artículo 19 de la citada Ley establece que el órgano de línea responsable de la materia de normalización del INACAL, es la autoridad competente en materia de normalización, y puede delegar parte de las actividades de normalización en otras entidades, reservando para sí la función de aprobación de Normas Técnicas Peruanas; asimismo, el numeral 19.5 señala que, el órgano de línea a través del Comité Permanente de Normalización, aprueba las Normas Técnicas Peruanas y textos afines;
Que, conforme a lo establecido en el artículo 19 de la Ley N° 30224, en concordancia con el artículo 35 del Decreto Supremo N° 009-2019-PRODUCE, Reglamento de Organización y Funciones del INACAL, la Dirección de Normalización es la Autoridad Nacional competente para administrar la política y gestión de la Normalización, encontrándose encargada de conducir el desarrollo de normas técnicas para productos, procesos o servicios; aprobando las Normas Técnicas Peruanas y textos afines a las actividades de normalización a través del Comité Permanente de Normalización; y de acuerdo al artículo 36 del citado Reglamento, tiene entre sus funciones, la correspondiente a revisar y actualizar periódicamente las Normas Técnicas Peruanas, así como su difusión;
Que, conforme a lo dispuesto en el numeral 20.3 del artículo 20 de la Ley N° 30224, los Comités Técnicos de Normalización en materia de: a) Hortalizas y productos derivados, b) Leche y productos lácteos, c) Aditivos alimentarios, d) Panadería, pastelería y galletería, e) Bebidas no alcohólicas, f) Defensa civil, seguridad y resiliencia de la sociedad, g) Productos forestales maderables transformados, h) Aceros y aleaciones relacionadas, i) Transporte eléctrico, j) Gestión de la investigación, desarrollo tecnológico e innovación, k) Gestión y aseguramiento de la calidad, l) Evaluación de la conformidad, m) Energías renovables no convencionales, proponen aprobar 16 Proyectos de Normas Técnicas Peruanas y textos afines y dejar sin efecto 03 Normas Técnicas Peruanas y textos afines; sustentando ello en los informes que figuran en los expedientes correspondientes;
Que, mediante el Informe N° 011-2026-INACAL/DN.PN de fecha 30 de junio de 2026, la Dirección de Normalización señaló que los Proyectos de Normas Técnicas Peruanas, descritos en el considerando precedente ha cumplido con el procedimiento establecido en el artículo 20 de la Ley N° 30224;
Que, con base a los informes de los Comités Técnicos de Normalización y al informe de la Dirección de Normalización descrito precedentemente, el Comité Permanente de Normalización conformado con la Resolución de Presidencia Ejecutiva N° 104-2023-INACAL/PE y renovado con la Resolución de Presidencia Ejecutiva N° 000088-2025-INACAL/PE; en sesión de fecha 30 de junio del año 2026, acordó por unanimidad aprobar 16 Normas Técnicas Peruanas y textos afines, y dejar sin efecto 03 Normas Técnicas Peruanas y textos afines;
De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 30224, Ley que crea el Sistema Nacional para la Calidad y el Instituto Nacional de Calidad; el Decreto Supremo N° 009-2019-PRODUCE, Reglamento de Organización y Funciones del INACAL;
SE RESUELVE:
Artículo 1.- Aprobar las siguientes Normas Técnicas Peruanas y textos afines por los fundamentos de la presente resolución, conforme al procedimiento establecido en la Ley N° 30224:
NTP 011.711:2026 HORTALIZAS Y PRODUCTOS DERIVADOS. Zanahoria. Requisitos. 1ª Edición
NTP 011.713:2026 HORTALIZAS Y PRODUCTOS DERIVADOS. Cebolla roja. Requisitos. 1ª Edición
NTP 105.005:2026 LECHE Y PRODUCTOS LÁCTEOS. Queso mantecoso. Requisitos. 1ª Edición
NTP-ISO 10520:2026 Almidones y féculas nativos. Determinación del contenido de almidón. Método polarimétrico de Ewers. 1ª Edición
NTP 106.010:2026 PANADERÍA, PASTELERÍA Y GALLETERÍA. Turrón de Doña Pepa. Requisitos. 1ª Edición
NTP-ISO 8128-2:2026 Jugo de manzana, concentrados de jugo de manzana y bebidas que contienen jugo de manzana. Determinación del contenido de patulina. Parte 2: Método mediante el uso de cromatografía en capa fina. 1ª Edición
ETP-ISO/TS 22317:2026 Seguridad y resiliencia. Sistemas de gestión de la continuidad de negocio. Directrices para el análisis de impacto en el negocio. 2ª Edición
Reemplaza a la ETP-ISO/TS 22317:2019
NTP 260.025:2026 MUEBLES. Mesas de mobiliario escolar para instituciones educativas. Requisitos de seguridad y métodos de ensayo. 5ª Edición
Reemplaza a la NTP 260.025:2019
NTP 260.080:2026 MUEBLES. Pizarras para instituciones educativas. Definiciones y clasificación. 2ª Edición
Reemplaza a la NTP 260.080:2016
NTP 241.131:2026 PRODUCTOS DE ACERO. Alambre para resorte de acero aleado al cromo-silicio. Requisitos y métodos de ensayo. 1ª Edición
NTP-ISO 15118-2:2026 Vehículos de carretera. Interfaz de comunicación entre el vehículo y la red. Parte 2: Requisitos de los protocolos de red y aplicación. 1ª Edición
NTP-ISO 56008:2026 Gestión de la innovación. Herramientas y métodos para las mediciones de la operación de innovación. Orientación. 1ª Edición
NTP-ISO 10009:2026 Gestión de la calidad. Orientación para las herramientas de la calidad y su aplicación. 1ª Edición
ETP-ISO/IEC TS 17012:2026 Evaluación de la conformidad. Directrices para el uso de métodos de auditoría remota en auditorías de sistemas de gestión. 1ª Edición
RTP-ISO/IEC TR 17028:2026 Evaluación de la conformidad. Directrices y ejemplos de un esquema de certificación para servicios. 1ª Edición
ETP-IEC/TS 61724-2:2026 Desempeño del sistema fotovoltaico. Parte 2: Índice de desempeño de potencia y método de evaluación de la capacidad. 1ª Edición
Artículo 2.- Dejar sin efecto las siguientes Normas Técnicas Peruanas y textos afines:
ETP-ISO/TS 22317:2019 Seguridad de la sociedad. Sistemas de gestión de la continuidad de negocio. Directrices para el análisis de impacto en el negocio (BIA). 1a Edición
NTP 260.025:2019 MUEBLES. Mesas para instituciones educativas. Requisitos de seguridad y métodos de ensayo. 4ª Edición
NTP 260.080:2016 MUEBLES. Pizarras para instituciones educativas.
Definiciones y clasificación. 1a Edición
Regístrese, comuníquese y publíquese.
MARÍA DEL ROSARIO URÍA TORO
Directora de la Dirección de Normalización
Instituto Nacional de Calidad
2537093-1

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