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MTC deroga norma técnica para aeródromos de aeronaves menores a 5.700 kg

RESOLUCION DIRECTORAL N° 0240-2026-MTC/12 · TRANSPORTES Y COMUNICACIONES · El Peruano · 16 de mayo de 2026

Derogan la Resolución Directoral N° 476-2017-MTC/12 y dejan sin efecto la Norma Técnica Complementaria (NTC) 001-2017 “Aeródromos para aeronaves menores a 5,700 kg.”

Resumen

Deja sin efecto la NTC 001-2017 sobre aeródromos para aeronaves menores a 5.700 kg. Los operadores se rigen ahora por el Apéndice 2 de la RAP 139; rige desde el día siguiente de su publicación.

A quién impacta

Operadores de aeródromos afectados: informarse sobre exigencias técnicas en RAP 139 Apéndice 2 y adecuar procedimientos según corresponda.

Fuente oficial: texto completo en El Peruano

Texto oficial completo

Texto extraído de la publicación oficial en El Peruano. El documento original es la única versión con valor legal.

Lima, 7 de mayo del 2026
VISTO: El informe Nº 0277-2026-MTC/12.08 de la Dirección de Regulación, Promoción y Desarrollo Aeronáutico;
CONSIDERANDO:
Que, la Dirección General de Aeronáutica Civil del Ministerio de Transportes y Comunicaciones es la encargada de ejercer la Autoridad Aeronáutica Civil del Perú, siendo competente para aprobar, modificar y dejar sin efecto, entre otros, las directivas técnicas, conforme lo señala el literal c) del artículo 9 de la Ley Nº 27261, Ley de Aeronáutica Civil del Perú;
Que, el artículo 2 del Reglamento de la Ley de Aeronáutica Civil, aprobado por Decreto Supremo Nº 050-2001-MTC, señala que los aspectos de orden técnico y operativo que regulan las actividades aeronáuticas civiles se rigen, entre otras, por las Normas Técnicas Complementarias;
Que, al amparo de dichas competencias, mediante la Resolución Directoral Nº 476-2017-MTC/12, del 07 de agosto de 2017, fue aprobado el texto de Norma Técnica Complementaria (NTC) 001-2017 “Aeródromos para aeronaves menores a 5,700 kg.”;
Que, mediante el memorando Nº 0844-2026-MTC/12.04, del 23 de abril de 2026, la Dirección de Seguridad Aeronáutica, con base en el Informe Nº 0261-2026-MTC/12.04.01 de la Coordinación Técnica de Aeródromos, manifiesta, entre otros, que la NTC 001-2017 presenta deficiencias en las exigencias técnicas que pueden incidir en la seguridad operacional en los aeródromos y que los requisitos relativos a la autorización de funcionamiento y clausura de aeródromos públicos y privados se encuentran establecidos en el Apéndice 2 de la Regulación Aeronáutica del Perú (RAP) 139 “Certificación de Aeródromos”, aprobada mediante Resolución Directoral Nº 649-2018-MTC/12, del 01 de agosto de 2018;
Que, de acuerdo al artículo 110 del Texto Integrado actualizado del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, aprobado mediante Resolución Ministerial Nº 658-2021-MTC/01, la Dirección de Regulación, Promoción y Desarrollo Aeronáutico es la unidad orgánica dependiente de la Dirección General de Aeronáutica Civil encargada de la formulación de normas, reglamentos y demás disposiciones relacionadas con las actividades de aeronáutica civil e infraestructura aeroportuaria;
Que, dentro de sus funciones están las de formular y proponer las normas de carácter técnico, legal y administrativas para el desarrollo de las actividades de aeronáutica civil; así como proponer su actualización, modificación o derogación;
Que, con base en lo manifestado por la Dirección de Seguridad Aeronáutica mediante el memorando Nº 0844-2026-MTC/12.04, la Dirección de Regulación, Promoción y Desarrollo Aeronáutico, luego del análisis correspondiente, ha solicitado efectuar el trámite para dejar sin efecto la NTC 001-2017 “Aeródromos para aeronaves menores a 5,700 kg.”;
De conformidad con la Ley Nº 27261, Ley de Aeronáutica Civil del Perú; su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 050-2001-MTC; y estando a lo opinado por las áreas competentes;
SE RESUELVE:
Artículo Único.- Derogar la Resolución Directoral Nº 476-2017-MTC/12, del 07 de agosto de 2017 y, en consecuencia, dejar sin efecto la Norma Técnica Complementaria (NTC) 001-2017 “Aeródromos para aeronaves menores a 5,700 kg.”, por los motivos expuestos en la parte considerativa de la presente resolución.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
PAOLA MARIELLA MARIN UGARTE
Directora General de la Dirección
General de Aeronáutica Civil
Ministerio de Transportes y Comunicaciones
2515446-1

aviación civilaeródromosnormas técnicas

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