Tribunal Constitucional modifica plazo de vigencia del sistema de notificaciones electrónicas

RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA N° 056-2026-P/TC · TRIBUNAL CONSTITUCIONAL · El Peruano · 30 de mayo de 2026

Modifican primera disposición complementaria final del Reglamento del Sistema de Notificaciones Jurisdiccionales del Tribunal Constitucional

Resumen

Ajusta la fecha de entrada en vigencia del Reglamento del Sistema de Notificaciones Jurisdiccionales a treinta días desde su publicación en El Peruano. Establece régimen transitorio de notificación por cédula para quienes aún no tengan casilla electrónica habilitada.

A quién impacta

Abogados y partes procesales: informarse sobre la nueva fecha de vigencia del sistema de notificaciones y los medios de notificación aplicables durante el período transitorio.

Fuente oficial: texto completo en El Peruano

Texto oficial completo

Texto extraído de la publicación oficial en El Peruano. El documento original es la única versión con valor legal.

Lima, 27 de mayo de 2026
VISTAS
Las Resoluciones Administrativas 009-2026-P/TC y 019-2026-P/TC, emitidas el 29 de enero y 18 de febrero de 2026, respectivamente; la comunicación de la Secretaría General de fecha 25 de mayo de 2026; y,
CONSIDERANDO
Que, mediante la Resolución Administrativa 009-2026-P/TC, se aprueba el Reglamento del Sistema de Notificaciones Jurisdiccionales del Tribunal Constitucional, cuya vigencia inicia a los 30 días de efectuada la publicación en el diario oficial El Peruano;
Que, el Reglamento del Sistema de Notificaciones Jurisdiccionales del Tribunal Constitucional, se publica en el diario oficial El Peruano el 06 de febrero de 2026; en consecuencia, se encuentra vigente desde 06 de marzo de 2026;
Que, los artículos primero y segundo de la Resolución Administrativa 019-2026-P/TC, disponen, respectivamente, modificar del artículo 30 del Reglamento Normativo del Tribunal Constitucional; y, rectificar los errores materiales contenidos en los artículos 1.2, 2, 3 literales i) y j), así como en la Tercera y Cuarta Disposición Complementaria Final del Reglamento del Sistema de Notificaciones Jurisdiccionales del Tribunal Constitucional del texto del Reglamento del Sistema de Notificaciones Jurisdiccionales del Tribunal Constitucional;
Que, en la sesión extraordinaria de Pleno realizada el 21 de mayo de 2026, se acuerda modificar la primera disposición complementaria final del Reglamento del Sistema de Notificaciones Jurisdiccionales del Tribunal Constitucional, teniendo como sustento el Informe 006-2026-SG/TC;
Que, en consecuencia, es necesario expedir el acto administrativo que formalice la decisión adoptada;
En uso de las facultades conferidas a esta Presidencia por Ley Orgánica del Tribunal Constitucional y su Reglamento Normativo,
SE RESUELVE
Artículo Primero.- MODIFICAR la primera disposición complementaria final del Reglamento del Sistema de Notificaciones Jurisdiccionales del Tribunal Constitucional, la cual queda redactada de la siguiente manera:
“DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS FINALES
Primera.- Plazo para la entrada en vigencia del presente reglamento.
El presente reglamento entrará en vigencia a los treinta (30) días calendario contados desde la fecha de su publicación oficial en el Diario Oficial El Peruano, salvo lo dispuesto en los artículos 6.2 y 6.3 del presente reglamento. En la medida que los abogados o las partes procesales no tengan habilitada la casilla electrónica, el Tribunal Constitucional notificará por medios telemáticos o por cédula.”
Artículo Segundo.- DISPONER la publicación del texto rectificado del Reglamento del Sistema de Notificaciones Jurisdiccionales del Tribunal Constitucional en el portal institucional (www.tc.gob.pe).
Artículo Tercero.- DISPONER la publicación de la presente resolución en el diario oficial “El Peruano” y en el portal institucional (www.tc.gob.pe).
Artículo Cuarto.- COMUNICAR la presente resolución a la vicepresidencia, los señores magistrados, Secretaría General, Secretaría Relatoría, jefe del gabinete de Asesores, Procurador del Tribunal Constitucional, Dirección General de Administración, Oficina General de Asesoría Jurídica; y, al Órgano de Control Institucional, para los fines de ley.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
LUZ IMELDA PACHECO ZERGA
Presidenta
Tribunal Constitucional
2520603-1

tribunal constitucionalprocedimientosnotificaciones

Normas relacionadas

informativojusticiaTribunal Constitucional

Tribunal Constitucional ordena admitir a trámite demanda de amparo rechazada liminarmente

Resolución TC 05352-2025-AA · Tribunal Constitucional - SALA SEGUNDA

Declara nulas las resoluciones que rechazaron liminarmente una demanda de amparo y ordena su admisión en primera instancia conforme al Nuevo Código Procesal Constitucional. Aplica la prohibición de rechazo liminar a proceso en trámite desde la entrada en vigor de la norma procesal el 24 de julio de 2021.

informativojusticiaTribunal Constitucional

Tribunal Constitucional declara improcedente demanda de cumplimiento sobre suspensión de coactiva

Resolución TC 04220-2023-AC · Tribunal Constitucional - SALA SEGUNDA

Desestima la pretensión de usar el proceso de cumplimiento para cuestionar decisiones del ejecutor coactivo sobre suspensión de procedimientos. Remite al demandante a los procesos contencioso-administrativos ordinarios conforme a la Ley 26979.

informativojusticiaTribunal Constitucional

Tribunal Constitucional desestima amparo por denegación de constancia sobre certificado médico legal

Resolución TC 03926-2024-AA · Tribunal Constitucional - SALA SEGUNDA

Confirma que la Presidencia de la Corte Superior de Justicia de Piura actuó dentro de sus competencias legales al denegar la solicitud de constancia de hecho. El derecho de petición se satisface con respuesta motivada, aunque no implica acceso a lo solicitado.

informativojusticiaTribunal Constitucional

Tribunal Constitucional declara improcedente demanda contra medidas sanitarias de COVID-19

Resolución TC 03474-2024-AA · Tribunal Constitucional - SALA SEGUNDA

Desestima recurso de agravio constitucional que cuestionaba decretos supremos sobre vacunación, mascarillas y restricciones laborales. Los decretos fueron ya derogados; la sentencia cierra el caso por sustracción de materia y falta de conexión directa con derechos fundamentales.

informativojusticiaTribunal Constitucional

Tribunal Constitucional declara improcedente habeas corpus por controversia tributaria municipal

Resolución TC 04281-2025-HC · Tribunal Constitucional - SALA SEGUNDA

Confirma que conflictos sobre cobranza de tributos municipales y daños a inmuebles no son materia de habeas corpus. El demandante debe acudir a jurisdicción ordinaria (contencioso-administrativa, civil o penal según corresponda).